Reglamento Interior del Ayuntamiento

EstadoMichoacán
MunicipioTumbiscatío
Director: Arturo Hernández Tovar
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
FUNDADO EN 1867
TOMO CXXXIII Morelia, Mich., Lunes 22 de Marzo del 2004 NUM. 16
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial/index.htm. y/o www.congresomich.gob.mx
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TUMBISCATIO, MICH
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO
SESION ORDINARIA DE CABILDO DEL H.
AYUNTAMIENTO DE TUMBISCATIO DE RUIZ, MICH.
TRIENIO 2002-2004
En Tumbiscatío de Ruiz, Michoacán, siendo las 11:30 (once
horas con treinta minutos) del día jueves (16) del mes de
enero del año 2003 dos mil tres, reunidos en el recinto oficial
del Ayuntamiento del pueblo de Tumbiscatío, ubicado en el
Palacio Municipal, en atención al citatorio de sesión
ordinaria de Cabido la cual fue propuesta por el Presidente
Municipal Lic. Héctor Soto Sánchez, y notificada en legal y
debida forma a todos los integrantes del Honorable Cabildo
por conducto de la Secretaria del H. Ayuntamiento.
Se llevó a cabo la reunión ordinaria de Cabildo, en la cual el
Presidente Municipal enunció los puntos del orden del día
y comisionó a la Secretaria del Ayuntamiento, para que
proceda al desahogo de la orden del día en los siguientes
puntos a tratar:
1.- ...
2.- ...
3.- Discusión y aprobación del Reglamento Interior del
Ayuntamiento.
4.- ...
5.- ...
6.- ...
7.- ...
8.- ...
.......................................................................................................
......................................................................................................
......................................................
TERCERO.- Se procedió a la aprobación y modificación del
Reglamento Interior del H. Ayuntamiento por lo que se le
dio cabal lectura y al cual se le hicieron correcciones de
mejoras, enseguida se pasó a votación por lo que se aprobó
por unanimidad de votos.
.......................................................................................................
..................................
Habiéndose agotado todos los puntos de la orden del día a
las 3:50 horas P.M. en la fecha arriba mencionada, y no
habiendo más asuntos que tratar en la presente sesión se
dio por terminada firmando todos los que en ella
intervinieron.
ATENTAMENTE.- Presidente Municipal, Lic. Héctor Soto
Sánchez.- Síndico Municipal, C. Rubén Silva Peña.
(Firmados).
REGIDORES: C. Joel Torres Zavala.- J. Ascención Romero
M.- C. Librado Pérez Reyes.- C. Mario Cuevas Alvarez.- C.
Crescenciana Medina A.- J. Lourdes Peñaloza C.- C. Sergio
Maldonado Chávez. (Firmados).
ATENTAMENTE.- LA SECRETARIA DEL H.
AYUNTAMIENTO. (Firmado).
Tumbiscatío de Ruiz, Mich., a 03 del mes de marzo del 2004.
En base a las facultades que me confiere el artículo 53
fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal.
HAGO CONSTAR Y CERTIFICO:
Que las presentes 3 tres copias son fiel copias tomadas de
las originales, del libro de actas de Cabildo que corresponde
PERIODICO OFICIAL
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Lunes 22 de Marzo del 2004.
a la sesión ordinaria de Cabildo de fecha 16 del mes de
enero del año 2003, libro que obra en poder de la Secretaría
Municipal.
Lo anterior para los efectos legales correspondientes.
ATENTAMENTE.- LIC. VERONICA MAGAÑA SOTO.-
SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE
TUMBISCATIO DE RUIZ, MICHOACAN. (Firmado).
_________
De conformidad con las Bases Normativas establecidas
por el H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, y
en ejercicio de sus facultades, el H. Ayuntamiento
Constitucional de Tumbiscatío de Ruiz, Michoacán, ha
tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO
TITULO I
CAPITULO I
DEL MUNICIPIO LIBRE
ARTICULO 1.- El Municipio de Tumbiscatío de Ruiz,
Michoacán, es base de la División territorial y de la
Organización Política y Administrativa del Estado, y se rige
por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, las leyes que de ella emanen y de los tratados
internacionales en los términos del artículo 133
Michoacán de Ocampo, sus leyes reglamentarias, así como
de las normas de este Reglamento y de las demás
disposiciones aplicables.
ARTICULO 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto
regular la estructura y funcionamiento del Ayuntamiento y
de la Administración Pública Municipal y Paramunicipal
del Municipio de Tumbiscatío de Ruiz, Michoacán.
ARTICULO 3.- El Ayuntamiento es un Órgano Colegiado
Deliberante de Elección Popular Directa, de interés público
y está investido de personalidad jurídica y patrimonio
propio, autónomo en su régimen interior y con libre
administración de su hacienda.
ARTICULO 4.- El Ayuntamiento se compone de un
Presidente, un Síndico y hasta siete Regidores, en los
términos señalados por los artículos 13 y 14 de la Ley
Orgánica Municipal.
ARTICULO 5.- El Ayuntamiento tiene competencia plena
y exclusiva sobre su territorio, población, organización
política y administrativa en los términos que fijen las leyes
respectivas.
ARTICULO 6.- El Presidente es el Titular del Poder
Ejecutivo en el Municipio, quien ejerce las atribuciones
que le conceden las disposiciones legales contenidas en el
Artículo Primero del presente Reglamento.
CAPITULO II
DE LA INSTALACION Y RESIDENCIA
ARTICULO 7.- El Ayuntamiento residirá en la cabecera
municipal y tendrá su domicilio en el edificio en que
funcione la Presidencia Municipal.
ARTICULO 8.- De conformidad con el artículo 20 de la Ley
Orgánica Municipal, el día primero de Enero del año
inmediato a la elección ordinaria deberán comparecer en
sesión solemne en el recinto oficial que para tal efecto se
señale, los ciudadanos que, en términos de la Ley resultaron
electos para ocupar los cargos de Presidente Municipal,
Síndico y Regidores.
ARTICULO 9.- La sesión tendrá por objeto que los
miembros del Ayuntamiento entrante rindan la protesta en
los términos del artículo 21 de la Ley Orgánica Municipal.
El Presidente Municipal electo para el periodo siguiente lo
hará ante el pueblo y frente al representante designado por
el Ejecutivo del Estado y a su vez, hará de inmediato lo
propio con los demás miembros del Ayuntamiento electo y
lo declarará formalmente instalado.
ARTICULO 10.- Una vez realizado lo anterior, el
Ayuntamiento saliente dará posesión de las oficinas
municipales a los miembros del Ayuntamiento entrante que
hubieren rendido la protesta de Ley.
ARTICULO 11.- A continuación se procederá a la
suscripción de las actas y demás documentos relativos a la
entrega de recepción de la administración municipal, con la
participación de la administración saliente y los titulares
de la nueva administración designados al efecto; la cual se
realizará siguiendo los lineamientos, términos, instructivos,
formatos, cédulas y demás documentación que disponga
para el caso, la Contaduría General de Glosa del H. Congreso
del Estado, la cual deberá ser conocida en las siguientes

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