Poder ejecutivo comisión estatal para la protección contra riesgos sanitarios de Tlaxcala (coeprist). Manual de organización.

Fecha de publicación14 Diciembre 2016
Número de Gaceta50-5ª SECC
20 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, los artículos 5, 28 y 30 de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala y artículos 4, 5, 8, 9,10, 11, 14 y 15 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala; se elaboró el presente Manual de Organización de la Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala para su debida observancia y se aprobó el día 3 del mes de junio del 2016

REVISÓ Norma Lidia Moreno Peña ENCARGADA DE DESPACHO DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE TLAXCALA Rúbrica APROBÓ Alejandro Guarneros Chumacero TITULAR DEL CONSEJO TECNICO Rúbrica AUTORIZÓ Mariano González Zarur GOBERNADOR DEL ESTADO Rúbrica Contenido

1. Introducción.......................................................................................................................................5

2. Antecedentes .......................................................................................................................................5

3. Marco Jurídico Administrativo.........................................................................................................7

4. Atribuciones......................................................................................................................................20

5. Misión y Visión .................................................................................................................................21

6. Organigrama.....................................................................................................................................22

7. Estructura Orgánica ....................................................................................………………………24

8. Objetivos y Funciones de las Áreas……...………………………………………………….…….25

9. Glosario de Términos.....................................................................................................................106

1. Introducción Todo ente público o privado requiere identificar ante el personal que en él colabora, así como al usuario, la forma de organización, el organigrama que identifique los niveles jerárquicos, líneas y controles de mando los grados de autoridad y la descripción de puestos y funciones mediante la emisión de un documento denominado: “Manual de Organización”

El cual es un instrumento laboral cuyo uso interno y diario, minimiza conflictos de áreas, define el nivel de responsabilidades, identifica las funciones estratégicas, tácticas y operativas, divide y equilibra la carga de trabajo, fomenta el orden y transparenta el actuar del personal sin distinción del nivel jerárquico al que pertenezca, de tal manera que refleje y oriente sobre lo que realizan las personas que se contratan para tales puestos y cuya actividad impactará en el quehacer cotidiano de ésta Comisión Estatal para alcanzar a cumplir con la misión y la visión institucional en beneficio del capital humano como de la población usuaria

Como resultado de la implementación de la planeación estratégica, y del ejercicio de la modernización organizacional que se está implementando en la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos a Sanitarios de Tlaxcala (COEPRIST), se emite este instrumento apegado al objeto institucional y al Reglamento Interior con una perspectiva integral que considera el esfuerzo conjunto de las unidades administrativas que conforman la COEPRIST y el ejercicio responsable y ético del personal, además; es de señalarse que el proceso de elaboración y revisión de este documento ha sido conforme a lo dispuesto en la “Guía Técnica para la Elaboración del Manual de Organización” emitido por la Contraloría del Ejecutivo a los entes de la administración pública centralizada como paraestatal.

Este Manual puede ser actualizado cuando se modifique el organigrama y los cambios estructurales y funcionales hayan sido autorizados previamente por las instancias correspondientes. Para tal efecto, el área responsable de su integración y actualización dentro de la Comisión Estatal, es la Coordinación de Planeación, Sistemas y Mejora Continua, con la participación de las Direcciones y Gerencias Regionales que integran a la Comisión Estatal.

Para su consulta éste instrumento se divide en los siguientes apartados: Introducción, Antecedentes, Marco Jurídico Administrativo, Atribuciones, Misión y Visión, Organigrama, Estructura Orgánica, Objetivos y Funciones de las áreas y un Glosario de términos. La difusión del Manual se realizará al personal adscrito y de nuevo ingreso a través de medios escritos, electrónicos y/o magnéticos con que se disponga, sin perjuicio de que la publicación del mismo en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Tlaxcala cumple con el principio de publicidad y obligatoriedad.

2. Antecedentes El régimen federalista que caracterizó a la Nación Mexicana, a partir de su independencia, se distinguió por el arraigo de la concentración del poder y de las funciones a través de la Administración Pública Federal Centralizada.

Con la creación de la primera Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el día quince de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, y la creación posterior de su Reglamento Interior en fecha de veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y tres, surge la Dirección de Regulación Sanitaria dentro de la estructura orgánica de la Secretaria de Salud en el Estado de Tlaxcala, dentro de las que se contemplan en artículo 11 fracción IV “ejercer el control y vigilancia sanitaria de los establecimientos, vehículos, actividades, productos y equipos,” “que en materia de salubridad local correspondan al Estado, así como aquellos que el Gobierno Federal” “haya descentralizado en materia de salubridad general mediante acuerdos de coordinación correspondiente”. Dicho instrumento legal no incorporaba la creación de las unidades administrativas que habrían de contribuir a tan importante tarea de trascendencia en las áreas de control sanitario de la calidad de productos y servicios, salud ambiental, publicidad e insumos y servicios para la salud, por ello, se crearon para su atención respectiva tres Jefaturas de Departamento: Control Sanitario, Regulación y Fomento Sanitario, con trayectoria hasta finales de mil novecientos noventa y ocho, a partir de esta fecha con la tendencia de que la Dirección funcionara con áreas de especialización en las materias de control sanitario se crearon inicialmente cuatro Jefaturas de Departamento: Control Sanitario, Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, Insumos y Servicios de la Salud, y estableciéndose con posterioridad Salud Ambiental.

Sin embargo, hoy el nuevo federalismo como una corriente de modernización administrativa de los años 80’s generó devolver a las entidades parte de sus atribuciones entregadas a la Federación mediante el conocido pacto federal en diversas materias, cuya centralización limitaba atender las necesidades prioritarias del país; así en salud se inicia la descentralización en donde nuestra entidad, el Organismo Descentralizado y la Secretaría de Salud Estatal convergen en un mismo ente, siendo necesario la desconcentración de los servicios sanitarios para crear en 2006 la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala (COEPRIST) conformándose los procesos y áreas de manera homologa a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), con autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene por objeto el ejercicio de las atribuciones que en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables le corresponden, así las funciones encomendadas y articuladas con la operación de las entidades federativas a fin de integrar el Sistema Federal Sanitario son: instrumentar la política nacional en materia de protección contra riesgos sanitarios, mejorar y ejercer la regulación, control, vigilancia sanitaria y la evaluación de riesgos a la salud derivado de los productos, actividades y establecimientos en materia de su competencia; y ejercer las atribuciones en materia de efectos del medio ambiente en salud, salud ocupacional, residuos peligrosos, saneamiento básico, accidentes que involucren sustancias tóxicas, peligrosas o radiaciones y sobre publicidad sanitaria.

En congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, que establece como objetivo de la medicina preventiva: el fortalecimiento de sistemas estatales de prevención de enfermedades y los Programas de Promoción de la Salud, que propicien el mejoramiento de salud, tanto individual como colectivo en el estado de Tlaxcala, así como el fortalecimiento del Programa de SaludAmbiental, de la Modernización Administrativa y la implementación del Gobierno Digital; la entonces Secretaría de la Función Pública mediante oficio SFPT/DMA/OF/10-11-991 solicitó a la Comisión Estatal contribuir con la gestión pública elaborando o en su defecto, dando a conocer al personal la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala, el Decreto de Creación de la COEPRIST, el Reglamento Interior, el Código de Ética, el Acuerdo que establece las bases y criterios para la declaración patrimonial, el Manual de Organización Institucional, los Manuales de Procedimientos de la Dependencia y la normativa aplicable de la Comisión Estatal.

Por lo que para dar cumplimiento al Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, el diez de abril de dos mil trece, se procedió a la instalación del Consejo Técnico de la Comisión Estatal, el veintinueve de mayo del dos mil trece el Consejo Técnico sesionó para analizar a la Comisión Estatal. Y el día catorce de octubre de dos mil catorce la hoy Contraloría del...

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