Reglamento de la Administración Pública del H. Ayuntamiento Constitucional de Zitácuaro, Mich.

Fecha de publicación14 Diciembre 2005
EstadoMichoacán
MunicipioZitácuaro
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXXXVII Morelia, Mich., Miércoles 14 de Diciembre del 2005 NUM. 68
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 300 ejemplares
Esta sección consta de 32 páginas
Precio por ejemplar:
$ 10.00 del día
$ 15.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Director: Arturo Hernández Tovar
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ZITÁCUARO, MICH.
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2005
ACTA NÚMERO TREINTA Y SIETE
En la Heróica Zitácuaro, Michoacán, Ciudad de la Independencia, siendo las
18:00 dieciocho horas del día 30 treinta de Noviembre del 2005, dos mil cinco,
previo citatorio correspondiente, se reunieron, el Presidente Municipal
Constitucional, C. Leopoldo Martínez Ruiz, el Síndico Municipal, Lic. Salvador
Moreno Ramos, así como los CC. Regidores C. Irma Ramírez del Valle, Lic. Javier
Correa Mora, Lic. Lorenzo Sesmas Ortega, C. J. Roberto Maya Alcántar, L.A.E.
Raúl Cova Jalili, Profra. Mayra Tello Viveros, Profr. Domingo Hernández Ortega,
Ing. Sergio Rafael Estrada Contreras, C. Leticia Beatriz Fernández Durán, C. Gloria
Suárez Tellez, C. Lic. Froylán Vásquez Aragón, C. María Elena Rodríguez Contreras;
y el L.P.A. Everardo Hernández Contreras, Secretario del H. Ayuntamiento, para
celebrar la sesión ordinaria de Cabildo bajo el siguiente.
ORDEN DEL DIA
1.- ...
2.- ...
3.- ...
4.- ...
5.- ...
6.- ...
7.- ...
8.- Asuntos Generales.
...........................................................................................................................................
...........................................................................................................................................
...........................................................................................................................................
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PERIODICO OFICIAL
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Miércoles 14 de Diciembre del 2005.
OCTAVO.- Singuiendo con la orden del día el Secretario del
H. Ayuntamiento L.P.A. Everardo Hernández Contreras,
anuncia el siguiente asunto mismo que consiste en la
aprobación en su caso, del Proyecto de Reformas y
Adiciones al Reglamento de la Administración Pública
Municipal de este H. Ayuntamiento, en seguimiento al
acuerdo de Cabildo número 117 correspondiente a la sesión
ordinaria de fecha 11 de noviembre del año en curso...........
.......................................................................................................
........................................................ Acto continuo, el Secretario
del H. Ayuntamiento L.P.A. Everardo Hernández Contreras,
percatándose de que no existen más intervenciones al
respecto por instrucciones del Lic. Salvador Moreno Ramos,
Síndico Municipal, quien preside la sesión en ausencia del
C. Leopoldo Martínez Ruiz, Presidente Municipal, somete a
consideración de los miembros del H. Ayuntamiento el
probable acuerdo aprobándose en consecuencia de la forma
que sigue.
ACUERDO
NÚMERO CIENTO VEINTITRES
Por mayoría de 12 votos a favor y 2 en contra de los
Regidores C. Regidora Irma Ramírez del Valle y Lic. Froylán
Vásquez Aragón, este H. Cuerpo Edilicio aprueba el Proyecto
de Reformas y Adiciones al Reglamento de la Administración
Pública Municipal presentado ante este H. Ayuntamiento
por el C.P. T. Francisco Fortuna Espinoza, Contralor
Municipal, mismo que fue debidamente analizado por los
ediles que así lo decidieron en base al acuerdo de Cabildo
número 117 correspondiente a la sesión ordinaria de Cabildo
de fecha 11 de Noviembre del año en curso. En consecuencia
se instruye al L.P.A. Everardo Hernández Contreras,
Secretario del H. Ayuntamiento, para que efectúe los trámites
necesarios para su debida publicación por los conductos
correspondientes.
.......................................................................................................
.......................................................................................................
...............................................
No existiendo más intervenciones que desahogar y agotados
los asuntos contemplados en la orden del día, el Secretario
del H. Ayuntamiento L.P.A. Everardo Hernández Contreras,
por instrucciones del C. Leopoldo Martínez Ruiz, Presidente
Municipal, siendo las 8:50 horas del día 3 de noviembre del
año en curso, declara concluida la presente sesión
agradeciendo a todos y cada uno de los integrantes del
Honorable Cabildo su valiosa asistencia, quienes firman de
conformidad y para debida constancia la presente acta en
los términos insertos en el cuerpo de la misma.
C. LEOPOLDO MARTÍNEZ RUIZ, PRESIDENTE
MUNICIPAL.- LIC. SALVADOR MORENO RAMOS,
SÍNDICO MUNICIPAL. (Firmados).
REGIDORES:
C. IRMA RAMÍREZ DEL VALLE (Bajo protesta por lo vertido
en la sesión aclarando que en el punto No. siete la Comisión
de la Mujer no intervino en el análisis y dictamen presentado
del último bloque de 4 obras propuestas para su
cancelación).- LIC. JAVIER CORREA MORA.- C. LIC.
LORENZO SESMAS ORTEGA.- C. J. ROBERTO MAYA
ALCÁNTAR.- L.A.E. RAÚL COVA JALILI.- PROFR.
DOMINGO HERNÁNDEZ ORTEGA.- PROFRA. MAYRA
TELLO VIVEROS.- ING. SERGIO RAFAEL ESTRADA
CONTRERAS.- C. LETICIA BEATRIZ FERNÁNDEZ
DURÁN.- C. GLORIA SUÁREZ TELLEZ.- LIC. FROYLÁN
VÁSQUEZ ARAGÓN.- C. MARÍA ELENA RODRÍGUEZ
CONTRERAS.- EL SECRETARIO DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO, L.P.A. EVERARDO HERNÁNDEZ
CONTRERAS. (Firmados).
_____________
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL MUNICIPIO DE ZITÁCUARO, MICHOACÁN
H. AYUNTAMIENTO DE ZITÁCUARO, MICHOACÁN, EN
EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN Xlll DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN
DE OCAMPO; Y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en el artículo 115 señala que «Los Estados
adoptarán... como base de su división territorial y de su
organización política y administrativa, el Municipio libre…»
de Ocampo regula el ejercicio de las atribuciones que
corresponden a los municipios del Estado dotándoles de la
facultad para expedir, entre otros definir los lineamientos
para el más eficiente funcionamiento de las dependencias,
entidades y unidades administrativas municipales; y
establece en su artículo 148, «los reglamentos municipales
podrán comprender, entre otras, las siguientes materias:
Organización Administrativa…»
Un reglamento es una norma jurídica de rango
inmediatamente inferior a la ley y la desarrolla y la
complementa.
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PERIODICO OFICIAL Miércoles 14 de Diciembre del 2005.
La organización administrativa es parte de un proceso que
se da en todas las entidades, sean públicas o privadas,
llamado PROCESO ADMINISTRATIVO, consistente en las
siguientes etapas:
· PLANEACIÓN. Se establecen los objetivos que se
pretenden alcanzar. Definir qué, cómo, cuándo,
dónde, porqué, para qué, para quién, cuánto,
quiénes.
· ORGANIZACIÓN. Se definen la estructura de la
organización, puestos y funciones especificando
claramente responsabilidades específicas.
· INTEGRACIÓN o EJECUCION. Llevar a la práctica
los objetivos definidos en la planeación, allegando
los recursos materiales, técnicos, financieros y
humanos, reclutando al personal que cuente con el
perfil definido a su área de trabajo.
· DIRECCIÓN. Coordinar las actividades, encaminar
a la organización para obtener los objetivos definidos.
· CONTROL. Verificar las actividades realizadas contra
las planeadas, verificar los resultados obtenidos para
comprobar si se cumplen los objetivos.
Que el gobierno existe para que con los ingresos que recibe
de los impuestos, derechos y otros aportados por los
ciudadanos otorgue los servicios públicos que la sociedad
requiere, tales como agua, drenaje, alumbrado, seguridad,
carreteras, educación, limpieza, comunicación, etc., pero
sobre todo existe para ser gestor del desarrollo social y
económico sustentable del municipio.
Que en su sentido estricto, la gestión municipal comprende
las acciones que realizan las dependencias y organismos
municipales, encaminadas al logro de objetivos y
cumplimiento de metas establecidas en los planes y
programas de trabajo, mediante las interrelaciones e
integración de recursos humanos, materiales y financieros.
Siendo una actividad importante en la que se generan y
establecen las relaciones del gobierno con la comunidad y
con otras instancias administrativas de los gobiernos
estatales y federal.
Por lo tanto, es necesario que exista una organización
administrativa adecuada, para que el Gobierno Municipal
tenga mayores posibilidades de éxito en la realización de su
gestión en beneficio de las necesidades más apremiantes
de la comunidad municipal.
En mérito de lo expuesto, se expide el siguiente:
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL MUNICIPIO DE ZITÁCUARO, MICHOACÁN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto
regular la organización y el funcionamiento de la
Administración Pública del Municipio de Zitácuaro,
Michoacán, de conformidad con la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del
Estado de Michoacán de Ocampo, La Ley Orgánica
Municipal, el Bando de Gobierno Municipal y demás
disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 2. El Gobierno Municipal de Zitácuaro está
integrado por un cuerpo colegiado que se denomina
Ayuntamiento y un órgano ejecutivo depositado en el
Presidente Municipal, a quien corresponde ejecutar las
decisiones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento como cuerpo colegiado, no podrá
desempeñar las funciones del Presidente Municipal, ni éste
por sí solo las del Ayuntamiento.
La máxima autoridad del Municipio es el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 3. El Ayuntamiento debe asegurar el
conocimiento de la problemática del municipio y de las
obligaciones que éste debe cumplir.
ARTÍCULO 4. El Presidente debe garantizar la
administración de los recursos públicos para el desarrollo
del Municipio, hacia el rumbo que los propios habitantes le
señalen sin importar religión, profesión, edad, estrato social,
preferencia partidista.
ARTÍCULO 5. La integración, instalación, entrega-
recepción, funcionamiento y atribuciones del Ayuntamiento,
así como la conformación de sus comisiones y las funciones
de éstas se realizarán conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
Asimismo, los integrantes del Ayuntamiento se ajustarán a
lo dispuesto en el Reglamento Interno del Ayuntamiento
de Zitácuaro vigente.
Las comisiones durarán un período de tres años.
Se entenderá por:
1. Integrante de una comisión: los regidores que forman
parte de una comisión;

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