Poder ejecutivo. Secretaría de planeación y finanzas.-

Fecha de publicación15 Abril 2021
Número de GacetaEXT
a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Tlaxcala (SPF), firmó un convenio con la Secretaría de Bienestar (SECRETARÍA), el 25 de enero de 2021, para acordar la metodología, fuentes de información y mecanismo de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), y así distribuir los recursos a cada Municipio; y que para efectos del ejercicio fiscal 2021, se signó el Anexo Metodológico de fecha 25 de enero de 2021, mismo que contiene la metodología, variables y fuentes de información para apoyar a los Estados en la aplicación de sus fórmulas de distribución de recursos entre los Municipios de la entidad, el cual forma parte del convenio en cita

3. Que el artículo 35 de la Ley de Coordinación Fiscal en su tercer y último párrafo, prevé la obligación del Gobierno del Estado para publicar a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, la fórmula y metodología, así como la distribución y calendarización respecto de los recursos, concretamente, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF)

4. Que la fórmula debe ser igual a la indicada en la Ley de Coordinación Fiscal, que enfatice el carácter redistributivo de estas aportaciones hacia aquellos municipios y demarcaciones territoriales con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema

En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1,25, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal; en su artículo 3, 4 fracción XVIII anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021; así como en el Acuerdo por el que se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2021 de los recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios publicado el 21 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación; en el Acuerdo que tiene por objeto dar a conocer las variables y fuentes de información para apoyar a las entidades federativas en la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2021 publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 08 de enero de 2021; finalmente en los artículos 3 fracción V, 69 y 70 fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 15, 28 fracción IV y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, 513, 515 y 517 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, se expide el siguiente Periódico Oficial No.

Extraordinario, Abril 15 del 2021 Página 3 A C U E R D O.

PRIMERO. Este Acuerdo tiene por objeto complementar la fórmula y metodología para la distribución y calendarización de los recursos entre los Municipios del Estado de Tlaxcala, correspondientes a las Aportaciones Federales previstas en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2021, así como las asignaciones presupuestales resultantes de la aplicación de dicha metodología, publicada el 28 de enero de 2021 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala .

SEGUNDO. El total del recurso que conforma este Fondo para el Estado de Tlaxcala asciende a la cantidad de $ 787,137,487.00 (Setecientos Ochenta y Siete Millones Ciento Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Siete Pesos 00/100 M.N.).

TERCERO. Las Aportaciones Federales de este Fondo se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, y en las zonas de atención prioritaria, en los siguientes rubros: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo, así como mantenimiento de infraestructura, conforme a lo señalado en el catálogo de acciones establecido en los Lineamientos del Fondo que emita la Secretaría de Bienestar, establecidos en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal y se deberá orientar preferentemente conforme al Informe anual de la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales que realice la Secretaría de Bienestar, mismo que deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil de enero.

CUARTO. La fórmula y metodología aplicada para la distribución de recursos de este Fondo entre los municipios se haya contenida en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal; y es la siguiente: 𝑭𝒊,𝒕 = 𝑭𝒊,𝟐𝟎𝟏𝟑 + 𝜟𝑭𝟐𝟎𝟏𝟑,𝒕(𝟎. 𝟖 𝒁𝒊,𝒕 + 𝟎. 𝟐 𝒆𝒊,𝒕) Dónde: 𝒁𝒊,𝒕= 𝒙𝒊,𝒕 ∑ 𝒙𝒊,𝒕 𝒊 𝒙 𝒊,𝒕= 𝑪𝑷𝑷𝑬𝒊 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻 ∑ 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻 𝒊 𝒆𝒊,𝒕 = 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻−𝟏 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻 ∑ 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻−𝟏 𝑷𝑷𝑬𝒊,𝑻 𝒊 Y las variables de cálculo se definen de la siguiente manera: Fi,t= Monto del FISMDF del municipio i en el año t.

Página 4 Periódico Oficial No.

Extraordinario, Abril 15 del 2021 Fi,2013= Monto del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) del municipio o demarcación territorial i en 2013.

DF2013,i,t= FISMDFi,t FISM i,2013, donde FISMDFi,t corresponde a los recursos del FISMDF en el año de cálculo t para la entidad i. FISM i,2013 corresponde a los recursos del FISM recibidos por la entidad i en 2013.

zi,t= La participación del municipio o demarcación territorial i en el promedio estatal de las carencias de la población en pobreza extrema más reciente publicada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social al año t.

ei,t = La participación del municipio o demarcación territorial i en la bolsa de recursos asignados por su eficacia en el abatimiento de la pobreza extrema.

CPPEi= Número de carencias promedio de la población en pobreza extrema en el municipio o demarcación territorial i más reciente publicada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social al año t.

PPEi,T= Población en Pobreza Extrema del municipio o demarcación territorial i, de acuerdo con la información más reciente provista por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; y PPEi,T-1= Población en Pobreza Extrema del municipio o demarcación territorial i, de acuerdo con la información inmediata anterior a la más reciente provista por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; Medición del coeficiente ei,t Considerando que actualmente se dispone de los cortes 2010 y 2015 de la medición multidimensional de la pobreza a nivel municipal dados a conocer por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el coeficiente ei,t para la distribución del FISMDF ya puede calcularse con base en la fórmula descrita en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal, por lo que a partir de 2018 ya no aplica el criterio de excepción descrito en el Décimo Primero Transitorio de la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013.

QUINTO. Fuentes de información.

Componente Fi,2013 Nombre: Línea Basal Descripción: Se refiere al monto que los municipios o demarcaciones territoriales recibieron por concepto de FISMDF en el año 2013.

Fuente de Información: “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2013, de los recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, publicado el 17 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.

Sitio Electrónico: Periódico Oficial No.

Extraordinario, Abril 15 del 2021 Página 5 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5284922&fecha=17/01/2013 (Enlace verificado el 18 de enero de 2021).

Sitio Electrónico: https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto (Enlace verificado el 18 de enero de 2021).

Publicación en el órgano oficial de la Entidad, de los montos de asignación por concepto de FISMDF, correspondientes al ejercicio fiscal 2013.

Sitio Electrónico: http://finanzastlax.gob.mx/spf/index.php/linea-basal-ejercicio-2013 (Enlace verificado el 18 de enero de 2021).

Componente Zi,t Nombre: Pobreza Descripción: Se refiere a la participación de cada municipio en la pobreza extrema de la Entidad, ponderada por las carencias promedio de las personas en pobreza extrema del respectivo municipio.

Fuente de Información: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).

Sitio Electrónico: http://coneval.org.mx/Medicion/Paginas/AE_pobreza_municipal.aspx (Enlace verificado el 18 de enero de 2021).

Indicaciones: En el sitio electrónico al que direcciona la liga anterior, dar clic en el cuadro de diálogo "Anexo estadístico de pobreza a nivel municipal 2010 y 2015" y descargar el archivo "Concentrado_indicadores_de_pobreza.zip". El archivo contiene el documento "Concentrado, indicadores de pobreza.xlsx". Abrir el archivo y seleccionar la hoja de trabajo "Concentrado municipal". Para construir el indicador utilice los valores para "pobreza extrema", columnas "Personas" y "Carencias promedio" correspondientes al año 2015 de los municipios o demarcación territoriales de la entidad.

Componente ei,t Nombre: Eficacia Descripción: Es una medida de la disminución de la pobreza extrema que ha logrado un municipio en un periodo determinado. Para...

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