Reglamento de Construcciones del Municipio de San Luis Potosí
Estado | San Luis Potosí |
Municipio | San Luis Potosí |
H.AYUNTAMIENTODESANLUISPOTOSI,S.L.P.
REGLAMENTODECONSTRUCCIONESDELMUNICIPIO
DESANLUISPOTOSI.
FechadeAprobación:27deoctubrede1994.
FechadePromulgación:27deoctubrede1994.
FechadePublicación:8deagostode1995.
Reforma:13deoctubrede1997.
Reforma:19deoctubrede2002.
Reforma:17dediciembrede2004
REGLAMENTODECONSTRUCCIONES
DELMUNICIPIODESANLUISPOTOSÍ
DISPOSICIONESPRELIMINARES
ARTICULO1.Esdeutilidad pública e interés social el debido cumplimiento y la
observanciadelas normasdelpresenteReglamento, el cualeselemento integral
del marco jurídico de las disposiciones aplicables en materia de planificación,
urbanización, seguridad, estabilidad e higiene, así como las restricciones y
modalidades que surjan del interés público al uso de los predios o de las
edificacionesyasean de propiedadpúblicao privada, dentrode la zonaurbanay
suburbanadelmunicipiodelaCapital.
ARTICULO2. Elpresente Reglamentocontiene lasnormasyprocedimientosque
deberánaplicarsepara:
I.Lautilizaciónprovisionaldelavíapúblicaentrabajosdeconstrucción;
II. El proyecto arquitectónico de toda clase de edificaciones, así como la
circulación,accesos,instalacioneshidráulicas,sanitarias,eléctricas,prevención de
incendiosyespecialesenlasmismas;
III.Laseguridadestructuralydeserviciodelasedificacioneseinstalaciones;
IV.Laejecucióndelasobrasdeconstrucción;
V.Eldestinoyconservacióndeprediosyedificaciones;
VI.ElregistrodelosDirectoresResponsablesdelaObra;
VII.Laexpedicióndepermisosparaconstrucciones,instalaciones,modificaciones,
ampliaciones,reparaciones,demolicionesyexcavaciones;
VIII. Los permisos para el uso o aprovechamiento del suelo y de las propias
edificaciones,y
IX.Lapresentacióndeproyectosejecutivosdevialidadeingeniería detránsitoen
fraccionamientos,condominios,centros comerciales,industriales,parques y obras
similares.
ARTICULO3.LaLeyGeneral deAsentamientosHumanos,elCódigoEcológicoy
Urbano del Estado de San Luis Potosí y su Reglamento General, el Plan de
DesarrolloUrbanoMunicipal,elPlandeOrdenacióndeSanLuisPotosíysu Zona
Conurbada, el Plan del Centro de Población Estratégico de San Luis Potosí y
Soledad de Graciano Sánchez, el Plan de Conservación y Desarrollo del Centro
Históricode SanLuis Potosí,losresultadosquesederivendelEstudio Integralde
Vialidad y Transporte para la Ciudad de San Luis Potosí, el Reglamento de
Tránsitoparael Municipio de SanLuisPotosí,la normatividadaplicableporparte
de la Unidad de Protección Civil Municipal, la Ley de Prote cción Ambiental del
Estado de San Luis Potosí y este Reglamento, establecen los requisitos,
disposiciones y condiciones para la edificación, instalación, estructuración o
cualquierobraquesepretendarealizar,utilizarocambiarsuuso.
ARTICULO4.ElH.AyuntamientodeSanLuisPotosí,atravésdesuDirecciónde
Obras Públicas, conforme a sus atribuciones, tendrá a su cargo la aplicación y
vigilancia del cumplimiento del presente Reglamento y los demás ordenamientos
aplicablesconformeelArtículoanterior.
ParaefectosdeesteReglamento,enlosucesivosedenominará"laDirección",ala
DireccióndeObrasPúblicasdelH.AyuntamientodelaCiudaddeSanLuisPotosí.
ARTICULO5.ParaefectosdeesteReglamentolaDireccióntendrá,lassiguientes
atribuciones:
I. Elaborar y proponer al Presidente Municipal, las políticas, normas, planes y
programas sobre desarrollo urbano, zonificación, utilización del suelo y
edificaciones, reservas territoriales, zonas de reserva ecológica, construcciones y
obras, así como para la organización, prevención y mejoramiento de aspectos
arquitectónicosdeelementosurbanos;
II.LlevarunregistroclasificadodeDirectoresResponsablesdeObra,elcualserá
actualizadoanualmente;
III. Fijar los requisitos técnicos a que deberán sujetarse las construcciones e
instalacionesaqueserefiereesteReglamento;
IV. Otorgar o negar permisos, para la ejecución de las obras, edificaciones e
instalacionesaqueserefiereesteReglamento;
V. Realizar inspecciones a construcciones o lugares conformelo establecen los
ordenamientosvigentes;
VI.Aplicar enlos casosprevistosporlosordenamientosvigentes,las sanciones
conformeasuesferadecompetencia;
VII. Acordar las medidas que fueran procedentes en relación con los edificios
peligrosos, malsanos o que causen las molestias indicadas en el artículo 12 de
esteReglamento;
VIII.EjecutarlasobrasquehubiereordenadorealizarconformeaesteReglamento
en rebeldía de propietarios que no las hubieren llevado a cabo y aplicar las
sancionescorrespondientes;
IX.Autorizaro negar, controlar y vigilarlaocupaciónoeluso de una estructura,
instalación, edificio o construcción y en general, la utilización del suelo yde l as
edificaciones,practicandolasinspeccionescorrespondientes;
X.Tramitarlosprocedimientoscoactivosdeejecucióndelassancionesimpuestas
alosparticulares;
XI. Auxiliarse de la fuerza pública conforme lo dispongan los ordenamientos
municipales,y
XII. Seguir los procedimientos establecidos en las leyes de la materia, en los
casosqueprocedalaaplicacióndesanciones.
TITULOPRIMERO
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