Periódico Oficial del Estado de Puebla del 29-06-2020. Número 21 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación29 Junio 2020
Número de Gaceta21
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
LUNES 29 DE JUNIO DE 2020
TOMO DXLII
NÚMERO 21
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
ACUERDO de la Directora de Deuda Pública en la Unidad de
Inversión, Deuda y Otras Obligaciones de la Subsecretaría de Egresos, de la
Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, que tiene por
objeto publicar el ajuste del Ejercicio Fiscal 2019 de las participaciones
correspondientes a los Municipios del Estado de Puebla, de conformidad con
el penúltimo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.
2 (Segunda Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Lunes 29 de junio de 2020
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
ACUERDO de la Directora de Deuda Pública en la Unidad de Inversión, Deuda y Otras Obligaciones de la Subsecretaría de Egresos, de la Secretaría de Planeación y
Finanzas del Gobierno del Estado, que tiene por obj eto publicar el ajuste del Ejercicio Fiscal 2019 de las participaciones corr espondientes a los Municipios del Estado de
Puebla, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría, con una leyenda que dice: Secretaría de Planeación y Finanzas. Gobierno de Puebla.
TANIA ELIZABETH SÁNCHEZ GÓMEZ, Directora de Deuda Pública en la Unidad de Inversión, Deuda y Otras Obligaciones de la Subsecretaría de Egresos, de
la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, y
CONSIDERANDO
Que el 9 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de
Coordinación Fiscal, y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, mediante el cual se modificó el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, mismo que
establece la obligación de los Gobiernos de las entidades federativas para publicar en su órgano de difusión oficial y en su página oficial de internet, el calendario de
entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados, de las participaciones que las entidades reciban y de las que ten gan ob ligación de
participar a sus municipios o demarcaciones terr itoriales, a más tardar el 15 de febrero, así como la de publicar trimestralmente en el órgano de difusión oficial estatal y en
su página oficial de internet, el importe de las participaciones entregadas a sus municipios, y en su caso, el ajuste realizado al tér mino de cada ejercicio fiscal. Asimismo,
dicho precepto dispone que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicará en el Diario Oficial de la Federación, la lista de las e ntidades federativas que incumplan
con las obligaciones a que se refiere este considerando.
Que el c itado ar tículo 6o. señ ala qu e las publicaci ones an teriores se re alizarán conforme a l os line amientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y
Crédit o Público.
Que el 14 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 02/20 14 por el que se expi den los Lineamientos para la publicación de la
información a que se refiere el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.
Que en el numeral 4 fracción I de los referidos Lineamientos, señala q ue se entenderá por ajuste, el incremento o disminución que se realice respecto de la diferencia
que resulte de comparar, al término del ejercicio fiscal, las p articipaciones federales definitivas que le corresponden a cada municipio respecto de las participaciones
federales provisionales que se ministraron durante el mismo ejercicio fiscal.
Que en el numeral 5 fracción III de los citados Lineamientos, se establece que en el caso de que se realice algún ajuste, éste deberá publicarse mediante Acuerdo en e l
órgano de difusión oficial del gobierno de la entidad federativa, así como a través de su página oficial de internet, dentro de los primeros seis mese s del ejercicio fiscal
inmediato posterior a aquel al que corresponda el mencionado ajuste, y que dicha publicación deb erá contener la información señalada en los incisos a), b), c), d), e), f) y
g) del numeral antes mencionado.
Que por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 2o., 2-A fracción III, 3-A, 3-B, 4 o., 4o-A, 4o-B y 6o. penúltimo párrafo de la Ley de
Coordinación Fiscal; 14 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN); 19 fracciones I último párrafo, IV inciso a) y 21 fracción II segundo párrafo
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; en las Reglas de Operación d el Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas
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(FEIEF) publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2009; en el Acuerdo publicado en el P eriódico Oficial del Estado el 14 de febrero de 2019, que
tiene por objeto p ublicar el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utiliza das, así como los montos estimados de las participaciones correspondientes a los
Municipios del Estado de Puebla, por el Ejercicio Fiscal de 2019, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal; 110 y 111 de
la Constitución Política del Es tado Libre y Soberano de Puebla; 3, 13 p rimer párrafo, 15, 30 fracción XII, 31 fracción II, 33 fracciones IV, XXI y LXII, así como Séptimo
Municipios; Tercero Transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley d e Coordinación
Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de agosto de 2018; 2, 5 fracción III inciso b) numeral 2, 6 fracción III,
13 fracciones III, XII y XXXVIII, y 54 fracciones IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas; así como en el Acu erdo Delegatorio de
facultades para suscribir diversa documentación que incide en el ámbito de competencia de la Unidad de Inversión y de la Dirección de Deuda Pública, de fecha 01 de
febrero de 2017, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto publicar el ajuste del Ejercicio Fiscal 2019 de las participaciones correspondientes a los Municipios del Estado de
Puebla, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.
SEGUNDO. El ajuste del ejercicio fiscal 2019 de las participaciones correspondientes a los M unicipios del Estado de Puebla, se presenta en los Cuadros 1 al 28 del
presente Acuerdo.
Cuadro 1. Participaciones a Municipios 2019.
Cuadro 2. Participaciones definitivas a Municipios 2019.
Cuadro 3. Cálculo del Indicador de Pobreza para Ingresos utilizado en la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM) Definitivo 201 9.
Cuadro 4. Cálculo del Indicador de Pobreza para Educación utilizado en la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM) Definitivo 2 019.
Cuadro 5. Cálculo de los Indicadores de Pobreza para Vivienda, Electrificación y Drenaje utilizados en la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM)
Definitivo 2019.
Cuadro 6. Cálculo del Coeficiente de Marginación utilizado en la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM) Definitivo 2019.
Cuadro 7. Distribución del Fondo General de Participaciones (FGP) Definitivo 2019.
Cuadro 8. Distribución del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) Definitivo 2019.
Cuadro 9. Distribución del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (TENENCIA) Definitivo 2019.
Cuadro 10. Distribución del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) Definitivo 2019.

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