REFORMA AL ARTÍCULO 26 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación20 Enero 2020
SecciónCuarta Sección
Pág. 30 PERIÓDICO OFICIAL Enero 20 de 2020
(Cuarta Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos
del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de
Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Honorable Ayuntamiento
Constitucional 2019-2021, tuvo a bien aprobar la reforma al artículo 26 del Código Municipal de
Aguascalientes, para quedar como sigue:
“CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES.”
ARTÍCULO 26.- Las Sesiones Ordinarias se celebrarán dentro de los primeros diez días
hábiles de cada mes, los Regidores y Síndicos deberán ser citados al menos con tres días naturales
de anticipación, a excepción de las extraordinarias que podrán citarse en cualquier tiempo en razón
de la anticipación que el asunto o asuntos a tratar requieran por su importancia o urgencia.
Las citaciones a los Regidores y Síndicos a fin de que concurran a cualquier tipo de Sesión
serán realizadas por el Presidente Municipal, a través del Secretario del Honorable Ayuntamiento y
Director General de Gobierno.
En todos los casos, a fin de estar en la posibilidad de que en la sesión se traten los asuntos
correspondientes, deberán ser enviados por correo electrónico el citatorio, el proyecto de orden
del día, los dictámenes, acuerdos o proposiciones que se pretendan desahogar, así como sus
respectivos documentos base o soporte.
Dicha documentación, se remitirá a las direcciones de correo electrónico que debe
autorizar cada miembro del Cabildo, mediante escrito dirigido al Secretario del Honorable
Ayuntamiento y Director General de Gobierno, misma disposición será aplicable para remitir
las cuentas públicas municipales digitalmente a los integrantes del H. Ayuntamiento.
La notificación de la celebración de la sesión, así como de la documentación respectiva,
se tendrá por realizada el día y hora que obre en la cuenta de correo electrónico remitente, que
para el efecto haya autorizado el Secretario del Honorable Ayuntamiento y Director General de
Gobierno.
A los miembros del Cabildo que incumplan su obligación de señalar dirección de correo
electrónico en términos del párrafo segundo de este artículo, la documentación
correspondiente les será enviada al correo electrónico institucional creado por la Dirección de
Tecnologías de la información y comunicación del Municipio de Aguascalientes al personal
que labora en el Municipio, así mismo les será entregada en la oficina que ocupen en el Palacio
Municipal, a más tardar el día hábil siguiente al envío del correo y antes de que inicie la sesión
respectiva, situación que no invalidará la notificación, la cual se tendrá por realizada en
términos del párrafo anterior. En estos casos, la documentación podrá ser recibida por el
personal adscrito a la oficina del Regidor o Síndico de que se trate.
El Secretario del Honorable Ayuntamiento y Director General de Gobierno, atendiendo a
la cantidad de la documentación, podrá determinar otros mecanismos para realizar la
notificación respectiva, por medios digitales o impresos.
En todo caso, la documentación a tratar en la sesión quedará a disposición para consulta
de los miembros del Cabildo, en días y horas hábiles, en la Secretaría del Honorable
Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno.
Para que exista quórum legal se requiere la presencia de la mayoría de los miembros del
Ayuntamiento, salvo en las Sesiones Solemnes que se llevarán a cabo con los Regidores y Síndicos
que asistan.
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos
del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de
Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Honorable Ayuntamiento
Constitucional 2019-2021, tuvo a bien aprobar el nombramiento de la Directora del Instituto Municipal de
la Mujer de Aguascalientes, para quedar como sigue:
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES,
P R E S E N T E.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 38 fracción V de la Ley Municipal para el Estado de
Aguascalientes; 6 fracción II del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes; 19 y 20
del Reglamento Interior del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes; someto a la recta consideración
de este Honorable Cuerpo Colegiado la propuesta para designar a la persona que fungirá como Directora
General del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes.
Por lo anteriormente expuesto y con base en los fundamentos legales antes señalados, someto a su
consideración el nombramiento para desempeñar el cargo de Directora General del Instituto Municipal de la
Mujer de Aguascalientes, a la Licenciada en Derecho Zayra Angélica Rosales Tirado, de quien se
acompaña al presente, Currículum vitae y constancias que acreditan los requisitos de ley.
Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado por el Honorable Ayuntamiento Constitucional del
Municipio de Aguascalientes, en la sesión ordinaria celebrada el día diez de enero del año dos mil veinte en
el salón Cabildo, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente Municipal de
Aguascalientes; los Regidores Edson Rubén Camarillo Rodríguez, Mirna Rubiela Medina Ruvalcaba, Edgar
Dueñas Macías, Reyna Cristina Espinoza Vázquez, Miguel Ángel Muñoz de Luna, María Cristina Villaseñor
Díaz, Christian Salvador Gutiérrez Márquez, Berenice Anahí Romo Tapia, Oscar Salvador Estrada Escobedo,
Israel Tagosam Salazar Imamura López, Francisco Javier Quezada Loera, Irma Karola Macías Martínez,
Sanjuana Martínez Meléndez, Edith Citlalli Rodríguez González, el Síndico Procurador Juan Alberto Pérez
de Loera, la Síndico de Hacienda Ma de Jesús Ramírez Castro; así como el Secretario del H. Ayuntamiento
y Director General de Gobierno, Licenciado Jaime Gerardo Beltrán Martínez.- En consecuencia, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, fracción I de la Ley Municipal para el Estado de
Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su debido cumplimiento y efectos legales
conducentes.- Aguascalientes, Ags., a 10 de enero de 2020.- Lic. María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente
Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.- Lic. Jaime Gerardo Beltrán Martínez, Secretario del H. Ayuntamiento
y Director General de Gobierno, quien valida con su firma en términos del artículo 107 fracción VIII, del Código
Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.

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