Reglamento Interior del Comite Tecnico del Fondo Ambiental del Estado de Campeche

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FONDO AMBIENTAL DEL ESTADO DE CAMPECHE

N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL SEGUNDO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ DEL FONDO AMBIENTAL PARA EL ESTADO DE CAMPECHE, PUBLICADO EN EL P.O. DE 3 DE JULIO DE 2015, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 3 DE JULIO DE 2015 (ABROGADO).

Reglamento publicado en la Sección Administrativa del Periódico Oficial del Estado de Campeche, el martes 26 de octubre de 2010.

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FONDO AMBIENTAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

El Comité Técnico del Fondo Ambiental del Estado de Campeche, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 14 y 15 del Acuerdo del Ejecutivo por el que se crea el Fondo Ambiental del Estado de Campeche, tiene a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR

CAPITULO I Artículos 1 y 2

GENERALIDADES

ARTICULO 1 El presente ordenamiento regula la conformación y funcionamiento del Comité Técnico el (sic) Fondo Ambiental del Estado de Campeche.
ARTICULO 2

El Fondo Ambiental para el Estado de Campeche, es un instrumento económico para la conservación de los recursos naturales, así como para facilitar y apoyar la gestión ambiental en el Estado de Campeche, el cual será administrado a partir de las aportaciones económicas que constituirán su patrimonio de conformidad con lo señalado en el artículo 17 del Acuerdo de su Creación y los cuales serán destinados a los objetivos establecidos en el artículo 16 del mismo Acuerdo de Creación.

CAPITULO II Artículo 3

DE LOS OBJETIVOS DEL FONDO AMBIENTAL DEL ESTADO DE CAMPECHE

ARTICULO 3 El Fondo, tendrá como objetivos enunciativos más no limitativos, de conformidad con el artículo 16 del Acuerdo de su creación los siguientes:
  1. Financiar, total o parcialmente proyectos o actividades orientados a la protección o remediación del medio ambiente, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental del Estado;

  2. Fomentar la gestión ambiental local en relación a la protección, conservación, recuperación del medio ambiente, para mejorar las condiciones de habitabilidad de las generaciones actuales y futuras;

  3. Promover la conservación de procesos ambientales por medio de la puesta en práctica de acciones de protección de la biodiversidad de nuestra entidad;

  4. Desarrollar acciones y programas de investigación y de educación ambiental;

  5. Auxiliar a las autoridades estatales en materia ambiental;

  6. Manejar y administrar las áreas naturales protegidas de competencia estatal;

  7. Desarrollar programas vinculados con inspección y vigilancia de los recursos naturales de competencia estatal;

  8. Pagar los servicios ambientales que sean proporcionados por los ecosistemas;

  9. Desarrollar programas para el fomento, difusión de experiencias y prácticas para la protección, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; fomentar el desarrollo, la investigación y difusión de los saberes, conocimientos y practicas indígenas, pasadas y presentes, sobre la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; y

  10. Cualquier otro que sea necesario para la protección y conservación del patrimonio ambiental del Estado.

CAPITULO III Artículo 4

DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FONDO AMBIENTAL DEL ESTADO DE CAMPECHE

ARTICULO 4 Para desarrollar el cumplimiento de sus funciones el Comité Técnico del Fondo Ambiental del Estado de Campeche, estará integrado por:
  1. Un Presidente, que el (sic) Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Aprovechamiento Sustentable;

  2. Tres vocales que serán:

  1. El Secretario de Finanzas;

  2. El Secretario de la...

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