Presupuesto de Egresos para la Municipalidad del Nayar, Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2017

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2017
Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos
Sección Cuarta Tomo CXCIX
Tepic, Nayarit; 30 de Diciembre de 2016 Número: 129
Tiraje: 030
SUMARIO
PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD
DEL NAYAR, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
2 Periódico Oficial Viernes 30 de Diciembre de 2016
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA LA
MUNICIPALIDAD DE DEL NAYAR; NAYARIT PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO
2017
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.-
El ejercicio, control y evaluación del gasto público municipal para el ejercicio
fiscal 2017, está estructurado conforme a lo establecido en el artículo 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 111, 115 y 133 de la Constitución
Política del Estado de Nayarit; 61 fracción e), 197, 198, 198, 199, 200, 201, 202, 203 y 204
de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; y 60, 61, 62, 63, 64 y 65 Ley General de
Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones establecidas en otros ordenamientos
legales y en este presupuesto de egresos, y con base en programas que muestran
objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, los recurso se distribuyen de
conformidad con la clasificación administrativa, funcional económica y por objeto del
gasto, así como indicadores de evaluación del desempeño en apego a los Programas
Operativos Anuales de cada área; este Presupuesto de Egresos, tiene una vigencia del 01
de Enero al 31 de Diciembre 2017.
Artículo 2.- Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal
deberán sujetarse a los Programas aprobados y cumplir con las metas fijadas para cada
programa y aplicar los montos autorizados en los términos del presente decreto y las
demás disposiciones aplicables.
Artículo 3.- Los Titulares de las Dependencias, Directores o sus equivalentes en las
Entidades de la Administración Pública Municipal, serán responsables de que se ejecuten
las disposiciones del presente decreto, así como el alcance, oportunidad y eficiencia de
las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada
consecución de las estrategias y demás programas formulados.
Artículo 4.- La recaudación, guarda y distribución de los caudales públicos municipales se
hará por conducto de la Tesorería Municipal en los términos del artículo 115 de la Ley
Municipal para el Estado de Nayarit. En razón de lo anterior todas las dependencias y
entidades de la administración pública municipal deberán concentrar y enterar ante la
Tesorería cualquier cantidad que se recaude en los términos de la Ley de Ingresos para el
presente ejercicio fiscal. El incumplimiento de esta disposición dará lugar al financiamiento
de las responsabilidades correspondientes en los términos de las leyes de la materia.
La Tesorería, revisará la suficiencia presupuestal y la documentación que reúna todos los
requisitos fiscales, y procederá a su trámite de pago. No obstante será responsabilidad
exclusiva de las dependencias ejecutoras, verificar que los importes de pago correspondan
con los avances físicos de las obras y acciones realmente ejecutados, así como la entrega
de los bienes o servicios adquiridos; la autenticidad de las operaciones de las facturas
presentadas para pago ante la Tesorería Municipal.
Viernes 30 de Diciembre de 2016 Periódico Oficial 3
Artículo 5.- La Tesorería y la Dirección de Contraloría y Desarrollo Administrativo, estarán
facultadas para interpretar las disposiciones del presente decreto, en el ámbito de sus
respectivas competencias en el marco de lo que establece la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, para efectos administrativos y presupuestales, establecer para las
Dependencias y Entidades las medidas conducentes para su correcta aplicación. Dichas
medidas deberán de procurar homogenizar, racionalizar, mejorar la eficiencia, eficacia
y el control presupuestario de los recursos respetando en todo momento las
disposiciones de este decreto.
CAPÍTULO SEGUNDO
EROGACIONES
Artículo 6.- El proceso de programación-presupuestación para el ejercicio 2017 se realiza
bajo el enfoque de gestión para resultados al incluir herramientas de planeación
estratégica, la disposición para desarrollar indicadores de desempeño que permitan
mejorar la toma de decisiones y la evaluación de los resultados. El gasto neto total previsto
en el presente Presupuesto de Egresos, importa la cantidad de $158´348,393.48 (Ciento
cincuenta y ocho millones trescientos cuarenta y ocho mil trescientos noventa y tres pesos
48/100 Moneda
Nacional), y corresponde al total de los ingresos proyectados que han
sido aprobados en la Ley de Ingresos para la Municipalidad para el mismo periodo.
El gasto neto total se orientara a la obtención de los resultados planteados en el Plan
Municipal de Desarrollo 2014-2017 y se presenta bajo las clasificaciones administrativa,
funcional, programática, económica, y por objeto del gasto conforme a la siguiente
distribución:
I. CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
2017
(CIFRAS EN PESOS)
DESCRIPCION IMPORTE $
SERVICIOS PERSONALES 34,718,286.76
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE 21,455,722.07
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO 150,000.00
REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 13,105,739.69
OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS 6,825.00
MATERIALES Y SUMINISTROS 6,025,684.19
MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTO 640,644.58
ALIMENTOS Y UTENSILIOS 461,723.03
MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARA 940,063.42
PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO 8,553.68
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 2,569,192.65
VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS 427,300.19
HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES 978,207.64
SERVICIOS GENERALES 11,843,498.67
SERVICIOS BÁSICOS 2,947,826.58
SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 325,575.20
SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y O 4,072,454.62
SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 43,047.41

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