Reglamento del Centro de Rehabilitacion Social 'venustiano Carranza' del Estado de Nayarit
[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO SEGUNDO DEL REGLAMENTO INTERNO DE LOS CENTROS DE REINSERCIÓN SOCIAL DEL ESTADO DE NAYARIT, PUBLICADO EN EL P.O. DE 3 DE ENERO DE 2018, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]
REGLAMENTO DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL "VENUSTIANO CARRANZA" DEL ESTADO DE NAYARIT
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 3 DE ENERO DE 2018 (ABROGADO).
Reglamento publicado en la Cuarta Sección del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 25 de diciembre de 1976.
CORONEL ROGELIO FLORES CURIEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
D E C R E T O N U M E R O 5 8 8 3
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XVIII Legislatura:
D E C R E T A :
REGLAMENTO DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL "VENUSTIANO CARRANZA" DEL ESTADO DE NAYARIT
COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN.
Los internos del Fuero Federal, podrán también ser recluidos en dicho establecimiento, en los términos de los convenios que celebre el Ejecutivo Estatal, con el Gobierno Federal. Asimismo en dicho Centro los internos procesados y sentenciados, estarán en lugar separado para compurgar sus penas.
La ejecución de las sanciones a que se refiere el artículo anterior, tiene por objeto la readaptación social de los culpables por medio del trabajo y de la educación de acuerdo con la Constitución General de la República, la Constitución del Estado, el Código Penal y de Procedimientos Penales del Estado de Nayarit, además de lo aplicable de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
Gobernador Constitucional del Estado, quien designará a los miembros que lo integren, tomando en cuenta sus aptitudes, preparación y antecedentes, para el efecto de cubrir adecuadamente las plazas existentes en ese lugar.
Gobernador Constitucional del Estado, removerá libremente a todo el personal integrante del establecimiento.
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Director.
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Subdirector.
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Secretario.
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Jefe de Vigilancia.
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Subjefe de Vigilancia.
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Jefes de Grupo de Vigilantes.
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Vigilantes.
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Personal Administrativo.
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Jefe del Servicio Médico.
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Jefe de Educación.
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Jefe de Trabajo Social.
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Jefe de Talleres.
La ausencia de éstos, será cubierta por quien determine el Director.
DEL DIRECTOR.
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Cuidar de que se cumplan exactamente todas las Leyes y Reglamentos relativos al Centro.
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Procurar conocer en forma directa o a través de informes, de la marcha que en su readaptación tenga cada uno de los internos, tomando todas las disposiciones generales o individuales respecto de los internos para conseguir su completa readaptación según lo estipulado en las Leyes y Reglamentos.
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Vigilar constantemente la conducta y el trabajo de los internos y los empleados.
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Representar al establecimiento, desarrollando todas las funciones relacionadas con las autoridades o personas del exterior.
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Vigilar las normas a que deba sujetarse el trabajo de los internos en cuanto no estuviera hecho por este Reglamento, debiendo, modificar o ratificar las medidas adoptadas por los subalternos a sus órdenes.
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Imponer sanciones y otorgar estímulos a empleados e internos en los términos previstos por este Reglamento.
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Elevar ante las Autoridades Superiores las proposiciones correspondientes relativas a los internos preliberacionales, haciendo las observaciones pertinentes en cada caso.
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Disponer y ordenar los traslados al exterior de los internos, según las normas legales y reglamentos aplicables, conforme a las instrucciones que reciba por escrito de las Autoridades competentes.
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Comunicar a las Autoridades competentes con la debida anticipación de la liberación de un interno, para los efectos de aplicación en su caso de la retención.
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Llevar registro de las altas y bajas, falta de asistencia, retardos, licencias, permisos, vacaciones y cualesquier otro movimiento del personal del Centro.
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Elaborar mensualmente un informe y balance de los estados de cuenta y gastos del Reclusorio.
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Controlar y llevar cuenta exacta de la entrada y salida de internos y la disposición de las Autoridades a que se encuentren sujetas.
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Formular y conservar los inventarios de la Institución, llevando éstos bajo su más estricta responsabilidad.
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Atender al mantenimiento de las instalaciones, maquinaria, herramientas y otros artículos que se encuentren al servicio de la Institución.
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Manejar todos los servicios generales del Penal, que comprendan el de cocina, panadería, electricidad, aseo, plomería, combustibles, transportes y otros destinados al servicio del establecimiento.
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Controlar y dirigir todas las actividades laborales de internos y de los Maestros de talleres, sin perjuicio de escuchar la opinión de los responsables de los mismos.
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Designar el trabajo de los internos, tomando en cuenta las reglamentaciones emitidas por el Consejo Técnico del establecimiento.
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Efectuar el pago en forma personal de los salarios a los internos, haciendo los descuentos de ley procedentes.
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Promover todo tipo de actividades cívicas, sociales y culturales con la participación de los internos.
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Formular mensualmente un informe de labores a la Superioridad, independientemente del informe anual que deberá rendir.
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Escuchar problemas y quejas de los internos y sus familiares, procurando que se revuelvan (sic) en lo procedente.
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Determinar la forma en que se llevarán a cabo las visitas ordinarias, autorizando bajo su más estricta responsabilidad las extraordinarias.
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Designar el alojamiento donde deban encontrarse los internos de nuevo ingreso, así como también ordenar los cambios a diferentes locales, cuando el caso lo amerite.
DEL SUBDIRECTOR.
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Ser el Jefe de Personal del establecimiento, debiendo distribuir el trabajo entre sus empleados, vigilando la puntual asistencia de éstos.
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Auxiliar al Director en la tramitación y resolución de los asuntos del establecimiento.
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Recabar diariamente los acuerdos del Director.
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Preparar los asuntos que le presente la Secretaría, para dar cuenta al Director previo examen de los expedientes respectivos.
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Firmar la correspondencia oficial que sea de mero trámite.
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Ser encargado de cumplimentar las disposiciones de la Dirección y de otras Autoridades relacionadas con los internos.
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Entregar mensualmente a la Dirección para ser remitido al Gobierno del Estado el informe de labores desarrolladas durante el...
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