Reglamento Interior del Consejo de Ciencia y Tecnologia del Estado de Chiapas
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DEL ESTADO DE CHIAPAS
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 12 DE FEBRERO DE 2014.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 16 de marzo de 2011.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Los CC. Integrantes de la H. Junta Directiva del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que nos confiere el artículo 24, de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado, 16 fracción II, de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas; y 53, del Reglamento de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas; y,
C o n s i d e r a n d o.
Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, los CC. Integrantes de la H. Junta Directiva del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas, tienen a bien expedir el siguiente:
Reglamento Interior del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas
Del Ámbito de Competencia
El presente Reglamento, es de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos al Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Ejecutivo del Estado: Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
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Secretaría: A la Secretaría de Educación.
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Secretario: Al Titular de la Secretaría de Educación.
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Junta Directiva: Al Órgano Superior de decisión del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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COCyTECH: Al Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Director General: Al Titular del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Órganos Administrativos: A la Dirección General, Unidades, Área, Direcciones y demás Órganos Administrativos que forman parte de la Estructura Orgánica del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Ley: A la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Reglamento: Al Reglamento de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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Reglamento Interior: Al Reglamento Interior del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
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CONACyT: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
De su Organización
De su Objetivo
Dirigir sus acciones a la comunidad científica y tecnológica, estudiantes, empresas, organizaciones y a la sociedad en general, para desarrollar, consolidar y articular el Sistema Estatal de Ciencia y Tecnología; incrementar la competitividad de las organizaciones productivas y desarrollar una sociedad capaz de generar y utilizar conocimiento para su propio beneficio, mediante el apoyo a proyectos de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, formación de científicos y tecnólogos; difusión, divulgación y enseñanza de la ciencia y tecnología, que de manera específica se encuentran plasmados en el artículo 11, de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
(REFORMADO, P.O. 12 DE FEBRERO DE 2014)
De su Estructura
(REFORMADO, P.O. 12 DE FEBRERO DE 2014)
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Dirección General:
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Comisaría;
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Unidad de Planeación;
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Unidad de Informática;
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Unidad de Apoyo Administrativo;
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Unidad de Apoyo Jurídico;
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Área de Vinculación y Gestión Tecnológica.
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Dirección de Fortalecimiento Científico y Tecnológico.
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Dirección del Museo y Planetario de Ciencia y Tecnología.
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Dirección de Difusión y Divulgación de la Ciencia y Tecnología.
(REFORMADO, P.O. 12 DE FEBRERO DE 2014)
De los Organismos Administrativos
De las Atribuciones del Director General
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Representar, tramitar y resolver los asuntos competencia del COCyTECH, ante toda clase de autoridades, organismos, instituciones y personas públicas o privadas, nacionales e internacionales.
La representación a que se refiere esta fracción, comprende el ejercicio de todo tipo de acciones y constituye una representación amplísima.
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Vigilar que las acciones del COCyTECH, se realicen de conformidad con las normas, políticas y procedimientos establecidos.
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Conocer y resolver los asuntos de carácter administrativo y laboral relacionados con la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del COCyTECH.
(REFORMADA, P.O. 12 DE FEBRERO DE 2014)
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Representar legalmente al COCyTECH como mandatario general para pleitos, cobranzas y actos de administración, con todas las facultades generales y las particulares que requieran cláusula especial conforme a la ley, sin limitación alguna, en términos del Código Civil del Estado, ante toda clase de autoridades, ya sea federales, estatales o municipales, o de orden civil, penal, administrativo, o laboral, incluso el amparo, representar legalmente al COCyTECH ante toda clase de autoridades para dirimir las controversias suscitadas en la misma o a requerimiento de autoridad competente.
(REFORMADA, P.O. 12 DE FEBRERO DE 2014)
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Dirigir el funcionamiento administrativo del COCyTECH, así como realizar cambios y modificaciones del personal que sean necesarias para el mejor desarrollo de sus actividades, nombrar y remover en su encomienda al personal adscrito al mismo, en los términos de la ley, autorizar identificaciones oficiales, comisiones de trabajo, permisos y vacaciones del personal de su adscripción que en términos de Ley procedan.
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Expedir constancias y certificar documentos oficiales que obren en los archivos del COCyTECH.
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Convocar a reuniones de trabajo al personal adscrito en los diferentes órganos administrativos del COCyTECH, con el objeto de acordar, instruir y delegar funciones.
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Participar en las comisiones, congresos, consejos, instituciones, entidades, reuniones, juntas y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito de la competencia del COCyTECH.
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Fijar las políticas y programas que permitan el desarrollo administrativo al interior del COCyTECH.
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Autorizar la participación de sus subalternos, en representación del COCyTECH en los eventos a los que haya sido invitado.
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Celebrar y suscribir convenios, contratos y toda clase de actos jurídicos y administrativos, relacionados con los asuntos competencia del COCyTECH.
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Representar al COCyTECH, como órgano competente con las instituciones y organismos de Ciencia y Tecnología...
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