Periódico Oficial del Estado de México de 2019-06-20 - Sección Primera

jueves 20 de junio de 2019
SECCIÓN PRIMERA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN
DIVERSAS DISPOSICIO NES DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO.
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
INFORME DE LA APLICACIÓN DE LOS RECU RSOS Y
EVOLUCIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES AL
MES DE MAYO DE 2019.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD RADICADA
CON EL NÚMERO 01/2019 DEL ÍNDICE DE LA
SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE
MÉXICO.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD RADICADA
CON EL NÚMERO 06/2019 DEL ÍNDICE DE LA
SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE
MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 2893, 2851, 2868, 2869, 2865,
2866, 2867, 2760, 2746, 1039-A1, 1038-A1, 2762,
2759, 2572, 1018-A1, 1029-A1, 1043-A1, 974-A1,
2726, 2870, 2956, 2950, 2951, 2953, 2957, 2958, 2955,
1136-A1, 1134-A1, 521-B1, 2959, 2960, 2961, 2962,
2963, 2964, 2966, 2967, 2942, 2943, 2945, 2946, 2949
y 522-B1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALE S: 2778,
2846, 2784, 2785, 2786, 2787, 2954, 1040-A1, 493-B1,
2735, 1045-A1, 2748, 2747, 1036-A1, 1035-A1,
1041-A1, 2722, 2952, 1133-A1, 1132 -A1, 1129-A1,
1130-A1, 2948, 2947, 2944, 524-B1, 523-B1, 2790,
1131-A1, 1089-A1, 1 058-A1, 1137-A1, 1102-A1,
510-B1, 509-B1, 508-B1, 2965, 1135-A1, 2941 y
2967-BIS.
202/3/001/02
Tomo CCVII
Número
111
Número de ejemplares impresos: 300
Página 2 20 de junio de 2019
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO, EN
EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL
EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL
ESTADO DE MÉXICO, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 establece que para que la gobernabilidad sea efectiva,
debe ser democrática y apegada a derecho. Lo anterior requiere que las instituciones estatales tengan las
capacidades y los recursos necesarios para desempeñar cabal mente sus funciones y así responder de manera
legítima y eficaz a las demandas que plantea la sociedad.
Que el mismo Plan señala que la actualización del marco jurídico aplicable a los órganos internos de control, permitirá
dotarlos de la estructura necesaria para cumplir con sus nuevas responsabilidades en materia de anticorrupción; y
que será posible inhibir y sancionar los actos de corrupción, conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas
del Estado de México y Municipios, para lograr que los servidores públicos actúen con responsabilidad, transparencia
y apego a la legalidad; así como mejorar la percepción ciudadana en la pre vención y combate a la corrupción,
mediante su participación en la verificación del quehacer gubernamental.
Que derivado de las reformas implementadas en el Titulo Séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, así como la expedición de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios;
y de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, publicadas en el Periódico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 30 de mayo de 2017, se hace necesario realizar las reformas legales y
administrativas que permitan a la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, a través de su Órgano
Interno de Control, cumplir debidamente con las obligaciones establecidas en estos ordenamientos jurídicos.
Que mediante Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el 29 de
agosto de 1997, se creó el organismo público descentralizado de carácter estatal denominado Universidad
Tecnológica del Sur del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios, teniendo por objeto, entre
otros, impartir educación superior de carácter tecnológico, para formar técnicos superiores universitarios aptos en la
aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de p roblemas con un sentido innovador, en la
incorporación de los avances científicos y tecnológicos, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y
social de la región, del Estado y del país.
Que el 15 de febrero de 2011, mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado, se modificó el diverso que crea la
Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, con la finalidad de impartir la educación de carácter
tecnológica, formar técnicos superiores universitarios, así como planes y programas de licenciatura, aptos en la
aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de los problemas con un sentido de innovación, al
incorporar los avances científicos y tecnológicos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y social.
Que el 21 de diciembre de 2016, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Regl amento Interior de la
Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, en el cual se establecen las atribuciones y líneas de autoridad
de las unidades administrativas básicas que integran la estructura de organización de ese organismo.
Que el 3 de septiembre de 2018, se autorizó la modificación a la estructura de organización de la Universidad
Tecnológica del Sur del Estado de México, donde se prevé el cambio de denominación de Contraloría Interna a
Órgano Interno de Control.
20 de junio de 2019 Página 3
Que derivado de las anteriores determinaciones jurídicas y administrativas, se estima necesario que la Universidad
Tecnológica del Sur del Estado de México, modifique su Reglamento Interior, a fin de hacerlo congruente con la
estructura de organización que le ha sido autorizada.
En mérito de lo expuesto, se ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 11, 19: y el título del Capítulo V; y se deroga la fracción VI del artículo
11 del Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 11.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, el Rector se auxiliará de las
unidades administrativas básicas siguientes:
I a V.…
VI. Derogada.
La Universidad contará con un Órgano Interno de Control, así como las demás unidades administrativas que le sean
autorizadas, cuyas funciones y líneas de autoridad se establecerán en el Manual General de Organización; asimismo,
se auxiliará de las y los servidores públicos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, de acuerdo con la
normatividad aplicable, estructura orgánica y presupuestos autorizados.
CAPÍTULO V
DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
Artículo 19.- Al frente del Órgano Interno de Control, habrá una o un titular designada o designado en términos del
artículo 38 bis, fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, quien en el
ejercicio de sus atribuciones se auxiliará por las o los titulares de las áreas correspondientes, de conformidad con la
estructura orgánica aprobada y presupuesto autorizado, quien tendrá las atribuciones que se establecen en el
Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría y demás disposiciones jurídicas aplicables.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente Reglamento en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".
TERCERO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía jurídica que se opongan a lo establecido en el
presente ordenamiento jurídico.
CUARTO.- El presente Acuerdo Modificatorio actualiza al Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica del Sur
del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 21 de diciembre de 2016.
Aprobado por el Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, según consta en Acta
de su Centésima Vigésima Sexta Sesión Ordinaria, celebrada en la ciudad de Tejupilco de Hidalgo, Estado de
México, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil diecinueve.
LIC. ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPILLO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y
PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO
(RÚBRICA).
ARQ. ALEJANDRO MOJICA SALGADO
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL
ESTADO DE MÉXICO Y SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO
(RÚBRICA).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR