Poder ejecutivo.coordinación general de ecología. Programa de verificación vehicular obligatorio 2020.

Fecha de publicación25 Marzo 2020
Número de Gaceta13-1ª SECC
TLX. Construir y Crecer Juntos

Gobierno del Estado de Tlaxcala. 2017-2021

CGE. Coordinación General de Ecología

C. EFRAÍN FLORES HERNÁNDEZ Coordinador General de Ecología del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 7 fracciones I y II, 112 fracciones V y VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1 fracción II y IV, 3 fracción III, 7 fracciones II, III, VII, VIII, IX, XX y XXI, 27 fracción II y III, 28, 38, 72, 73, 74, 75, 76, 79, 82, 83 84, 85 fracciones III y V, 86 fracciones V y VI, 87 fracciones I y X, y 93 de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala; 1, 5, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 33, 34 y 36 del Reglamento en Materia de Prevención y Control de la Contaminación Generada por Vehículos Automotores que Circulan en el Estado; 1, 2, 5 fracción I, 7, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento en Materia de Emisión de Ruido, Vibraciones, Energía Térmica y Lumínica; 2, 4, 6, 10 fracciones II, IV, VII, IX, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Coordinación General de Ecología; y 10 fracciones II, IV, VII, IX, XXIV y XXV del Manual de Organización de la Coordinación General de Ecología.

CONSIDERANDO Que en términos del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se resguarda el derecho de toda persona a la salud y a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, así mismo la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en su artículo 26 reconoce el derecho de toda persona a gozar un medio ambiente saludable.

Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, distribuye facultades entre la Federación y los Estados en materia de prevención y el control de la contaminación en diversas materias, respecto de la contaminación atmosférica los Estados en sus respectivos territorios establecerán y operarán sistemas de verificación de emisiones contaminantes provenientes de automotores en circulación, de igual forma la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala, faculta y obliga a la Coordinación General de Ecología del Estado a establecer dichos sistemas.

El artículo 20 del Reglamento de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala en Materia de Prevención y Control de Contaminación Generada por Vehículos Automotores que circulan en el Estado, obliga a todos los usuarios de vehículos automotores a realizar la verificación vehicular dos veces por año.

El sistema de verificación vehicular estatal tiene como finalidad el cuidado del ambiente, la salud y economía de las familias tlaxcaltecas, a través de diagnósticos técnicos que racionalicen el consumo de combustible, evitando así su consumo innecesario, generando políticas públicas que limiten la cantidad de gases de efecto invernadero que se emitan a la atmosfera.

Que las pruebas de verificación vehicular realizadas en el Estado, deberán ser apegadas a los lineamientos, protocolos y características establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas siguientes: NOM-167- SEMARNAT-2017, que establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, los métodos de prueba para la certificación de dichos niveles y las especificaciones de los equipos que se utilicen en la certificación, así como las especificaciones de los equipos tecnológicos que se utilicen para la medición de emisiones por vía remota y en la realización de dicha medición; NOM-045-SEMARNAT-2017, Protección ambiental.- Vehículos en circulación que usan diésel como combustible, límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición; NOM-041- SEMARNAT-2015, que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible; NOM-047- SEMARNAT-2014, que establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos; NOM-050- SEMARNAT-2018 que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos como combustible; así como por lo establecido en la legislación local aplicable, convenios, normas, circulares, criterios o acuerdos aplicables a la verificación vehicular que entren en vigor con posterioridad a esta publicación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, tengo a bien emitir el siguiente: PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIO CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2020.

ÚNICO.- Se aprueba el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el año 2020, en cumplimiento al artículo 20 del Reglamento de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala en Materia de Prevención y Control de Contaminación Generada por Vehículos Automotores que circulan en el Estado, con el contenido siguiente: DISPOSICIONES GENERALES

1. El Programa de Verificación Vehicular Obligatorio, tiene como objetivo evaluar los niveles de emisiones contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación y con matrícula en el Estado de Tlaxcala, vehículos que deberán ser verificados durante el año 2020 de acuerdo con los lineamientos y calendario determinados en el presente programa.

Por ello, las acciones de este Programa son independientes de aquellas que tienen como propósito la legalización o registro de vehículos automotores, sea cual fuere su condición jurídica.

El Gobierno del Estado de Tlaxcala reconocerá los hologramas de verificación vehicular vigentes otorgados por los Gobiernos de la Ciudad de México y de los Estados de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Querétaro. Queda prohibido verificar vehículos de esas entidades federativas.

2. Para efectos del presente Programa se entiende por: CAME: La Comisión Ambiental de la Megalópolis, órgano de coordinación para llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la zona, conformada por los órganos políticos, administrativos desconcentrados de la Ciudad de México, así como los municipios de los Estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Certificado o constancia de evaluación: Documento oficial en el que consta la realización de la prueba de verificación vehicular y en la que se asientan los datos del vehículo y los resultados de la misma.

Circulación: Acción que realiza un vehículo al trasladarse de un lugar a otro por vías públicas.

Circular: Documento oficial, cuyo objeto es la difusión institucional de disposiciones legales o administrativas, tales como: procedimientos, instrucciones, comunicados, criterios de operación, solicitudes de información y todo aquel asunto de carácter institucional que permita a la Dependencia conducir su administración bajo un mismo marco de acción.

Código de Falla de Diagnóstico (DTC, por sus siglas en inglés, Diagnostic Trouble Code): Cadena alfanumérica de 5 caracteres que indica una falla en el Sistema de Diagnostico a Bordo.

Código de Preparación (RC, por sus siglas en inglés, Readiness Code): Indicador del Sistema de Diagnóstico a Bordo de un vehículo que indica la condición actual de los Monitores de Sistema con que cuenta.

Conector de diagnóstico (DLC, por sus siglas en inglés, Data Link Connector): Puerto físico de comunicación entre el Sistema de Diagnóstico a Bordo (SDB) del vehículo automotor y el dispositivo de exploración electrónica.

Coordinación: Coordinación General de Ecología del Estado de Tlaxcala.

Constancia Técnica de Verificación de No Aprobación (Rechazo Técnico): Documento que señala que el vehículo no cumplió con los límites establecidos o criterios de aprobación establecidos en el presente programa de conformidad a las Normas Oficiales Mexicanas.

Factor lambda: también conocido como coeficiente de aire. Es el resultado de dividir el volumen de aire aspirado entre la necesidad teórica de aire y se obtiene al correlacionar los gases de escape mediante la fórmula de Brettschneider.

Holograma: Documento oficial, que utiliza los principios de la holografía para la reproducción de imágenes tridimensionales, autorizado por el Estado, auto adherible y que se coloca en el parabrisas del vehículo una vez aprobada la verificación vehicular.

Monitor completado: Estado que reporta el Sistema de Diagnóstico a Bordo cuando las rutinas de pruebas efectuadas por la Unidad Electrónica de Control se han llevado a cabo.

Monitor de sistemas: Son rutinas de pruebas efectuadas por la Unidad de Control Electrónico a través del Sistema de Diagnóstico a Bordo para verificar el adecuado funcionamiento de los componentes relacionados con el control de las emisiones contaminantes.

Monitor del Sistema de Calentamiento del Convertidor Catalítico: Verifica el funcionamiento del calefactor que se agrega para que el convertidor catalítico alcance su temperatura de funcionamiento más rápidamente.

Monitor del Sistema de Calentamiento del Sensor de Oxígeno: Comprueba el funcionamiento del calefactor del sensor de oxígeno.

Monitor del Sistema de Componentes Integrales: Comprueba que los sensores, actuadores, interruptores y otros dispositivos proporcionen una señal confiable a la Unidad de Control Electrónico.

Monitor del Sistema de Detección de Condiciones Inadecuadas de Ignición en Cilindros: Verifica la ocurrencia de los fallos de encendido en los cilindros del motor.

Monitor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR