Reglamento para las Autoridades Auxiliares del Municipio de Tepic, Nayarit
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Reglamento para las Autoridades Auxiliares del Municipio de Tepic, Nayarit
REGLAMENTO PARA LAS AUTORIDADES
AUXILIARES DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT
C. JUSTINO ÁVILA ARCE, Presidente Municipal de Tepic, a sus habitantes hace
saber:
Que el H. XXXV Ayuntamiento Constitucional de Tepic, en uso de las facultades que le
Mexicanos, 115 de la Constitución Política del Estado de Nayarit y 34, 48 fracción I,
66, 75, 76, 77, 78, 79 y demás relativos de la Ley Orgánica para la Administración
Municipal, ha tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LAS AUTORIDADES
AUXILIARES
CAPÍTULO PRIMERO.
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de observancia obligatoria en el municipio
de Tepic, y tiene por objeto regular la organización funcionamiento y supervisión de los
Delegados Regionales y Jueces Auxiliares en los términos de lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y la
Ley Orgánica para la Administración Pública Municipal.
ARTÍCULO 2.- La aplicación de este Reglamento está a cargo de la Secretaría de
Gobierno Municipal y bajo la vigilancia de la Comisión de Gobernación del H.
Ayuntamiento de Tepic.
ARTÍCULO 3.- Los Delegados Regionales y Jueces Auxiliares se constituyen en
órganos de apoyo del Ayuntamiento para coadyuvar al cumplimiento de sus fines, así
como procurar el cumplimiento a los ordenamientos legales, administrativos y
reglamentarios del municipio.
ARTÍCULO 4.- Los Delegados Regionales y los Jueces son Autoridades Auxiliares del
Ayuntamiento, son por tanto una instancia descentralizada del Ayuntamiento en su
comunidad o región.
ARTÍCULO 5.- Los Delegados Regionales y Jueces Auxiliares Titulares, percibirán las
compensaciones económicas que acuerde el Ayuntamiento y que serán incluidas en los
presupuestos de egresos respectivos.
CAPÍTULO SEGUNDO.
DE LA JURISDICCIÓN DE LAS DELEGACIONES REGIONALES.
ARTÍCULO 6.- El Ayuntamiento dividirá territorialmente el municipio para establecer
delegaciones tomando en cuenta la distribución y densidad geográfica de los habitantes,
así como, sus condiciones particulares de Desarrollo Económico y Social.
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