Poder legislativo decreto no. 119. Ley de ingresos del municipio de tetlatlahuca, para el ejercicio fiscal 2020.

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
Número de Gaceta1-EXT
Poder Legislativo

MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA DECRETO No. 119 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TETLATLAHUCA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Artículo 1. En el Estado de Tlaxcala las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a los ordenamientos tributarios que el Estado y Municipio establezcan

Las personas físicas y morales del Municipio de Tetlatlahuca deberán contribuir para los gastos públicos municipales de conformidad con la presente Ley

Artículo 2. Los ingresos que el Municipio de Tetlatlahuca percibirá en el ejercicio fiscal comprendido del día primero de enero al treinta y uno de diciembre del año 2020, serán los que se obtengan por concepto de: I. Impuestos.

II. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social.

III. Contribuciones de Mejoras.

IV. Derechos.

V. Productos.

VI. Aprovechamientos.

VII. Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos, Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones.

VIII. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones.

IX. Ingresos Derivados de Financiamientos.

Conceptos que se encuentran definidos en el clasificador por rubro de ingresos, conforme lo establece la normatividad vigente que ha emitido el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).

Los ingresos que no se encuentren regulados en la presente Ley, podrán ser recaudados por el Ayuntamiento en base a los criterios establecidos en la misma.

Artículo 3. Para efectos de la presente Ley se entenderá por: a) Administración Municipal: El aparato administrativo, personal y equipo que tenga a su cargo la prestación de servicios públicos, subordinada del Ayuntamiento de Municipio.

b) Aprovechamientos: Son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de: las contribuciones, los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal y municipal.

c) Autoridades Fiscales: En el ámbito municipal, Presidente y Tesorero Municipales.

d) Ayuntamiento: Al órgano colegiado del gobierno municipal que tiene la máxima representación política que encauza los diversos intereses sociales y la participación ciudadana hacia la promoción del desarrollo.

e) Bando Municipal: El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tetlatlahuca.

f) Código Financiero: El Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

g) Consejo: Al Consejo Nacional de Armonización Contable, que es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos.

h) Derechos: Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio púbico, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados y órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en las leyes correspondientes. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

i) Ejercicio Fiscal: El período de doce meses comprendido a partir del mes de enero de cada año de calendario y hasta el mes de diciembre del mismo.

j) Impuestos: Son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

k) Ley de Disciplina Financiera: Es la ley de orden público y tiene como objeto establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para el manejo sostenible de sus finanzas públicas.

l) Ley General de Contabilidad Gubernamental: A la Ley de orden público y tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.

m) Ley Municipal: La Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

n) m: Metros Lineal, es la unidad de medida de longitud fundamental del Sistema Internacional de Medidas.

o) m²: Metro cuadrado, es la unidad básica de superficie en el Sistema Internacional de Unidades.

p) m³: Metro cúbico, es la unidad coherente del Sistema Internacional de Unidades para el Volumen.

q) Municipio: El Municipio de Tetlatlahuca.

r) Predio Rústico: Aquel que no cuenta a su disposición con los servicios elementales para sus subsistencia, necesarios para la comodidad de un edificio o servidumbre, o bien aquel que tiene por objeto un uso o fin agrícola o de naturaleza análoga.

s) Predio Urbano: Aquel que cuenta con los servicios elementales para su subsistencia, necesarios para la comodidad de un edificio o servidumbre, independientemente del objeto o uso al que éste se destine.

t) Productos. Son los ingresos por contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado.

u) Reglamento de Agua Potable: El Reglamento para la Prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tetlatlahuca.

v) Reglamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales: El Reglamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Municipio de Tetlatlahuca.

w) Reglamento de Protección Civil: El Reglamento de Protección Civil del Municipio de Tetlatlahuca.

x) Reglamento de Seguridad Pública: El Reglamento de Seguridad Pública, Vialidad y Tránsito Municipal de Tetlatlahuca.

y) Reglamento Interno: El Reglamento Interno del Municipio de Tetlatlahuca.

z) UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes.

Artículo 4. Los ingresos mencionados en el artículo 2 de esta Ley, se detallan en las cantidades estimadas siguientes: Municipio de Tetlatlahuca Ingreso Estimado Iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2020 Total 38,976,689.53 Impuestos 127,713.97 Impuestos Sobre los Ingresos 0.00 Impuestos Sobre el Patrimonio 122,386.02 Impuesto Predial 111,434.92 Urbano 61,113.57 Rustico 50,321.35 Transmisión de Bienes Muebles 10,951.10 Transmisión de Bienes Muebles 10,951.10 Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 0.00 Impuestos al Comercio Exterior 0.00 Impuestos Sobre Nóminas y Asimilables 0.00 Impuestos Ecológicos 0.00 Accesorios de Impuestos 5,327.95 Recargos 5,327.95 Recargos Predial 5,327.95 Otros Impuestos 0.00 Impuestos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0.00 Cuotas para la Seguridad Social 0.00 Cuotas de Ahorro para el Retiro 0.00 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social 0.00 Accesorios de Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0.00 Contribuciones de Mejoras 0.00 Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas 0.00 Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Ley de Ingresos Vigente, Causadas en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Derechos 1,016,480.20 Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público 0.00 Derechos por Prestación de Servicios 1,016,480.20 Avalúo de Predios 8,948.36 Manifestaciones Catastrales 8,948.36 Servicios Prestados por la Presidencia Municipal en Materia de Desarrollo Urbano, Obras Publicas y Ecología 2,924.32 Licencias de Construcción de Obra Nueva, Ampliación y Revisión de Memorias de Cálculos 1,481.12 Constancia de Servicios Públicos 328.00 Asignación de Numero Oficial de Bienes Inmuebles 1,115.20 Expedición de Certificados y Constancias en General 3,703.32 Expedición de Constancias 3,703.32 Servicios y Autorizaciones Diversas 38,384.20 Licencias de Funcionamiento 38,384.20 Servicios que Presten los Organismos Públicos Descentralizados 560,720.00 Servicios de Agua Potable 487,473.50 Prestación de Servicios de Asistencia Social 73,246.50 Otros Derechos 0.00 Accesorios de Derechos 0.00 Derechos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago 401,800.00 Productos 0.00 Productos 0.00 Productos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago 00.00 Aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos Patrimoniales 0.00 Accesorios de Aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0.00 Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos 0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social 0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado 0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros

0.00 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades...

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