Periódico Oficial del Estado de Puebla del 11-01-2021. Número 6 - Sección SEXTA

Fecha de publicación11 Enero 2021
Número de Gaceta6
SecciónSEXTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
LUNES 11 DE ENERO DE 2021
TOMO DXLIX NÚMERO 6
SEXTA
SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO del Tesorero del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla,
de fecha 6 de enero de 2021, por el que otorga a todos los contribuyentes el estímulo fiscal,
consistente en la condonación del 50% en el pago de los Derechos por Servicios de Panteones,
descritos en el Considerando XIII del presente Acuerdo.
ACUERDO del Tesorero del Honorable Ayuntamiento del Municipio de
Puebla, de fecha 6 de enero de 2021, por el que otorga el 100% de condonación por
multas y/o recargos, por falta de pago oportuno por ocupación de espacios, causados
durante los Ejercicios Fiscales 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, a los locatarios externos
de los mercados el Parián y la Victoria, y que se pongan al corriente en sus pagos por
ocupación de espacios al mes de marzo de 2020.
ACUERDO del Tesorero del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla,
de fecha 6 de enero de 2021, por el que otorga la condonación del 100% de multas y/o
recargos, por falta de pago oportuno por ocupación de espacios del año 2020, a los propietarios
de Licencia de Funcionamiento de establecimientos ubicados en los Portales Juárez, Hidalgo
y Morelos, así como en el Barrio del Artista, de la Ciudad de Puebla.
Lunes 11 de enero de 2021 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Sexta Sección) 3
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO del Tesorero del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 6 de enero de 2021,
por el que otor ga a todos los contribuyentes el estímulo fiscal, consiste nte en la condonación del 50% e n el pago de
los Derechos por Servicios de Panteones, descritos en el Considerando XIII del presente Acuerdo.
Al margen un sello con el logotipo oficial del Municipio y una leyenda que dice: Puebla. Ciudad Incluyente.
2018-2021. Tesorería Municipal. Oficina del T esorero. O/93/TM/OTMU/C.
ARMANDO MORALES APARICIO, EN MI CARÁCTER DE TESORERO MUNICIPAL DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y IV DE LA CON STITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNI DOS
MEXICANOS; 102, 103 Y 110 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I, IV, XVIII Y LXVII, 79, 80, 84, 140, 141, 163 Y 166 FRACCIONES I, II, III Y
IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 47 FRACCIONES III, IV, VIII, IX, X, XII, XIX, XXIII Y XXIV DE
LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA PARA EL EJ ERCICIO FISCAL 2021; 26 FRACCIÓN
IV, 50 FRACCIÓN I, 52 B IS, 53, 163, 164, 166, 167, 169, 251 Y 252 DEL CÓDIGO FISCAL Y
PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 1, DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO P ARA EL
MUNICIPIO DE PUEBLA; 5 FRACCIONES I Y I I, 9 FRACCIONES XII, XVI Y LI, DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA T ESORERÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE
PUEBLA; EJE 5 Y PROGR AMA 25 DEL PLAN MUN ICIPAL DE DESARROLLO 2 018-2021, PROCEDO A
EMITIR EL SIGUIENTE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEB AN CONDONACIONES POR EL PAGO DE
CONCEPTOS DE SERVICIOS OTORGADOS POR EL DEPARTAMENTO DE PANTEÓN MUNICIPAL,
ADSCRITO A LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ESTÍMULOS QUE SE ENCUE NTRA DENTRO DEL
PROGRAMA DE E STÍMULOS FISCALES PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA EN EL
MUNICIPIO DE PUEBLA, DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
establece que el Municipio está investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la ley;
además tendrá facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expe dir las
legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observa ncia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la ad ministración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y
aseguren la participación ciudad ana y vecinal; así mismo dispone que los municipios administrarán libremente su
hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y
otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor .
II. Que, los artículos 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Sober ano de Puebla establece que
el Municipio libre constituye la b ase de la d ivisión territorial y de la organización política y administrativa del
Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección pop ular directa, integrado por un
Presidente M unicipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine. Además, las atribuciones que la
Constitución local oto rga al Gobierno Municipal se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá
autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado; de igual forma determina que los Municipios
tienen personalidad jurídica, patrimonio propio que los Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley, y
administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que le s pertenezcan, así
como de las contribuciones y otros ingresos que la legislatura del Estado establezca a favor de aquéllos; asimismo

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