Reglamento de la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca, Estado de México.

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
AMECAMECA, MÉXICO
REGLAMENTO DE LA CONTRALORÍA INTERNA
DEL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE AMECAMECA, ESTADO DE
MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 231-B1, 1221, 1434, 1261,
658-A1, 260-B1, 1384, 262-B1, 259-B1, 261-B1,
513-A1, 1339, 230-B1, 1338, 653-A1, 277-B1,
659-A1, 1484, 1483, 1482, 1480, 1479, 1488,
1489 y 1490.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1439,
1441, 1486, 597-A1, 603-A1, 1422, 593-A1, 1420,
602-A1, 591-A1, 258-B1, 606-A1, 612-A1, 605-A1,
664-A1, 660-A1, 650-A1, 652-A1 y 1491.
SECCIÓN PRIMERA
300
miércoles 19 de abril de 2017
Tomo
70
CCIII
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 19 de abril de 2017
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE AMECAMECA, MÉXICO
CIUDADANO ÁLVARO CARLOS AVELAR LÓPEZ
Presidente Municipal Constitucional del H. Ayuntamiento de Amecameca,
Estado de México
2016 2018
A sus Habitantes hace saber:
Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II párrafo segundo y tercero, inciso “a” de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4, 112, 113, 122, 123, 138, 141 y 143 de la Constitución Política del Estado Soberano y
Libre de México; artículos 27, 28 y 31 fracción I y XXXVI, 48 fracciones II y III, 91 fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México;
Se da a conocer lo siguiente:
Que el consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado
y Saneamiento del Municipio de Amecameca, Estado de México, en la Séptima Sesión Ordinaria, de fecha veintitrés de mayo del
año dos mil dieciséis, celebrada en la Dirección General del citado Organismo, con respaldo en el decreto numero 87 publicado en
la Gaceta de Gobierno, el 25 de Agosto de 1995 donde se crea el Organismo Público Descentralizado p ara la Prestación de los
Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca, Estado de México, y en ejercicio de la
facultad normativa, el consejo Directivo aprobó el Reglamento de la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para
la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca, Estado de México, en
los siguientes términos:
REGLAMENTO DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA,
ESTADO DE MÉXICO.
TÍTULO I
DE LA CONTRALORÍA INTERNA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público e i nterés social y tiene por objeto definir la estructura orgánica,
funcionamiento y atribuciones de la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Serv icios
de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca, México, de acuerdo con la Consti tución Política del
Estado Libre y Soberano de México, la Ley Orgánica Mu nicipal del Estado de México; la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios; la Ley de Contratación Pública y Servicios del Estado y Mu nicipios; reglamentos,
acuerdos delegatorios de facultades, manuales de procedimiento y organización que apruebe el Consejo Directivo del OPDAAS-
Amecameca, y demás ordenamientos legales aplicables.
Artículo 2.- La Contraloría Interna del OPDAAS-Amecameca, México, conducirá sus actividades en forma programada y con base
en las disposiciones establecidas en este ordenamiento y otras disposiciones.
Artículo 3.- Para el eficaz cumplimento de sus funciones, la Contraloría Interna del OPDAAS, se coordinará con las autoridades
municipales y estatales, en los términos que señale la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la Ley Orgánica
Municipal, y demás disposiciones aplicables.
Artículo 4.- Para efectos del presente reglamento se entenderá por:
I. Contraloría: a la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua
Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca;
II. Contralor: Al Titular de la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de
Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca;
III. OPDAAS.-Al Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento del Municipio de Amecameca;
IV. Órgano Superior: Al Consejo Directivo del OPDAAS-Amecameca;
V. Organismo: Al OPDAAS
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VI. Director: Al Director del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca;
VII. Ley de Responsabilidades: A la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios;
VIII. Reglamento: Al presente Reglamento de la Contraloría Interna del Organismo Público Descentralizado para la Prestación
de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca;
IX. Código Adjetivo: Al Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México;
X. Código Sustantivo: Al Código Administrativo del Estado de México;
XI. Unidad Ad ministrativa: a las Gerencias, Jefaturas y a las unidades administrativas dependientes del OPDAAS
Amecameca;
XII. Acciones de Control y Evaluación: a la auditoría, vigilancia, verificación, fiscalización, inspección, testificación, asesorí a,
autocontrol y evaluación de la gestión pública de las dependencias y organismos auxiliares, y demás acciones de la
misma naturaleza a cargo de la Contraloría Interna; y
XIII. Gobierno Municipal:, al Ayuntamiento del Municipio de Amecameca, México
XIV. COCICOVI: Comité Ciudadano de Control y Vigilancia
TÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL ORGANISMO PUBLICO
DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y
SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.
CAPITULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA INTERNA
Artículo 5.- La Contraloría Interna del OPDAAS-Amecameca, contará con el personal que de acuerdo a los recursos presupuestales
disponibles para tal efecto, cumpliendo con los deberes, obligaciones y atribuciones que se señalan en los lineamientos
establecidos en el presente Reglamento, cuya organización, denominación y funciones se precisará en el Manual de Organización y
de Procedimientos, siendo:
I. Contralor Interno;
II. Secretaria;
III. Asesor (es) Jurídico (s) y/o contable(s);
IV. Notificador;
CAPÍTULO II
DEL FUNCIONAMIENTO
Artículo 6.- La Contraloría Interna del OPDAAS-Amecameca, tramitará los asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en la Ley que Crea los Organismos Públicos Descentralizados de Agua potable y Alcantarillado de carácter Municipal, la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, así como el Reglamento del Organismo Público
Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Amecameca,
Estado de México y Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
CAPITULO III
FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA INTERNA
Artículo 7.- La Contraloría Interna del OPDAAS-Amecameca, tendrá un titular denominado Contralor, quien será aprobado por el
Consejo Directivo a propuesta del Director General.
Artículo 8.- La Contraloría Interna del OPDAAS-Amecameca, llevará a cabo la revisión y vigilancia del ejercicio de los recursos
financieros, materiales y humanos del OPDAAS-Amecameca en todas las áreas, oficinas, departamentos, fideicomisos, y aquellas
unidades administrativas que manejen fondos o valores, a efecto de que se realicen con transparencia, legalidad y con criterios de
racionalidad, garantizando que los procesos se lleven a cabo en forma objetiva y con estricto cumplimiento de las disposiciones
legales y reglamentarias aplicables en la materia.
Artículo 9.- El Contralor interno del OPDAAS-Amecameca, estará facultado por éste Reglamento para certificar copias de los
documentos originales que obren en los expedientes de la Contraloría cuando formen parte de procedimientos administrativos.
Artículo 10.- El Contralor Interno del OPDAAS-Amecameca, con el apoyo del Personal a su cargo tendrá las siguientes funciones:
I. Reportar los movimientos del personal que correspondan cada mes a la Dirección General de Responsabilidades y
situación Patrimonial de la Secretaría de la Contraloría del Estado de México;
II. Reportar los Movimientos de Personal del año inmediato anterior, en el Sistema de la Dirección General de
Responsabilidades y Situación Patrimonial, a fin de actualizar el padrón de servidores públicos obligados a presentar
Manifestación de Bienes por actualización de situación patrimonial;
III. Auditar, supervisar y evaluar las diferentes áreas que integran el OPDAAS-Amecameca, con la finalidad de prevenir se
incurra en algún tipo de responsabilidad y así eficientar el servicio público;
IV. Verificar en el Sistema de Consulta de Boletín de Empresas Objetadas si la Persona Física o Moral que pretende contratar
con el Organismo no se encuentra boletinada ni sujeta a proceso alguno;

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