REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIA, AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación27 Abril 2020
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 77Abril 27 de 2020 (Primera Sección)
REG. KARLA ARELY ESPINOZA ESPARZA
Secretaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y Territorial.
SINDICO LIDIA SUÀREZ RAMÌREZ
Presidente de la Comisión de Hacienda y
Vocal de la Comisión de Desarrollo Urbano y Territorial
REG. MARÌA CRISTINA ÀVILA ESQUIVEL
Presidente de la Comisión de Agua Potable y alcantarillado y Secretaria de la Comisión
de Hacienda
REG. YAMID ARFAXAD MARES CHAVEZ.
Vocal de la Comisión de Hacienda y Vocal de la Comisión de Agua Potable y alcantarillado
Lo presente fue aprobado por el H. Cabildo del Ayuntamiento de Jesús María, Aguascalientes, el 6 de
abril de 2020.
Se comunica lo anterior al ejecutivo estatal para los efectos legales de publicación a mi cargo.
ATENTAMENTE
Jesús María, Aguascalientes, a 23 de abril de 2020
Ing. José Antonio Arámbula López
Presidente Municipal
Lic. Adolfo Suárez Ramírez
Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno
H. AYUNTAMIENTO DE SAN JOSÉ DE GRACIA
MARÍA CRISTINA LÓPEZ GONZÁLEZ, Presidenta Municipal de San José de Gracia, en cumplimiento a lo
las facultades contenidas en los artículos 16, 36 fracción V y 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes y artículo 29 fracción V, artículo 35 fracciones I y II del Código Municipal de San
José de Gracia, a los habitantes del Municipio de San José de Gracia hace saber que el Honorable
Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar reformas y adiciones a diversos artículos del Código Municipal de San
José de Gracia, Ags., para quedar en los siguientes términos:
PUNTO DE ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO.- El H. Ayuntamiento de San José de Gracia, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 98, 99 y 107 del Código Municipal de San José de Gracia, aprueba las adicionan y reforman los
artículos 556, 558, 559, 567, 574, 597, 604, 675, 676, 682, 702, 703, 708 y 709, del Código Municipal de San
José de Gracia, Aguascalientes, para quedar en los siguientes términos:
LIBRO SEXTO
DE LA SEGURIDAD PÚBLICA Y MOVILIDAD MUNICIPAL
TÍTULO PRIMERO
DE LA SEGURIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 556.- Las disposiciones del presente Libro tiene por objeto reglamentar la función de seguridad
pública y movilidad en el Municipio de San José de Gracia, así como establecer las bases de coordinación
entre la Federación, el Estado y el Municipio en estas materias.
ARTÍCULO 558.- Para los efectos de este libro, se entenderá por:
I…
II…

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