REGLAMENTO PARA LA FUSION, SUBDIVISION, RELOTIFICACION Y FRACCIONAMIENTO DE TERRENOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 25 DE NOVIEMBRE DE 1986
Reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el sábado 10 de marzo de 1979.
RAFAEL HERNANDEZ OCHOA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 87 fracción I de la Constitución Política del Estado, con fundamento en los artículos 3, 4 y 10 bis de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y 1, 2, 5, 6, 10, 18 fracción I inciso i, el capítulo VII y demás relativos de la Ley de Asentamientos Humanos para el Estado de Veracruz-Llave, he tenído a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO PARA LA FUSION, SUBDIVISION, RELOTIFICACION Y FRACCIONAMIENTO DE TERRENOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículos 1 a 104
ARTICULO 1
Generalidades.
ARTICULO 4
Facultades del Gobernador.
ARTICULO 5
Facultades de la Dirección.
ARTICULO 6
Facultades de los Comités Municipales de desarrollo Urbano y Rural y, de las Comisiones de Conurbación.
TITULO PRIMERO
Artículos 8 a 17
De la Fusión, Sudivisión (sic), Relotificación de Predios
CAPITULO I.-
Generalidades
Artículos 8 y 9
ARTICULO 9
De la clasificación.
CAPITULO II.-
De las solicitudes.
Artículos 10 a 13
ARTICULO 10
De las solicitudes.
ARTICULO 11
De los deslindes.
ARTICULO 12
De la personalidad del solicitante.
ARTICULO 13
De los documentos.
CAPITULO III.-
Del procedimiento para la autorización de fusiones, subdivisiones y relotificaciones de predios.
Artículos 14 y 15
ARTICULO 14
De la revisión de documentos.
ARTICULO 15
De las condiciones para la autorización.
CAPITULO IV.-
De las obligaciones.
Artículos 16 y 17
ARTICULO 17
De los servicios públicos.
TITULO SEGUNDO
Artículos 18 a 104
De los Fraccionamientos de Terrenos
CAPITULO I.-
Generalidades.
Artículos 18 a 20
ARTICULO 19
Infraestructura urbana.
ARTICULO 20
Equipo urbano.
CAPITULO II.-
De los Tipos de Fraccionamientos.
Artículos 21 a 33
ARTICULO 21
Clasificación.
ARTICULO 22
Fraccionamientos Urbanos y Suburbanos.
ARTICULO 23
Fraccionamientos Habitacionales.
ARTICULO 24
Fraccionamientos Habitacionales de Primer Orden.
ARTICULO 25
Fraccionamientos Habitacionales de Segundo Orden.
ARTICULO 26
Fraccionamientos Habitacionales de Tercer Orden.
ARTICULO 27
Fraccionamientos Habitacionales de Interés Social.
ARTICULO 28
Fraccionamientos Habitacionales Populares.
ARTICULO 29
Fraccionamientos Industriales.
ARTICULO 30
Fraccionamientos Campestres.
ARTICULO 31
Fraccionamientos Campestres Habitacionales.
ARTICULO 32
Fraccionamientos Campestres Agropecuarios.
ARTICULO 33
Fraccionamientos Especiales.- Cementerios.
CAPITULO III.-
De las Solicitudes para Autorización de Fraccionamientos.
Artículos 34 a 38
ARTICULO 34
De las solicitudes.
ARTICULO 35
De la personalidad del solicitante.
ARTICULO 36
De los requisitos preliminares.
ARTICULO 37
De la participación profesional.
ARTICULO 38
De la autenticidad de los documentos.
CAPITULO IV.-
Del procedimiento para la autorización de fraccionamientos.
Artículos 39 a 48
ARTICULO 39
De la revisión de documentos.
ARTICULO 40
De la publicación.
ARTICULO 41
De la autorización de lotificación.
ARTICULO 42
De la competencia de los organismos de servicios públicos.
ARTICULO 43
De los requisitos complementarios.
ARTICULO 44
Del dictamen técnico y legal.
ARTICULO 45
Del convenio notarial.
ARTICULO 46
De la autorización de inicio de obra.
ARTICULO 47
De la transmisión de la propiedad.
ARTICULO 48
De la autorización para las ventas traslativas de dominio.
CAPITULO V.-
De las obras en los fraccionamientos.
Artículos 49 a 55
ARTICULO 49
De los tipos de fraccionamiento según las obras.
ARTICULO 50
De la iniciación de los trabajos de urbanización.
ARTICULO 51
Del procedimiento de los trabajos de urbanización.
ARTICULO 52
De la fianza de garantía.
ARTICULO 53
De la liga de los fraccionamientos con la localidad.
ARTICULO 54
De la recepción de las obras terminadas.
ARTICULO 55
De la garantía a la terminación de las obras.
CAPITULO VI.-
De las obligaciones del fraccionador.
Artículos 56 a 65
ARTICULO 56
De las pubdcaciones (sic).
ARTICULO 62
De las obras de urbanización.
ARTICULO 63
De las escrituras públicas.
ARTICULO 64
De la supervisión.
ARTICULO 65
Informe de ventas.
CAPITULO VII.-
De los asentamientos Humanos irregulares.
Artículos 66 a 70
ARTICULO 67
De la notificación.
ARTICULO 68
Del procedimiento de la Dirección.
ARTICULO 69
De la formación de patronatos.
ARTICULO 70
De la negativa del propietario.
CAPITULO VIII.-
De las inspecciones y supervisión.
Artículos 71 a 74
ARTICULO 71
De las inspecciones y supervisiones.
ARTICULO 72
Del procedimiento.
ARTICULO 73
De la inspección de obras.
ARTICULO 74
De las irregularidades.
CAPITULO IX.-
Medidas de seguridad.
Artículos 75 a 83
ARTICULO 75
Generalidades.
ARTICULO 76
De la suspensión.
ARTICULO 77
De la clausura.
ARTICULO 78
De la demolición.
ARTICULO 79
De la desocupación o desalojo de los inmuebles.
ARTICULO 80
Inconformidad de los ocupantes.
ARTICULO 81
Del retiro de instalaciones.
ARTICULO 82
De la prohibición de actos de utilización.
ARTICULO 83
Incumplimiento de órdenes.
CAPITULO X.-
De las sanciones.
Artículos 84 a 96
ARTICULO 84
Generalidades.
ARTICULO 85
De la aplicación de las sanciones.
ARTICULO 86
De los tipos de sanciones.
ARTICULO 87
De las clausuras y de las demoliciones.
ARTICULO 88
Intervención administrativa de las empresas.
ARTICULO 89
De los arrestos administrativos.
ARTICULO 90
De las multas a los profesionales.
ARTICULO 91
De las sanciones a los propietarios.
ARTICULO 92
De las multas a los propietarios.
ARTICULO 93
De las multas a los propietarios.
ARTICULO 94
Sanciones por violaciones no previstas en este Capítulo.
ARTICULO 95
Sanaciones en caso de reincidencia.
CAPITULO XI.-
Medio de impugnación
Artículos 97 a 101
ARTICULO 97
Recurso de reconsideración.
ARTICULO 98
Interposición del recurso.
ARTICULO 99
Escrito del recurso.
ARTICULO 100
Sustanciación del recurso.
ARTICULO 101
Casos no previstos.
CAPITULO XII.-
De las disposiciones especiales.
Artículos 102 a 104
ARTICULO 102
De las obligaciones de los Notarios.
ARTICULO 103
Del Registro Público.
ARTICULO 104
De las licencias de construcción.
TRANSITORIOS
Artículos 1 a 7
GENERALIDADES.- De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Asentamientos Humanos para el Estado de Veracruz-Llave, se declara de orden público e interés social, el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este Reglamento, de sus Normas Técnicas Complementarias y de las demás disposiciones legales en materia de fusiones, subdivisiones, relotificaciones o fraccionamientos de terrenos.
Para los fines de este Reglamento, se designará a la Ley de Asentamientos Humanos para el Estado de Veracruz-Llave, como "La Ley"; al Plan Estatal para el Desarrollo Urbano y Rural, los Planes Regionales y los Planes Municipales como "El Plan Estatal"; a la Dirección General de Asentamientos Humanos y Obras Públicas del Estado de Veracruz, como "La Dirección"; al Reglamento para la Fusión, Subdivisión, Relotificación y Fraccionamiento de Terrenos como "El Reglamento"; y las Normas Técnicas Complementarias como "Las Normas Técnicas".
ARTICULO 2
ALCANCE.- Las Fusiones, Subdivisiones, Relotificaciones y Fraccionamientos de Terrenos, que se realicen dentro de los límites del territorio de la Entidad, a que se refiere el Capítulo Séptimo de la Ley, se regirán por las disposiciones de este Reglamento.
ARTICULO 3
FACULTADES.- De conformidad a lo dispuesto por la Ley, la aplicación y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento corresponde a:
-
El Gobernador del Estado.
-
La Dirección General de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.
-
Los Comités Municipales de Desarrollo Urbano y Rural.
-
Las Comisiones de Conurbación.
ARTICULO 4
FACULTADES DEL GOBERNADOR.- Son...