Reglamento Interior de la Comision de Limites del Estado de Mexico
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISION DE LIMITES DEL ESTADO DE MEXICO
TEXTO ORIGINAL.
Acuerdo publicado en la Sección Cuarta de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el viernes 6 de noviembre de 1998.
LA COMISION DE LIMITES DEL ESTADO DE MEXICO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 2 FRACCION XII Y CUARTO TRANSITORIO DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PUBLICADO EN LA "GACETA DEL GOBIERNO" EL 24 DE JUNIO DE 1998; Y
CO N S I D E R A N D O.
Que en mérito de lo anterior, la Comisión de Límites del Estado de México, en su quinta sesión ordinaria, ha tenido a bien aprobar el siguiente:
ACUERDO DE LA COMISION DE LIMITES DEL ESTADO DE MEXICO POR EL QUE SE EXPIDE SU REGLAMENTO INTERIOR
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Acuerdo del Ejecutivo, al publicado en la Gaceta del Gobierno el 24 de junio de 1998;
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Comisión, a la Comisión de Límites del Estado de México;
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Presidente, al presidente de la Comisión;
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Coordinador General, al coordinador general de la Comisión;
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Secretario Técnico, al secretario técnico de la Comisión; y
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Vocales, a los vocales de la Comisión.
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISION
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Convocar, a través del Secretario Técnico, a los integrantes de la Comisión a sesiones ordinarias y extraordinarias;
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Proponer el orden del día de las sesiones;
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Presentar al Ejecutivo del Estado los estudios, dictámenes, recomendaciones y propuestas que formule la Comisión;
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Sancionar con su firma los trabajos de cartografía elaborados por la Comisión; así como el manual de procedimientos;
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Suscribir la correspondencia oficial de la Comisión; y
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Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.
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Coordinar, dirigir, evaluar y dar seguimiento a las actividades de los comités o grupos de trabajo de la Comisión;
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Presentar a la Comisión los estudios, proyectos, propuestas y opiniones que formulen los comités o grupos de trabajo de la Comisión;
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Sancionar con su firma, en ausencia del Presidente, los trabajos de cartografía elaborados por la Comisión;
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Suscribir, en ausencia del Presidente, la correspondencia oficial de la Comisión; y
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Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.
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Convocar a los integrantes de la Comisión a sesiones, por acuerdo del Presidente o a solicitud de alguno de sus integrantes;
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Integrar la carpeta de la sesión correspondiente, la que deberá contener convocatoria, orden del día, acuerdos de la sesión anterior, relación de asuntos en cartera, acuerdos pendientes de cumplimiento y los anexos que correspondan; y enviarla a los integrantes de la comisión con una antelación de cinco días;
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Revisar con el Presidente los asuntos del orden del día;
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Tomar asistencia y declarar quórum;
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Auxiliar al Presidente en el desarrollo de la sesión;
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Integrar y operar el archivo de la comisión;
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Expedir copias simples y certificadas de las actas y documentos de la Comisión que le solicite sus integrantes o las entidades públicas interesadas; y
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Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.
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Cumplir y dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión;
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Solicitar al Secretario Técnico que expida la convocatoria para celebrar sesiones extraordinarias, cuando a su juicio existan asuntos urgentes que lo...
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