REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIA, AGUASCALIENTES.
Fecha de publicación | 27 Abril 2020 |
Sección | Primera Secció |
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 77Abril 27 de 2020 (Primera Sección)
REG. KARLA ARELY ESPINOZA ESPARZA
Secretaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y Territorial.
SINDICO LIDIA SUÀREZ RAMÌREZ
Presidente de la Comisión de Hacienda y
Vocal de la Comisión de Desarrollo Urbano y Territorial
REG. MARÌA CRISTINA ÀVILA ESQUIVEL
Presidente de la Comisión de Agua Potable y alcantarillado y Secretaria de la Comisión
de Hacienda
REG. YAMID ARFAXAD MARES CHAVEZ.
Vocal de la Comisión de Hacienda y Vocal de la Comisión de Agua Potable y alcantarillado
Lo presente fue aprobado por el H. Cabildo del Ayuntamiento de Jesús María, Aguascalientes, el 6 de
abril de 2020.
Se comunica lo anterior al ejecutivo estatal para los efectos legales de publicación a mi cargo.
ATENTAMENTE
Jesús María, Aguascalientes, a 23 de abril de 2020
Ing. José Antonio Arámbula López
Presidente Municipal
Lic. Adolfo Suárez Ramírez
Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno
H. AYUNTAMIENTO DE SAN JOSÉ DE GRACIA
MARÍA CRISTINA LÓPEZ GONZÁLEZ, Presidenta Municipal de San José de Gracia, en cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en ejercicio de
las facultades contenidas en los artículos 16, 36 fracción V y 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes y artículo 29 fracción V, artículo 35 fracciones I y II del Código Municipal de San
José de Gracia, a los habitantes del Municipio de San José de Gracia hace saber que el Honorable
Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar reformas y adiciones a diversos artículos del Código Municipal de San
José de Gracia, Ags., para quedar en los siguientes términos:
PUNTO DE ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO.- El H. Ayuntamiento de San José de Gracia, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 98, 99 y 107 del Código Municipal de San José de Gracia, aprueba las adicionan y reforman los
artículos 556, 558, 559, 567, 574, 597, 604, 675, 676, 682, 702, 703, 708 y 709, del Código Municipal de San
José de Gracia, Aguascalientes, para quedar en los siguientes términos:
LIBRO SEXTO
DE LA SEGURIDAD PÚBLICA Y MOVILIDAD MUNICIPAL
TÍTULO PRIMERO
DE LA SEGURIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 556.- Las disposiciones del presente Libro tiene por objeto reglamentar la función de seguridad
pública y movilidad en el Municipio de San José de Gracia, así como establecer las bases de coordinación
entre la Federación, el Estado y el Municipio en estas materias.
ARTÍCULO 558.- Para los efectos de este libro, se entenderá por:
I…
II…
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