Periódico Oficial del Estado de Puebla del 23-07-2018. Número 16 - Sección TERCERA

Fecha de publicación23 Julio 2018
Número de Gaceta16
SecciónTERCERA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
LUNES 23 DE JULIO DE 2018
TOMO DXIX NÚMERO 16
TERCERA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que
determina que el C. Osvaldo Bello Acevedo, Presidente Municipal de Molcaxac,
administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó,
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, aprobándose la Cuenta
Pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
(Tercera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Lunes 23 de julio de 2018
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. Osvaldo Bello Acevedo,
Presidente Municipal de M olcaxac, administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó, comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2009, aprobándose la Cuenta Pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
Al margen un sello con el Escudo Na cional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso d el
Estado de Puebla.
JOSÉ AN TONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Sobera no de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha re mitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Sober anía, ha tenido a bien discutir y aprobar el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Super ior del Estado de
Puebla, respecto al expediente número P.A. 31/2010, relativo al Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades, iniciado en contra del C. Osvaldo Bello Acevedo, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Molcaxac, Puebla, administración 2008-2011; concretamente por el per iodo fiscalizado
comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil nueve. Cabe hacer mención que el presente
Decreto es consecuencia de la substanciación del Procedimiento Administrati vo en que se actúa, realizada por el
entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla; por tanto, toda referencia que en sentid o formal o
material, que se haga en el mismo al Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla y a su T itular
respectivamente, se entenderán hechos a la Auditoría Superior del Estado de Puebla y a su respectivo T itular; lo
anterior, con fundamento en los artículos transitorio s sexto, séptimo, noveno y déci mo segundo de la Declaratoria
que contiene el Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, p or el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de P uebla, publicado en el Periódico Oficial
del E stado de Puebla el veintiocho de noviembre de dos mil doce; segundo y tercero transitorios del Decreto del
Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del
Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de do s mil trece en el Periódico Oficial del Estado
de Puebla, y --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
PRIMERO. - Que el quince de febrero de do s mil ocho, el C. Osvaldo Be llo Acevedo, tomó posesión como
Presidente Munic ipal Constitucional del Ayuntamiento de Molcaxac, Puebla, administración 2008-2011; tal y
como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de Mayoría, documento
que se encuentra agregado en el expediente P.A. 31 /2010 de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa de la
Auditoría Superior del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- El veinticinco de noviembre de dos mil diez, el Quincuagésimo Séptimo Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó al entonces Órgano de Fiscalización
Superior del Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Osvaldo Bello Acevedo, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Molcaxac, Puebla, administración 2008-2011; por diversas irregularidades q ue fueron
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contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 05202C/2008-2011, por un monto total de $15'717,877.51
(quince millones setecientos diecisiete mil ochocientos setenta y siete pesos 51/100 Moneda Nacional). -------------------
TERCERO.- El entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con fec ha diecinueve de
agosto de do s mil once, dictó acuerdo de r adicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado,
ordenándose integrar y regis trar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 31/2010, de la entonces
Dirección Jurídica del denominado Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento
Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. Osvaldo Bello Acevedo, Presidente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Molca xac, Puebla, ad ministración 2008-2011; se ordenó citar al
involucrado para que compareciera al desahogo de la a udiencia de pruebas y alegatos, prevista por el ar tículo 68,
fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Ser vidores Públicos del Estado de Puebla. -------------------------------
CUART O.- En cump limiento a lo orden ado en el punto que antecede, mediante o ficio númer o OFS/122 84-
11/D.J , de fec ha d iecinueve de agosto de dos mil onc e, s e ci tó a l C. Osv aldo Bello Acevedo, Pre sidente
Munic ipal Co nstituciona l del Ayuntami ento de Mol caxac, Puebla, administr ación 2 008-2011, a efecto de
que c ompareciera el seis de septie mbre de do s mil onc e a las diez horas , para of recer prueb as y aleg ar lo qu e a
su interés convini era, p or sí o por me dio de un defensor o persona de su con fianza que a l efec to des ignara,
oficio citatorio que le fue noti ficado con forme a derecho el veinticua tro de a gosto de dos mil once, tal y como
consta en la cédula de notificación. ------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- El seis de septiembre de d os mil once, a las diez horas con quince minutos se inició el desahogo de
la audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de P uebla, en la que se hizo constar la comparecencia del C. Osvaldo Bello Acevedo, Presidente
Municipal Constitucional del Ay untamiento de Mo lcaxac, Puebla, ad ministración 2008-2011, ante la entonces
Dirección Jurídica del Órgano de Fiscalización Superior d el Estado de Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y
producir alegatos en la audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la incomparecencia del representante
del Ayuntamiento de Molcaxac, Puebla, administra ción 2011-2014, de igual manera se hizo constar la designación
como persona de la confianza del compareciente al C. M arco Ja cob Rodríguez Cabrera, el cual en la misma
diligencia aceptó y protestó el cargo conferido; audiencia en la que manifestó en la etapa de pruebas, el
compareciente C. Osvaldo Bello Acevedo: “Que en este momento ofrezco tres carpetas, las cuales se identifican
como: “Carpeta 1, Municipio de Molcaxac, Administración 2008-2011, del 001 al 438”, “Carpeta 2, Municipio de
Molcaxac, del 001 al 438”, “Carpe ta 3, Municipio de Molcaxac, del 0001 al 0456”, en los cuales dentro de los folios
01, 057, 080, 201, 202, 277, 34 8, y 396 de la carpeta uno; 001, 108, 147, 161, 226 y 227 de la carpeta dos; 001, 002,
007, 0135, 0 136, 0141, 0190, ,0218, 0219, 0226, 024 5, 356, 400, 401, 403, 404, 407, 408, 431, y 432, carpeta tres;
existen 34 escr itos de fechas cinco de septiembre de dos mil once, y en el folio 0072 de la carpeta tres, hay otro de
fecha uno de diciembre de dos mil diez, hay otro de fecha uno de diciembre de dos mil diez, siendo en total 355
escritos, mismo que ratifico s u contenido por haber sido elaborados bajo mis instrucciones y reconozco como mía la
firma que los calza , ya que es la misma que utilizo para elaborar todos mis doc umentos públicos y privados;
asimismo se aclara que de la carpeta uno, del folio 002 al 008 y del 058 al 065 de la carpeta dos, del folio 1 07 A al
107 F; contienen únicamente la leyenda de “Certifico que es copia fiel de la original , C. Olivia A rea (sic) Martínez
Avelino”, los folios 010, 011, 014, 015, 018, 019, 021, 022, 025 , 026, 030, 031, 034, 035, 038, 039, 043, 044 , 047,
048, 051, 052, 057, 058 , 061, 062, 067, 070, 071, 077, 078, 080, 081, 083, 084, 087, 088, 090, 091, 094, 095, 098,
099, 102, 103, 105, y 106, de la carpeta dos; 402 de la carpeta tres, son copias simples, y los demás folios no
mencionados en este apartado son copias certificadas sin sellos del ayuntamiento; y por último ofrezco como prueba
dos CD´s que en sus caratulas se observan: “1.- Mu nicipio Molcaxac 13/13, Cta. Publica 2009 Edos. Financieros. 2.-
Municipio de Molcaxac 13/13 Anexo Cta. Pública 2009”; lo anterior co n e l fin de que sea n ca rgados al Sistema
Contable Gubernamental II respectivo y una vez realizado, se comprueben los saldos que registra el Sistema
Contable Gubernamental II; asimismo ofrezco en este momento como prueba la inspección ocular de las obras
números 74891 “Construcción de banquetas en la calle Cinco de Mayo”, 874894 “Construcción de Guarniciones y
banquetas en Calle Dieciséis de Septiembre”, 77754 “Adoquinamiento de las calles siete sur, cinco sur, y tres
poniente”; las anteriores se encuentran en la loc alidad de Molcaxac y 85365 “Adoquinamiento de la calle Chihuahua
en la Localidad Santa Cruz Huitziltepec”; lo anterior para efecto de que se verifique que sí se r ealizaron los trabajos,

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