Acuerdo No. 18 Relativo a Los Criterios que Habrán de Seguir los Partidos Políticos Y/o Coaliciones en Materia de Porcentajes de Género para El Registro de Candidaturas, en Cumplimiento de La Obligación que Les Impone el Artículo 51, Fracción Xxi, del Código Electoral del Estado

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN DEL "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COLIMA, COLIMA", ÚNICAMENTE EN LO CONCERNIENTE A LA ELIMINACIÓN DE LA ARTERIA COLECTORA AC-18 Y LA MODIFICACIÓN AL TRAZO DE LA VIALIDAD PRIMARIA VP-14, LOCALIZADAS AL NORTE DE ESTA CIUDAD CAPITAL Y AL PONIENTE DE LA PROLONGACIÓN AV. VENUSTIANO CARRANZA, FRENTE A LOS FRACCIONAMIENTOS JARDINES DE LA HACIENDA Y REAL SANTA BÁRBARA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.057/2012, de fecha 14 de marzo del año 2012, y recibido el día 15 del mismo mes y año, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", únicamente en lo concerniente a la eliminación de la arteria colectora AC-18 y la modificación al trazo de la vialidad primaria VP-14, localizadas al Norte de esta Ciudad Capital y al Poniente de la prolongación Av. Venustiano Carranza, frente a los fraccionamientos Jardines de la Hacienda y Real Santa Bárbara, lo cual es promovido por la empresa denominada URBANIZADORA HORACIO CERVANTES, S.A. DE C.V.

SEGUNDO.-

Que el "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, el 12 de octubre del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 52, de fecha 16 de diciembre del mismo año. En sesión celebrada el día 4 de febrero del año 2012, el Cabildo ya mencionado, aprobó una modificación al mismo, conforme se asienta en el Considerando anterior y en el documento del cual solicitan su publicación, y consta en la certificación del acta de cabildo expedida el mismo día por el Secretario del H. Ayuntamiento, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", únicamente en lo concerniente a la eliminación de la arteria colectora AC-18 y la modificación al trazo de la vialidad primaria VP-14, localizadas al Norte de esta Ciudad Capital y al Poniente de la prolongación Av. Venustiano Carranza, frente a los fraccionamientos Jardines de la Hacienda y Real Santa Bárbara.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en los términos ya señalados.

En tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", únicamente en lo concerniente a la eliminación de la arteria colectora AC-18 y la modificación al trazo de la vialidad primaria VP-14, localizadas al Norte de esta Ciudad Capital y al Poniente de la prolongación Av. Venustiano Carranza, frente a los fraccionamientos Jardines de la Hacienda y Real Santa Bárbara, lo cual fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, Colima, en sesión celebrada el día 4 de febrero del año 2012.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El Presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 15 quince de marzo del año dos mil doce.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. RENÉ RODRÍGUEZ ALCARAZ. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ARQ. OSCAR ALEJANDRO TORRES CONTRERAS. Rúbrica.

1 ANTECEDENTESEl Programa de Desarrollo Urbano de Colima es el documento rector del crecimiento urbano en su cabecera municipal y por tanto, el principal elemento orientador del Desarrollo en su ámbito territorial de aplicación.

Es así mismo uno de los instrumentos para la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población que señalan tanto la Ley General de Asentamientos Humanos, como la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, en su apartado del sistema estatal de planeación.

Un estudio tendiente a modificar la estrategia de tal instrumento en cualquiera de sus áreas y zonas debe estar en concordancia con su estructura y metodología, de ahí la conveniencia de hacer un breve repaso de sus propósitos y estrategia.

El Programa de Desarrollo Urbano de Colima tiene como objetivos específicos los siguientes:

De Planeación Urbana

 Organizar la estructura urbana del área de aplicación, jerarquizando las unidades territoriales respectivas y proponiendo la asignación de usos y destinos más acorde con su potencial de desarrollo.

 Permitir la mezcla de usos que facilite la ubicación de espacios de trabajo dentro o lo más próximos a las zonas de habitación.

 Identificar las áreas sujetas a la ejecución de programas parciales de conservación, mejoramiento y crecimiento.

 Identificar las áreas sujetas a la especial conservación del patrimonio natural.

De suelo urbano

 Promover la total escrituración del rezago que existe de los programas de regularización.

 Promover la densificación del suelo en áreas servidas de infraestructura.

 Promover la construcción de vivienda en el Centro Histórico, diseñando para este fin beneficios fiscales y de dotación de servicios ye infraestructura.

 Propiciar una estructura urbana adecuada para las áreas de futuro crecimiento a través de los programas parciales y su integración al entorno natural y urbano inmediato, como un esfuerzo de coordinación de la planificación urbana que ejecutan los particulares en...

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