Reglamento del Deporte y la Juventud para el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco

EstadoJalisco
MunicipioZapotlán el Grande
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REGLAMENTO DEL DEPORTE Y LA JUVENTUD DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO
EXPOSICION DE MOTIVOS
I.- La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en su Artículo 115, señala que los
estados tienen como base de su división territorial
y de su organización política y administrativa el
municipio libre, a quien se dota de personalidad
jurídica y de la facultad de manejar su patrimonio
conforme a la ley, disponiéndose que éstos son
gobernados por los ayuntamientos.
A su vez, dicha Carta Magna otorga de facultades
a los Ayuntamientos para aprobar los bandos de
policía y gobierno, los reglamentos, circulares
y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones,
que organicen la administración pública municipal
que regulen las materias, procedimientos, funciones
y servicios públicos de su competencia y aseguren
la participación ciudadana y vecinal.
II.- La Ley Fundamental Estatal, en el Artículo
86 establece, en su párrafo segundo, que
corresponde al Ayuntamiento, como Órgano de
Gobierno Municipal, el establecer las directrices
de la política municipal; en correspondencia, la
Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus
Municipios, mediante su numeral 38, norma que la
planeación municipal del desarrollo deberá llevarse
a cabo como un medio para el eficaz desempeño
de la responsabilidad de los municipios, con la
finalidad de coadyuvar al desarrollo económico y
social de sus habitantes.
En concordancia con dicho orden normativo, la Ley
del Gobierno y la Administración Pública Municipal
del Estado de Jalisco, en su Artículo 37 dispone que
los ayuntamientos tendrán, entre otras facultades,
la de aprobar, de conformidad con las leyes que en
materia municipal expida el Congreso del Estado, los
bandos de policía y gobierno y los ordenamientos
y disposiciones que tiendan a regular las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia.
III.- Que el deporte es la recreación física por
excelencia de la población y constituye un elemento
esencial de su formación personal, además de
que es un componente básico de su integración
social, alimenta al espíritu de cooperación y de
solidaridad, estimula el deseo de éxito en un
marco de sana competencia, coadyuva al bienestar
físico, psicológico y moral de los jóvenes, fomenta
el afán de logro y superación personales y abre
perspectivas de desarrollo vocacional y estilos de
vida sana.
Que es necesario contar con instalaciones y
equipamiento que favorezcan la práctica del
deporte en condiciones dignas, principalmente en
comunidades rurales y colonias populares, llevar
a cabo la capacitación del personal que responde
con eficacia a las demandas de la población, a fin
de superar la improvisación y elevar la calidad de
la actividad deportiva; e impulsar y desarrollar el
deporte popular, estudiantil, moderado y de alto
rendimiento, mediante la organización de eventos
que estimulen a los deportistas en pro de una
excelencia deportiva.
Que la realización de estas acciones requiere
un esfuerzo coordinado por parte del Gobierno
Municipal y de la participación corresponsable de
los sectores social y privado, a fin de aprovechar al
máximo los recursos financieros que para el efecto
se destinen.
Que con base en lo anterior se ha estimado
necesario crear un Consejo Municipal del Deporte,
que permita la acción coordinada del Municipio
con la Federación, el Estado y los sectores social
y privado en la solución integral de la problemática
de la organización y dirección de la práctica del
deporte, así como brindar la atención necesaria a
la juventud, coadyuvando a la consolidación de los
institutos del deporte y los comités municipales, el
cual lleve a cabo la vigilancia del cumplimiento de
los objetivos y metas comprometidas en el Plan
Municipal de Desarrollo, así como las políticas
federales y estatales del deporte, dentro de un
marco de respeto a la soberanía y el fortalecimiento
del Pacto Federal.
HUMBERTO ALVAREZ GONZALEZ. Presidente
del Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán el
Grande, en cumplimiento de lo dispuesto en los
Artículos 42 fracción IV y V, y 47 fracción V de la Ley
del Gobierno y la Administración Pública Municipal
del Estado de Jalisco, a todos los habitantes del
Municipio, hago saber:
Que el Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, en
sesión ordinaria celebrada el día 14 de septiembre
de 2004, ha tenido a bien en aprobar y expedir el
siguiente,
ACUERDO:
Primero.- Se aprueba la creación del Sistema
Municipal del Deporte del Consejo Municipal del
Deporte.
Segundo.- Se aprueba el Reglamento del Deporte y
la Juventud de Zapotlán el Grande.

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