Reglamento Interior del Centro Siglo Xxi, Informatica Educativa

REGLAMENTO INTERIOR DEL CENTRO SIGLO XXI, INFORMATICA EDUCATIVA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el viernes 31 de octubre de 2003.

EL C. ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:

QUE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;

DECRETA:

REGLAMENTO INTERIOR

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 21
ARTÍCULO 1°

El Centro Siglo XXI, Informática Educativa, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal Sectorizado a la Secretaría de Educación Pública de Coahuila, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con las atribuciones que expresamente contiene su Decreto de creación expedido por el Ejecutivo del Estado el día seis de marzo de mil novecientos noventa y siete.

ARTÍCULO 2° El Centro Siglo XXI tiene por objeto generalizar el uso de las telecomunicaciones y de la informática como herramienta de apoyo académico y didáctico al servicio del Sistema Educativo Estatal.
ARTÍCULO 3º El organismo ajustará sus actividades a las disposiciones que regula su Decreto de creación y la legislación aplicable; así como a los objetivos, metas, .planes y programas que el Ejecutivo del Estado determine en esta materia.
ARTÍCULO 4º El organismo ajustará su calendario laboral al de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Coahuila.
ARTÍCULO 5º La Junta Directiva es el órgano superior de gobierno del Centro Siglo XXI, integrado conforme a lo previsto por el Artículo Séptimo del Decreto de Creación.
ARTÍCULO 6º El Director General del Centro Siglo XXI será designado en los términos del Artículo Decimocuarto del Decreto a que se refiere el Artículo Primero de este Reglamento y tendrá el carácter de representante legal del organismo descentralizado

Además, para el cumplimiento de su objeto, el organismo contará con las siguientes unidades técnicas y administrativas:

- Secretaría Técnica.

- Dirección Académica.

- Dirección de Tecnología.

-.Dirección de Planeación y Desarrollo.

- Coordinación de Administración.

- Coordinaciones Regionales (Carbonífera, Centro, Laguna y Norte).

Para del auxilio en el despacho de sus funciones, el Director General podrá nombrar libremente, funcionarios de confianza, ajustándose a lo previsto en el ARTÍCULO 19 del presente Reglamento, el Presupuesto de Egresos y el Manual de Organización del Centro Siglo XXI.

El Manual de Organización del Centro Siglo XXI, Informática Educativa precisará la estructura orgánica y las funciones específicas de las áreas que conforman las unidades administrativas a que se refiere este artículo.

CAPITULO II Artículos 7 y 8

DE LAS FACULTADES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DEL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SIGLO XXI

ARTÍCULO 7º Son facultades de la Junta Directiva las que señala el Artículo Noveno del Decreto de creación del organismo y los que le confiera la legislación aplicable.
ARTÍCULO 8º Además de las atribuciones y obligaciones previstas en el Decreto de Creación, el Director General del organismo tendrá las siguientes:
  1. Convocar a los Directores, Coordinador y al Secretario Técnico a la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional, el Programa Anual de Actividades y el Informe Anual de Actividades, mismos que se someterán a la consideración de la Junta Directiva.

  2. Orientar y supervisar la elaboración del Presupuesto de Ingresos y Egresos del organismo;

  3. Vigilar y orientar permanentemente las oficinas del organismo encargadas del manejo de los recursos;

  4. Cumplir y hacer cumplir los lineamientos marcados en la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  5. Autorizar con su firma las constancias y certificados que respalden los estudios realizados en el organismo de acuerdo al Decreto del Ejecutivo del Estado que Crea el Centro Siglo XXI, Informática Educativa;

  6. Vincular al organismo con otras instituciones públicas o privadas, municipales, estatales, nacionales o internacionales y celebrar convenios, en beneficio del mismo con ellas;

  7. Autorizar los descuentos en los pagos de cuotas de recuperación de los cursos impartidos en el organismo;

  8. Gestionar el otorgamiento de los créditos que sean necesarios a favor del organismo previa autorización de la Junta Directiva;

  9. Permitir y facilitar las auditorías ordenadas por la Junta Directiva o cualquiera de las instancias gubernamentales autorizadas para ello;

  10. Otorgar, en los términos de las leyes correspondientes, los poderes de representación necesarios para defender los intereses del Centro Siglo XXI y ejercer las acciones pertinentes ante las autoridades correspondientes;

  11. Informar a la Junta Directiva de los nombramientos de servidores públicos que ocupen los cargos de Director, Coordinador y Secretario Técnico;

  12. Los demás que le confieran las disposiciones legales relativas o la Junta Directiva.

CAPITULO III Artículos 9 a 15

DE LAS FACULTADES DE LAS DIRECCIONES, COORDINACIONES

Y DEL SECRETARIO TÉCNICO

ARTÍCULO 9º Al frente de cada una de las Direcciones, Coordinaciones y de la Secretaría Técnica habrá un Director de Área, un Coordinador o un Secretario, respectivamente, que tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
  1. Acordar con el Director General el despacho de los asuntos relevantes de las unidades administrativas a su cargo y responsabilidad;

  2. Hacerse cargo de la oficina de la Dirección General en ausencia y previa solicitud del Director General e informe por escrito al presidente de la Junta Directiva.

  3. Desempeñar eficientemente todas las funciones y comisiones que el Director General le encomiende o le delegue, informando sobre la ejecución o desarrollo de las mismas;

  4. Someter al Director General la aprobación de los estudios y proyectos cuya elaboración le corresponda al área de su responsabilidad o le hayan sido encomendados;

  5. Vigilar que en todos los asuntos de la Dirección, Coordinación o Secretaría a su cargo, se dé cumplimiento a los ordenamientos legales y a...

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