Reglamento para la Escuela de la Tercera Edad

REGLAMENTO PARA LA ESCUELA DE LA TERCERA EDAD

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 31 de mayo de 1998.

SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

Durango, Dgo.

REGLAMENTO PARA LA ESCUELA DE LA TERCERA EDAD

Disposiciones Generales Artículos 1 a 27
Art. 1 El presente Reglamento regulara los servicios que proporciona la Escuela de la Tercera Edad, dependiente del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, en base a los artículos 18, fracción X; y 27, fracción III, de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social.
Art. 2 Los servicios a que se refiere el artículo anterior consisten en actividades académicas, de terapia ocupacional, recreativas, deportivas, culturales, artísticas y otras que establezca a futuro el sistema.
Art. 3 Podrán ingresar a la Institución, todas aquellas personas mayores, de sesenta años, que lo deseen, siempre y cuando cubran los requisitos a que obliga el presente Reglamento.
Art. 4 La Dirección de la Escuela no se hace responsable de los objetos que lleven consigo los alumnos y que se les extravíen dentro o fuera del inmueble.
Art. 5 El Director de la Escuela presentará anualmente, durante el mes de diciembre, un programa general de las actividades que habrá de desarrollar la institución a partir del año próximo siguiente.

De los Objetivos

Art. 6 La Escuela de la Tercera Edad, tendrá los objetivos siguientes:

a).- Que el alumno, de esta etapa de la vida, utilice adecuadamente su tiempo.

b).- El aprovechamiento de experiencias, considerando que el alumno a la vez que participa activamente como receptor, también lo hace como portador de conocimientos.

c).- Que el alumno sea una persona responsable, honesta y con interés por sus semejantes.

d).- Favorecer y acrecentar sus capacidades intelectuales.

e).- Que sus acciones en la sociedad a la que pertenece, sean eficientes y congruentes y que experimenten sentimientos de logro y satisfacción en las actividades realizadas por ellos mismos.

f). - Promover servicios y actividades de la Escuela hacia la Comunidad.

g).- La formación de grupos socio-culturales de ancianos, que sean estables, a fin de organizar actividades y eventos en beneficio de ellos y de la colectividad.

i).- Estrechar las relaciones entre los grupos de ancianos que se tomen.

Del Ingreso de los alumnos

Art. 7 Para ingresar a la Escuela, se requiere:
  1. Ser mayor de 60 años.

  2. Valerse por si mismo.

III.-Llenar solicitud de ingreso en el formato que se le proporcionará, debiendo acompañar lo siguiente:

a).- Acta de nacimiento, o comprobante de edad, en original y tres copias fotostáticas. Una vez cotejados estos documentos, se regresará el original y se conservarán las copias.

b).- Tres fotografías recientes tamaño credencial; y

c).- Comprobante de examen medico reciente, expedido por institución del sector salud, donde conste que no padece enfermedad contagiosa.

Art. 8 Las solicitudes de ingreso serán resueltas por la Dirección de la Escuela en un plazo no mayor de ocho días a partir de su presentación.
Art. 9 Una vez aceptado el ingreso, se le explicara al alumno el contenido del Reglamento y de su necesaria observancia para el mejor funcionamiento de la institución, abriéndose al efecto un expediente.
Art. 10 Son Improcedentes las solicitudes de alumnos que hayan sido dados de baja en la Escuela de la Tercera Edad, por faltas graves, tampoco aquellas de alumnos de quienes se tengan antecedentes negativos de otras instituciones.

De los Derechos y Obligaciones de los alumnos

Art. 11 El alumno tendrá derecho:
  1. a recibir un trato respetuoso,

  2. a ser objeto de atención preferencial,

  3. a los servicios que presta...

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