Reglamento que crea y regula las funciones del voluntariado de la Dirección del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, del Municipio de Xalapa, Veracruz

Fecha de publicación28 Abril 2011
EstadoVeracruz
MunicipioXalapa
Jueves 28 de abril de 2011GACETA OFICIAL Página 13
HACE CONSTAR Y CERTIFICA:
Que en Sesión Ordinaria de fecha veintisiete de marzo
del año dos mil once, el Honorable Cabildo aprobó por una-
nimidad, contando con el voto a favor por escrito del licen-
ciado Bolívar Arias Olguín, Regidor Décimo Tercero, el
siguiente:
A C U E R D O
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115,
fracción II de la Constitución Política de los Estados Uni-
dos Mexicanos; 71 de la Constitución Política del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave; 34, 35, fracción XIV, 39,
40, fracción XVI y 60 de la Ley Orgánica del Municipio
Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
64, 66, 75, 78 y 95 del Reglamento Interior de Gobierno
del Ayuntamiento de Xalapa; se aprueba el Reglamento que
crea el Voluntariado de la Dirección del Sistema Municipal
para el Desarrollo Integral de la Familia de Xalapa, para
quedar como sigue:
REGLAMENTO QUE CREA Y REGULA LAS FUNCIONES
DEL VOLUNTARIADO DE LA DIRECCIÓN DEL SISTEMA
MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
FAMILIA, DEL MUNICIPIO DE XALAPA, VERACRUZ.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y Ámbito de Aplicación.
El presente Reglamento es de interés público y tiene por
objeto crear y regular tanto la actuación del Voluntariado
que colabore con la Presidencia del DIF municipal de Xalapa,
Veracruz, en el desarrollo de las actividades altruistas y vo-
luntarias a favor de los xalapeños más desfavorecidos y ne-
cesitados de nuestra comunidad, así como la promoción de
las acciones de voluntariado que se lleven a cabo en el mu-
nicipio.
Artículo 2. Para efectos del presente Reglamento se en-
tenderá por:
I. Voluntario. Toda persona física mayor de edad, o me-
nor con autorización de padres o tutores, y que por decisión
propia, sin mediar obligación o deber, por motivos inspira-
dos en principios de solidaridad, participación o coopera-
ción, se vincula a las actividades incluidas en los diferentes
proyectos del Voluntariado del municipio, implicándose
directamente en el desarrollo de alguna de sus actividades
de acción social, siempre que de tal integración no derive
relación laboral, mercantil o funcionarial ni medie remune-
ración de ningún tipo (económica o en especie).
II. Voluntariado. Es el conjunto de actividades de
carácter voluntario y desinteresado desarrolladas por un
Voluntario.
III. Presidencia. La Presidencia del DIF municipal de
Xalapa, Veracruz.
IV. DIF. Dirección del Sistema Municipal para el Desa-
rrollo Integral de la Familia.
Artículo 3. La relación de los Voluntarios con la Presi-
dencia, se entiende en condiciones de gratuidad, es decir,
que no se acoge a relación laboral, mercantil o funcionarial
de ningún tipo, por consiguiente no otorga derechos de nin-
guna clase y quienes se desempeñen como Voluntarios no
están sujetos a obligaciones de carácter personal.
El cargo de miembro del Voluntariado es honorífico y
renunciable.
Artículo 4. La actuación de los Voluntarios estará vin-
culada a los proyectos y programas que formen parte de la
agenda de trabajo de la Presidencia, y sus actuaciones debe-
rán, en cualquier caso, estar en consonancia con los siguien-
tes principios:
I. Solidaridad: con las personas necesitadas de la cola-
boración de la figura del Voluntario.
II. Participación: desde el inicio del proceso en aquellas
actividades diseñadas para los Proyectos en la medida de las
posibilidades individuales.
III. Coordinación: con la Presidencia en los proyectos
que ésta dirija y coordine.
IV. Complementariedad: con respecto a los servicios
prestados desde cualquier área del Ayuntamiento de la
localidad.
V. Gratuidad: en ningún caso el Voluntario buscará en el
servicio que se presta ningún beneficio de tipo económico.
VI. Aceptación: de las normas y criterios de actuación
definidos por la Presidencia del DIF municipal y con las
normas y criterios contenidos en el presente Reglamento.
Artículo 5. Los Voluntarios serán invitados a participar
en las acciones de apoyo comunitario, por la Presidenta, y
rendirán protesta ante dicha personalidad para desempeñar-
se con actitudes de solidaridad, apoyo, y paciencia, prestan-
do sus servicios a los xalapeños más desprotegidos con dili-
gencia y vocación de refuerzo en la necesidad.

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