Poder judicial Tribunal Superior de Justicia consejo de la judicatura lineamientos de la oficialía de partes común de los juzgados del distrito judicial de cuauhtémoc.

Fecha de publicación11 Diciembre 2019
Número de Gaceta50-1ª SECC
CONSIDERANDO La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita

La Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, en congruencia con lo anterior, señala que el Poder Judicial estará expedito para impartir justicia de manera pronta, gratuita, completa e imparcial en los asuntos de orden civil, familiar, penal, ejecución de sanciones, administración de justicia para adolescentes y en los del orden federal en los casos en que las leyes le confieran jurisdicción

En sesión extraordinaria privada del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala, celebrada el cinco de enero de dos mil diecisiete, se autorizó la creación de la Oficialía de Partes Común, en el recinto oficial denominado “Ciudad Judicial”, para la recepción y distribución de asuntos en los Juzgados Civiles, Juzgados Familiares, Juzgado Mercantil y de Oralidad Mercantil, del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y Juzgado Tercero Civil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y de Extinción de Dominio del Estado de Tlaxcala

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia hizo del conocimiento al Pleno del Consejo de la Judicatura, el acuerdo número III/60/2018 de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, emitido por el pleno del Tribunal Superior de Justicia, para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Común, habilitando como horas de oficina de la Oficialía de Partes Común del Distrito Judicial de Cuauhtémoc, de las ocho a las veinticuatro horas todos los días del año, a excepción de sábados, domingos y días de descanso obligatorio para recibir todo tipo de escritos dirigidos a los Juzgados: Civiles, Familiares, Mercantiles y de Oralidad Mercantil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y Juzgado Tercero de lo Civil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y de Extinción de Dominio del Estado de Tlaxcala, así como los dirigidos a las Salas Civil- Familiar y Sala Penal y Especializada en administración de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia del Estado

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 68, fracciones III y VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, se expiden los siguientes: LINEAMIENTOS DE LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC CONTENIDO PÁG.

CAPÍTULO I.DISPOSICIONES GENERALES --------------------------------------------------------------------- 5 CAPÍTULO II. DE LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN ------------------------------------------------------ 6 SECCIÓN I. JORNADAS------------------------------------------------------------------------------------ 8 SECCIÓN II. RECEPCIÓN Y TURNO DE LOS ASUNTOS ----------------------------------------- 8 SUBSECCIÓN I. LIBROS --------------------------------------------------------------------------- 10 TRANSITORIOS --------------------------------------------------------------------------------------------------------- 11 LINEAMIENTOS DE LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO. OBJETO. Complementar el “Acuerdo General número 01/2019 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala, para regularizar la organización y funcionamiento de la Oficialía de Partes Común de los Juzgados del Distrito Judicial de Cuauhtémoc”.

Es función de la Oficialía de Partes Común, la recepción, registro, turno y, en su caso, distribución de los asuntos que correspondan a las áreas jurisdiccionales, de acuerdo a cada uno de los turnos asignados de manera aleatoria.

SEGUNDO. ALCANCE. De observancia obligatoria para las personas servidoras públicas del Poder Judicial, así como para las personas interesadas en presentar escrito alguno por conducto de la Oficialía de Partes Común.

TERCERO. GLOSARIO. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por: I. Acuse de recibo: Escrito que contiene el sello generado por el reloj electrónico y registro de anexos, así como el turno respectivo de la demanda, acuse que quedará bajo el poder del presentante y de la Oficialía de Partes Común.

II. Anexos: Documentos que se acompañan a la demanda inicial o escritos.

III. Área Jurisdiccional: La Salas Civil-Familiar, Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia, y los Juzgados Civiles, Familiares, Mercantil y de Oralidad Mercantil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y Juzgado Tercero de lo Civil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y...

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