Periódico Oficial del Estado de Puebla del 26-07-2018. Número 19 - Sección CUARTA

Fecha de publicación26 Julio 2018
Número de Gaceta19
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
JUEVES 26 DE JULIO DE 2018
TOMO DXIX NÚMERO 19
CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que
determina que el C. Sebastián Ramos Palacios, Presidente Municipal de San Miguel
Xoxtla, administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó,
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, aprobándose la Cuenta
Pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
(Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 26 de julio de 2018
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. Sebastián Ramos Palacios,
Presidente Municipal de San Miguel Xoxtla, administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó, comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2010, aprobándose la Cuenta Pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
Al margen un sello con el Escudo Na cional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso d el
Estado de Puebla.
JOSÉ AN TONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Sobera no de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha re mitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión P ública Ordin aria de esta fec ha, Vuestra Soberanía ha ten ido a bien discut ir y aprobar, el
expediente número P.A. 13/2011, relativo al Procedimiento Administ rativo de Determinació n de
Responsabi lidades, iniciad o en contra del C. Seba stián Ramos Pa lacios, Preside nte Municipal Constitucional
del Ayuntamiento de San Miguel Xoxtla, Puebla, administrac ión 20 08-2011; concretamente por el periodo
fiscalizad o comprendido d el uno de ener o al treinta y uno de diciemb re de dos mil diez. Cabe ha cer mención que
el presente Dictamen es conse cuencia d e la substanciació n del Procedimiento Administr ativo en que se a ctúa,
realizada por el entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado d e Puebla; por tanto, toda refer encia que
en sentido formal o material, que se haga en el mismo al Ó rgano de Fiscaliza ción Superior del Es tado de Puebla y
a su Ti tular respectivament e, se entenderán hechos a la A uditoría Superior del Estado de P uebla y a su re spectivo
Titular; lo anterior , con fund amento en los artículos transitorios sexto, sép timo, noveno y décimo segundo de la
Declarator ia que contiene el D ecreto de l Honorab le Congreso del Estado de Pueb la, por el que se reforman y
adicionan diversas disposi ciones de la Cons titución Política del Estado Libr e y Soberano d e Puebla, publica do en
el Periódic o Oficial del Estado de Pueb la el veintiocho de novie mbre de dos mil doce; segundo y tercero
transitori os del De creto del H onorable Congr eso del Es tado de P uebla, por el que se reforman diversa s
disposicio nes a la Ley Orgánica de l Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebl a y al Reglamento
Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el q uince de abr il de dos mil
trece en el Periódico Oficial d el Estado de Puebla, y ------ -------------------------------------------------- -------------------
RESULTANDO
PRIMERO.- Que el quince de febrero de dos mil ocho, el C. Sebastián Ramos Palacios, tomó posesión como
Presidente Municipal Constitucional del Ayunta miento de San Miguel Xoxtla, Puebla, ad ministración 2008-
2011; tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de Mayoría,
documento que se enc uentra agregado en el expediente P.A. 13/2011 de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- El veintidós de julio de d os mil once, el Quincuagési mo Octavo Congreso Constitucional del
Estado Libre y Sob erano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó al entonces Órgano de
Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo d e
Determinación de Responsabilidades en contra del C. Sebastián Ramos Pa lacios, Presidente Municipal
Jueves 26 de julio de 2018 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Cuarta Sección)
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Constitucional del Ayuntamiento de San Miguel Xoxtla, Puebla, administración 2008-2011; por diversas
irregularidades que f ueron contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 05607C/2008-2011, por un monto
total de $14'683,636.67 (catorce millones seiscientos ochenta y tres mil seiscientos treinta y seis pesos 67 /100
Moneda Nacional). ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha veinticuatro de junio de dos mil catorce,
dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalad o, ordenándo se integrar y
registrar el Expediente Administrativo, b ajo el número P.A. 13/2011, de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa,
de la Auditoría Superior del Estado de Pueb la, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Sebastián Ramos Palacios, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de San Miguel Xoxtla, Puebla, ad ministración 2008-2011; se ordenó citar al involucrado par a que
compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos d el Estado de Puebla. ------------------------------------------------------------
CUARTO.- En cumplimient o a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/04757-
14/DGJ, de fecha veinticuatro de junio de dos mil catorce, se citó al C. Sebastián Ramos Palacios, Pres idente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San M iguel Xoxtla, Puebla, administración 2008-2011, a efecto
de que compareciera el ocho de julio de dos mil catorce a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su
interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio
citatorio que le fue notificado conforme a derecho el veinticinco de junio de dos mil catorce, tal y como consta en la
cédula de notificación. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- El ocho de julio de do s mil catorce a las diez horas con cuarenta minutos, se desahogó la audiencia
prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Resp onsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Puebla, en la que se hizo constar la co mparecencia del C. Sebastián Ra mo s Palacios, Presidente Municipal
Constitucional del Ayunta miento de San Miguel Xoxtla, Puebla, administración 2008-2011, ante la entonces
Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior d el Estado de Puebla, co n el fin de ofrece r pruebas y
producir alegatos en la audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo co nstar la incomparecencia del
representante del Ayuntamiento de San Miguel Xoxtla, Puebla, administración 20 14-2018, de igual manera se
hizo constar que no designó defensor o persona d e su confianza; y, que la defensa la llevaría por sí mismo; audiencia
en la que manifestó en la etapa de pruebas: "Que en este momento comparezco ante esta autoridad y doy
contestación a la s irregularidades que se me i mputan, ofreciendo en este momento pruebas d ocumentales
conformadas en cato rce legajos conformados del folio 01 al 2864, en copia certificada con excepción del folio
número 86 al 114 que corresponde a Estado s financieros al treinta y u no de diciembre de dos mil diez en original y
un disco en CD, y que contiene la misma información resp ecto a los estados financieros en mención, en forma
específica respecto a la irregularidad número 1, ofrezco del legajo número uno los folios 1 y 2; respecto a la
irregularidad número 2, ofrezco del legaj o número uno los folios 3 y 4; respecto a la irregularidad número 3 , ofrezco
del legajo número uno los folios 5 al 24; respecto a la irregularidad número 4, ofrezco del legajo número uno los
folios 25 al 40; respecto a la irregularidad número 5, ofrezco del legajo número uno los folios 41 al 50; respecto a la
irregularidad número 6, ofrezco del legajo número uno los folios 51 al 52 ; respecto a la irregularidad número 7,
ofrezco del legajo número uno los folios 53 al 64; respecto a la irregularidad número 8, ofrezco del legajo número
uno los folios 65 y 66; re specto a la irregularidad número 9, ofrezco del legajo número uno los folios 67 y 68;
respecto a la irregularidad número 10, ofrezco del legajo número uno los folios 69 y 70; respecto a la irregularidad
número 11, ofrezco del legajo número uno los folios 71 al 76; respecto a la irregularidad número 13, ofrezco del
legajo número uno los folios 77 al 82; respecto a la irregularidad número 15, ofrezco del legajo número uno los
folios del 83 al 85; es de hacer mención que para las irregularidades 12 y 14 no ofrezco pruebas; respecto a la
irregularidad número 16, ofrezc o del legajo número dos del folio 115 al 276; respecto a la irregularidad número 17,
ofrezco del legajo número tres del folio 277 al 482; respecto a la irregularidad número 18, ofrezco del legajo
número cuatro del folio 483 al 791; respecto a la irregularidad número 19, ofrezco del legajo número cinco del

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