REFORMAS, ADICIONES Y DEROGACIONES, AL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y AGUA

Fecha de publicación28 Diciembre 2018
Sección
Pág. 40 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 28 de 2018
ARTÍCULO 22.- El Secretario será suplido e n sus ausencias por el Subsecretario para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa, y en ausencia de este último, por el Subsecretario de Inversión y Desarrollo, o por la persona que él designe.
ARTÍCULO 23.- Los Subsecretarios serán suplidos en sus ausencias por los Directores Generales atendiendo a la materia
de su competencia.
ARTÍCULO 24.- Los Directores Generales serán suplidos en sus ausencias por los Jefes de Departamento atendiendo a
la materia de su competencia.
ARTÍCULO 25.- Los Jefes de Departamento y demás personal de la Secretaría serán suplidos en sus ausencias, por el
servidor de la jerarquía inmediata inferior acorde la materia o por la persona que designe el Secretario.
ARTÍCULO 26.- En los casos no previsto s en los artículos que anteceden, la suplencia de los servidores públicos podrá
hacerse a través de los inmediatos inferiores que de ellos dependan, salvo que se trate de personal de base.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor el día 1° de enero de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Con la entrada en vigor del presente Reglamento, se abroga el Reglamento Interior de la
Secretaria de Desarrollo Económico, publicado en la Edición Extraordinaria, Número 28, del Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, el 31 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente
Reglamento.
Dado en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes a lo s veintiún días del mes de
diciembre del año dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES
LIC. RICARDO ENRIQUE MORÁN FAZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
C.P. LUIS RICARDO MARTÍNEZ CASTAÑEDA
SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y AGUA
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que
me conceden los artículos 36, 46 fracción I y 49 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 2°, 3°, 4° párrafo primero,
10 fracción IV, 11, 14, 15 párrafo primero, 16, 18 fracción VII, 27 fracción VIII, 28, 29, 32 fracción V y 38 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes, y en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo Quinto Transitorio del Decreto
62, publicado en la Edición Vespertina del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 10 de diciembre de 2018; así como los
artículos y de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, tengo a bien expedir las “REFORMAS,
ADICIONES Y DEROGACIONES AL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD, MEDIO
AMBIENTE Y AGUA”, al tenor de la siguiente:
E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S
La propuesta que se presenta de modificación al Reglamento Interior de la Secretaría de Sustentabilidad, Medio Ambiente
y Agua es motivada por la dinámica, avances que se tienen en la materia, por las nuevas responsabilidades asumidas por esta
dependencia en materia de agua y por la Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes,
recientemente publicada en fecha 10 de diciembre de 2018, en la Edición Vespertina del Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, mediante Decreto Numero 62, en donde se establece la obligación del Gobernador del Estado de adecuar los
Reglamentos de las Dependencias cuyas atribuciones se reforman o modifican, en el Artículo Quinto Transitorio.

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