Reglamento de Becas para las Instituciones Educativas Particulares Incorporadas Al Sistema Estatal de Educacion

REGLAMENTO DE BECAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES INCORPORADAS AL SISTEMA ESTATAL DE EDUCACION

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 21 de agosto de 1997.

Maximiliano Silerio Esparza Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Durango en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 70 fracciones II y XXXI de la Constitución Política del Estado de Durango y con fundamento en los artículos 2, 7, 8 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, así como en los artículos 10, 12, 16, 21 fracciones X y XXVII y 156 fracción III de la Ley de Educación del Estado de Durango he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO DE BECAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES INCORPORADAS AL SISTEMA ESTATAL DE EDUCACION, de acuerdo a los siguientes

CONSIDERANDOS.

Por lo anteriormente considerado y con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas en el proemio de este documento el Ejecutivo a mi cargo expide el siguiente

REGLAMENTO DE BECAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES INCORPORADAS AL SISTEMA ESTATAL DE EDUCACION

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 26
ARTICULO 1 El presente Reglamento es de observancia obligatoria para todas las instituciones de educación particular incorporadas al Sistema Estatal de Educación

Su aplicación y vigilancia corresponde a las autoridades directivas de dichas instituciones y a las autoridades educativas de la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno del Estado, facultadas para ello conforme al Reglamento Interior de dicha Secretaría.

ARTICULO 2 Todas las instituciones de educación particular incorporadas a la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte, deberán aportar el 5% de sus ingresos por concepto de matricula estudiantil, correspondiente a cada ciclo escolar, para destinarlos a becas que se otorgaran a aquellos estudiantes que reunan el perfil de becarios establecido en este Reglamento.

Las instituciones podrán otorgar un porcentaje mayor al 5% establecido legalmente, pero en ningún caso, el monto destinado para becas, podrá ser menor a este porcentaje.

ARTICULO 3 Todos los alumnos que cursen sus estudios en alguna institución particular incorporada a la SECyD tienen derecho a que les sea otorgada una beca, si reúnen los requisitos y procede la asignación conforme a lo establecido en este Reglamento.
ARTICULO 4 Las becas escolares consisten en la exención del pago de la colegiatura mensual, en base a los porcentajes siguientes:

a).- Beca del 100% que comprende toda la colegiatura mensual.

b).- Beca del 75% respecto de la colegiatura mensual.

c).- Beca del 50% respecto de la colegiatura mensual.

Estas becas solo se podrán otorgar a los alumnos que hayan cursado como minimo un ciclo escolar en la institución educativa de que se trate.

ARTICULO 5

La obligación a que se refiere el artículo 2 de este Reglamento, se deriva de lo señalado en la fracción III del artículo 156 de la Ley de Educación del Estado de Durango; por lo que en este tipo de becas, cuyo monto debe corresponder al 5% del total de la matricula, no quedan comprendidas en las becas, que algunas instituciones particulares, conceden a los hijos o familiares de su personal, con carácter de prestación laboral.

ARTICULO 6 La asignación de becas, se hará conforme a los términos y procedimientos establecidos en este Reglamento

Para garantizar los principios de legalidad y transparencia, la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte, expedirá mediante Acuerdo de su titular, los Criterios Generales para la Asignación de Becas.

CAPITULO II Artículos 7 a 17

DE LA ASIGNACION DE BECAS

SECCION 1 Artículos 7 a 11

De los Comités de Becas

ARTICULO 7 Las becas a que se refiere este Reglamento serán otorgadas por los Comités de Becas; habrá un Comité para cada institución educativa y estará integrado por dos representantes de la SECyD y dos representantes de la institución educativa a la que corresponda el Comité.

Uno de los representantes de la SECyD presidirá el Comité, el resto de los integrantes tendrán el carácter de vocales; uno de los representantes de la institución educativa fungirá como Secretario. Las decisiones y resoluciones del Comité de Becas, se tomarán por mayoría de votos; en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad

En los casos de las instituciones de educación media superior y superior podrán participar los alumnos en su respectivo Comité de Becas, por conducto de un representante por cada plan de estudios, quien tendrá voz y voto en la toma de decisiones para asignación de becas.

ARTICULO 8 Los Comités de Becas, tendrán las atribuciones siguientes:
  1. Convocar públicamente y por escrito, a los alumnos de su respectiva institución, para que los interesados hagan su solicitud, con oportunidad de tiempo y forma;

  2. Recibir las solicitudes de becas de los interesados y hacerlas del conocimiento inmediato de la Coordinación de Escuelas Particulares de la SECyD;

  3. Hacer la selección de becarios de manera transparente observando las disposiciones de este Reglamento los criterios generales expedidos por la SECyD y las bases de la Convocatoria correspondiente;

  4. Determinar el porcentaje de la beca, que se otorgará a cada alumno seleccionado como becario, en base al estudio y análisis socioeconómico hecho previamente y al promedio de calificaciones correspondiente, exigido por este Reglamento.

  5. Dar a conocer por escrito, a los becarios, sobre el acuerdo de su solicitud de beca, en el caso de los alumnos de educación básica, se hará por conducto del padre o tutor;

  6. Llevar un control de becarios, a fin de dar seguimiento y evaluar el aprovechamiento académico de ellos;

  7. Aplicar este Reglamento y vigilar su observancia.

ARTICULO 9 Los Comités de Becas podrán cancelar la beca en los casos siguientes
  1. Cuando el becario haya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR