Periódico Oficial del Estado de Puebla del 08-12-2020. Número 6 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación08 Diciembre 2020
Número de Gaceta6
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MARTES 8 DE DICIEMBRE DE 2020
TOMO DXLVIII NÚMERO 6
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE
Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO
DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN
ACUERDO del H. Consejo de Administración del Sistema Operador
de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de San Martín
Texmelucan, de fecha 26 de noviembre de 2020, por el que determina y aprueba
las cuotas, tasas y tarifas de las contribuciones, aprovechamientos y productos,
que se cobrarán para el Ejercicio Fiscal 2021, por los servicios que presta el
Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio
de San Martín Texmelucan, Puebla.
Martes 8 de diciembre de 2020 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Segunda Sección) 3
GOBIERNO MUNICIPAL
SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE
Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO
DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN
ACUERDO del H. Consejo de Administración del Sistema Operador de los Ser vicios de Agua Potable y
Alcantarillado del Municipio de San Martín Texmelucan, de fecha 26 de noviembre de 2020, por el que determina y
aprueba las cuotas, tasas y tarifas de las contribuciones, aprovechamientos y productos, que se cobrarán para e l
Ejercicio Fiscal 2021, por los servicios que pr esta el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla.
Al margen un sello con el logotipo oficial del Organismo, con una leyenda que dice: S OSAPATEX. Sistema
Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantar illado del Municipio de San Martín Texmelucan, Pue.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Que en términos del artículo 31o fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como el artículo 17°, fracción III de la Constitución del Estad o Libre y Soberano del Estado de
Puebla, vigente; por virtud del cual es obligación de los habitantes del Estado, sin distinción alguna, el contribuir al
gasto público de manera proporcional y equitativa.
SEGUNDO. Que en términos de los artículos 4, sexto párrafo y 1 15 fracción III inciso a) de la Constitución
Política de los Estados U nidos Mexicanos, así co mo el artículo 10, fracc ión III de la Ley del Agua para el Estado de
Puebla, vigente; corresponde a los municipios por si o a través de un Organismo Descentralizado, la pre stación de
los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamie nto.
TERCERO. Que el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de San
Martín Texmelucan, Puebla y/o SOSAPATEX fue creado por Acuerdo de Cabildo, ratificado por Decreto del H.
Congreso del Estado publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 24 de mayo de 1994, por lo tanto el
Organismo Público en cita tiene carácter de Organismo Descentralizado con los atributos de personalidad jurídica y
patrimonio propios; además cuenta con atribuciones para elaborar los Acuerdos en los que se indiquen las tasas, cuotas
y tarifas por el cobro de los servicios hídricos que establece en sus Artículos SEGUNDO fracciones IV,V,VII Y IX,
NOVENO FRACCIONES I y II, ARTÍCULO DÉCIMO FRACCIONES: VI, VII y XI. En concordancia con lo
establecido en los artículos: 1, 2, 3 fracción LVIII, 7,10 fracción II, 14 fracción I y 17 fracción VIII del Reglamento
interior del SOSAPATEX, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el día 18 de noviembre de 2020.
CUARTO. Que con fundamento en lo s artículos 1, 10 fracción III, 117, 118, 119, 120, 121,122,123,124 y 125
de la Ley del Agua p ara el Estado de Puebla; mismos que facultan para que a través de un Acuerdo de los
Organismos Operadores determinen y se actualicen las cuotas, tasas y tarifas respecti vas, relacionadas con los
servicios de agua p otable, alcantarillado y saneamiento para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de
Puebla, así como la realizació n de actos de verificación, inspección y vigilancia a fin de comprobar que las personas
cumplan con las obligaciones a su cargo previstas en esta Ley, en las Normas Oficiales Mexicanas y demás
disposiciones legales aplicables;
QUINTO. Que, con base a las facultades que tiene conferidas el Consejo de Administración, máximo órgano de
gobierno del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de San Martín
Texmelucan y/o SOSAPATEX, y en consideración a la necesidad de solventar los gastos de operación,
administración, mantenimiento, amortización de créditos y la constitución de un fondo de reserva para la
rehabilitación y mejoramiento de los sistemas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, y los demás gastos que
corresponden al costo real de la prestación de los servicios hídricos, así como para cubrir el pago de los de rechos

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