Reglamento del Capitulo Unico del Titulo Iv de la Ley Numero 120 para el Fomento de las Asociaciones Agricolas en el Estado de Sonora.

REGLAMENTO DEL CAPITULO UNICO DEL TITULO IV DE LA LEY NUMERO 120 DE 2 DE JULIO DEL CORRIENTE AÑO, PARA EL FOMENTO DE LAS ASOCIACIONES AGRICOLAS EN EL ESTADO DE SONORA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, el miércoles 21 de diciembre de 1932.

RODOLFO ELIAS CALLES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, haciendo uso de las facultades que le concede el artículo segundo transitorio de la Ley número 120 de 2 de Julio del año en curso, ha tenido a bien expedir el siguiente:

Reglamento del Capítulo Unico del Título IV de la Ley número 120 de 2 de Julio del corriente año, para el fomento de las Asociaciones Agrícolas en el Estado de Sonora.

Artículo 1° El subsidio a que se refiere el artículo 2° de la Ley; se concederá a las Asociaciones Agrícolas, por los productos que manejen y que estén afectados por el impuesto especial de producción.
Artículo 2° El subsidio que conceda, será exactamente, igual al impuesto especial de...

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