Reglamento de Alumnos de la Universidad Politecnica del Valle de Toluca

REGLAMENTO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL VALLE DE TOLUCA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección Primera de la Gaceta del Estado de México, el jueves 12 de mayo de 2011.

LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE TOLUCA EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 12 FRACCIÓN XII, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE TOLUCA.

CONSIDERANDO.

En razón de lo anterior, la H. Junta Directiva ha tenido a bien aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE ALUMNOS

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 21
Artículo 1 Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de observancia general para las personas que poseen la calidad de alumnos de la Universidad.
Artículo 2 El presente reglamento tiene por objeto normar las relaciones entre los alumnos y entre éstos y la comunidad universitaria, haciendo posible la sana convivencia y armonía de sus miembros, a efecto de permitir el cumplimiento de los objetivos institucionales de la Universidad.
Artículo 3 Para fines del presente reglamento, se entiende por:
  1. UPVT, a la Universidad Politécnica del Valle de Toluca.

  2. Rector, a la persona, hombre o mujer, que se desempeñan como la máxima autoridad de la Universidad.

  3. Director de División, los Directores de las Divisiones de Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería en Informática, Ingeniería en Biotecnología y de la Licenciatura en Negocios Internacionales.

  4. Director de Área, el Director de Planeación y Vinculación y el Director de Administración y Planeación.

  5. Docente, el profesor de tiempo completo o el profesor de asignatura de la UPVT.

  6. Alumno, a cualquier persona, hombre o mujer, miembro de la comunidad universitaria que posee la calidad de alumno.

  7. Comité Disciplinario, al órgano de autoridad encargado de, a petición de parte, analizar casos de aplicación del presente reglamento.

  8. Autoridad, al Rector, Directores de División, Directores de área, Jefes de Departamento, Docentes.

  9. Comunidad universitaria, al grupo integrado por los alumnos, los profesores, los empleados y los directivos de la UPVT.

  10. Campus Universitario, a las instalaciones de la UPVT.

Artículo 4 Corresponde a la Autoridad de la UPVT, la aplicación, vigilancia y cumplimiento de este reglamento, en el ámbito de su competencia.
CAPÍTULO II Artículo 5

DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo 5 Los alumnos tendrán los siguientes derechos:
  1. Ser tratado con respeto y consideración por parte de los miembros de la comunidad universitaria.

  2. Ser inscrito en el seguro facultativo para estudiantes del IMSS.

  3. Organizarse en la forma que determinen. Sus agrupaciones se mantendrán independientes de grupos políticos, religiosos y sindicales, así como de las propias autoridades universitarias. La UPVT sólo reconocerá como representantes legítimos del interés estudiantil a aquellos grupos que:

    1. Estén integrados y dirigidos exclusivamente por alumnos.

    2. Cuenten con estatutos y objetivos y desarrollen solamente actividades que no contravengan, en forma alguna, el Objeto, la Misión, la Visión, los Valores y la normatividad de la UPVT.

    3. Establezcan en sus estatutos la forma democrática de integración de sus órganos de gobierno.

    4. Designen sus órganos de gobierno por elección de la mayoría de los miembros que constituyen el grupo.

    5. Efectúen su proceso electoral de conformidad con el estatuto correspondiente que deberá ser elaborado exclusivamente por alumnos y dado a conocer a las autoridades universitarias.

    6. Registren sus estatutos y dirigencia, acordes al inciso b, en el Departamento de Vinculación y Extensión.

  4. Manifestar puntos de vista u opiniones distintos de los sustentados por la comunidad universitaria, siempre y cuando:

    1. Expresen sus opiniones dentro del más completo orden y guardando la consideración y respeto que merece la comunidad universitaria y el recinto en donde se encuentren.

    2. Escuchen y respeten a la persona que está haciendo uso de la palabra.

    3. Usen un lenguaje adecuado y acorde con el desarrollo integral y humano de su persona y con los valores de la UPVT.

  5. Editar publicaciones como medio para estimular el desarrollo intelectual y propiciar un ambiente académico libre y responsable dentro de la Institución, para lo cual deben cumplir los siguientes requisitos:

    1. Contar con un Comité Editorial que garantice la calidad de los trabajos que ahí se publiquen.

    2. Mencionar en la publicación los nombres de su Comité Editorial, el cual deberá estar presidido por un alumno.

    3. Mantener, en su contenido, el respeto a:

    c1. Los Valores que sustenta la UPVT.

    c2. Las autoridades, profesores, alumnos y demás integrantes de su comunidad universitaria.

    c3. Las leyes, las autoridades gubernamentales y la sociedad en general.

  6. Organizar eventos tales como conferencias, congresos, mesas redondas, concursos, seminarios, debates y actividades diversas para mejorar tanto sus conocimientos generales como su preparación académica, en la medida en que:

    1. no se presten a propaganda o proselitismo partidista o religioso, ni perturben el orden de la institución.

    2. garanticen que el evento se conduzca en apego a las leyes vigentes, con respeto a las autoridades gubernamentales y a la sociedad en general.

  7. Recibir un reconocimiento por parte de la UPVT, en (sic) refiriendo el mismo la función desempeñada en las actividades que organicen y participen.

  8. Participar en la mejora continua de los procesos de la UPVT mediante propuestas presentadas por escrito al Director de División en que se encuentren inscritos, a través del buzón de quejas y sugerencias, así como en las evaluaciones docentes y las correspondientes a las áreas administrativas.

  9. Ser informados acerca del estado que guarda el estudio de sus propuestas de mejora y a que se les notifique, en un plazo razonable, la resolución que dicte la Autoridad.

  10. Presentar una apelación por escrito ante el Consejo de Calidad de la UPVT cuando considere que su queja no ha sido debidamente atendida, o cuando esté en desacuerdo con la resolución. El escrito correspondiente deberá ser presentado al Presidente del Consejo de Calidad de la UPVT, de quien recibirá la resolución definitiva al caso.

  11. Gozar de libertad de expresión, sin más limitantes que el debido respeto a la autoridad, así como a toda la comunidad universitaria.

  12. Obtener con oportunidad los documentos que acrediten oficialmente los estudios realizados, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas respectivas.

  13. Recibir de la UPVT los reconocimientos y estímulos a que se hagan acreedores.

  14. Ejercer la garantía de audiencia, por parte de los Directores y Jefes de Departamento en los asuntos que afecten sus intereses.

  15. Recibir la atención necesaria de parte del personal que labora en la UPVT en todos los asuntos relacionados con su formación.

  16. Asistir al Informe Anual de Actividades del Rector.

  17. Recibir orientación relacionada con la organización y funcionamiento de la UPVT.

  18. Solicitar le justifique el Director de División correspondiente, cuando hubiese inasistido a clases en los casos siguientes:

    1. Por enfermedad (presentando incapacidad expedida por institución pública),

    2. Cuando asista a alguna actividad debidamente aprobada por las autoridades de la UPVT, o

    3. Por cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente sustentada.

  19. Inconformarse ante la autoridad universitaria correspondiente, cuando se afecten sus derechos.

  20. Gozar del derecho de autoría o de referencia en las investigaciones y publicaciones en que participen, así como en el uso, publicación o comercialización, de los diseños, materiales e instrumentos entregados para la evaluación de su conocimiento.

  21. Utilizar las instalaciones de la UPVT, de conformidad con su uso y destino, de acuerdo a las disposiciones que para tal efecto se emitan.

  22. Participar en eventos culturales y deportivos.

  23. Recibir en igualdad de condiciones las clases de las asignaturas que cursa, y le permita desarrollar una formación integral y armónica como individuo.

  24. Disponer de los materiales y equipos que para actividades generales y específicas se requieran y existan en la Universidad.

  25. Hacer circular, dentro de la UPVT, información de su interés, previa autorización del Departamento de Vinculación y Extensión, misma que se establece como requisito para evitar que contengan palabras obscenas, frases ofensivas, pornografía o mensajes que dañen la imagen de algún miembro de la comunidad universitaria.

CAPÍTULO III Artículo 6

DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

Artículo 6 Los alumnos tendrán las siguientes obligaciones:
  1. Conocer y cumplir el presente reglamento.

  2. Asistir puntualmente a los cursos y eventos académicos organizados por la UPVT. En lo que se refiere a cursos programados a las 7 de la mañana, se aplicará una tolerancia de 10 minutos; en los demás horarios no habrá ninguna tolerancia.

  3. Conducirse de manera congruente con los valores establecidos en la Universidad y utilizar un lenguaje apropiado y correcto.

  4. Tramitar, y mostrar cuando se les solicite, su credencial vigente para tener acceso y hacer uso de las...

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