Reglamento para la Eleccion de las Personas que Podran Ser Inhumadas en la Rotonda de los Hidalguenses Ilustres del Estado de Hidalgo

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LAS PERSONAS QUE PODRAN SER INHUMADAS EN LA ROTONDA DE LOS HIDALGUENSES ILUSTRES

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 11 de octubre de 2010.

MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 71 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO, Y ARTÍCULO 5 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

C O N S I D E R A N D O.

En consideración a lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

DECRETO

QUE CONTIENE EL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE PODRÁN SER INHUMADAS EN LA ROTONDA DE LOS HIDALGUENSES ILUSTRES.

ARTÍCULO 1

El presente Reglamento, tiene por objeto regular la inhumación en la Rotonda de los Hidalguenses Ilustres, de los ciudadanos hidalguenses, que en el devenir de la historia del Estado de Hidalgo, hayan destacado de manera trascendental en el desarrollo científico, económico, social o cultural del Estado o bien de aquellos que debido a su conducta heroica y ejemplar, deban merecer el calificativo de Hidalguenses Ilustres, así como la forma de su elección.

ARTÍCULO 2

Para la elección del personaje insigne que podrá ser inhumado en la Rotonda de los Hidalguenses Ilustres, se creará para cada caso una Comisión Especial, que estará integrada por un Represente del Poder Ejecutivo, un Representante del Poder Legislativo, un Representante del Poder...

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