Reglamento para la Administracion del Teatro Xicohtencatl
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL TEATRO XICOHTENCATL
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el martes 10 de diciembre de 1985.
TULIO HERNANDEZ GOMEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en uso de las facultades que me confieren los artículos 70 Fracción II de la Constitución Política del Estado y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que el Instituto Tlaxcalteca de la Cultura entre sus funciones, tiene a su cargo la de promover y difundir la cultura a través de diversas actividades, dentro de las que se destacan la presentación de recitales, actos y obras teatrales en todas sus formas de expresión.
SEGUNDO.- Que la actividad del Instituto a que se refiere el considerando anterior, la realiza esencialmente en el Teatro Xicohténcatl de la Ciudad capital del Estado, edificio histórico que significa nuestra tradición artística y cultural.
TERCERO.- Que el Teatro Xicohténcatl del Instituto no cuenta con un ordenamiento legal que norme su actividad administrativa.
CUARTO.- Que dada la trascendencia cultural de la actividad que se realiza en el Teatro Xicohténcatl, es necesario crear un ordenamiento que regule su administración, por lo que con base en lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL TEATRO XICOHTENCATL
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"Teatro".- El Teatro Xicohténcatl;
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"Jefe de Sección".- El Jefe de Sección del Teatro;
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"Usuario".- Persona física o jurídica que utilice el Teatro;
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"Público Asistente".- Conjunto de personas físicas que asistan a las representaciones de los eventos que se celebre en el Teatro; e
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"Instituto".- El Instituto Tlaxcalteca de la Cultura.
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Impartir cursos para la formación de profesionales en el campo de la actuación;
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Promover, impulsar y realizar obras teatrales y recitales, así como todos aquellos eventos que por su calidad y nivel técnico contribuyan al desarrollo de la cultura en el Estado; y
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Promover la creación y desarrollo de centros culturales en el Estado.
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