Periódico Oficial del Estado de México de 2018-08-17 - Sección Segunda

viernes 17 de agosto de 2018
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE
LA PIROTECNIA.
AVISOS JUDICIALES: 3418, 3423, 3424, 3518, 3519,
3508, 3509, 3510, 3511, 3512, 3513, 734-B1, 735-B1,
1456-A1, 3495, 3499, 3500, 3501, 3502, 3503, 3504,
3531, 3532, 3521, 3522, 3523, 3524, 3525, 3527,
3528, 3529, 3530, 1463-A1, 1461-A1 y 3526.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3507,
3498, 3520, 731-B1, 730-B1, 3514, 3515, 3516, 3517,
3506, 3505, 3496, 3497, 1457-A1, 1458 -A1, 1460-A1,
1462-A1, 73 3-B1, 732-B1, 3494, 1452-A1, 1454-A1,
1455-A1, 1453-A1 y 1459-A1.
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SECCIÓN SEGUNDA
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CCVI
Página 2 17 de agosto de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA PIROTECNIA
Índice
1. Introducción
2. Misión, Visión y Objetivo del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
3. Principios y valores
4. Glosario
5. Modelo de Carta Compromiso
6. Firmas de Adhesión al Código de Conducta por parte de los integrantes del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de
Intereses del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
INTRODUCCIÓN
Con promulgación de la reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), anunciado por el Presidente de la
República Lic. Enrique Peña Nieto, presenta ocho tareas ejecutivas, puntualmente la número cuatro consistente en la necesidad de
evolucionar los Códigos de Ética hacia Reglas de Integridad.
Derivado de lo anterior se publica en el Periódico Oficial, Gaceta del Gobierno, el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el
Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio del empleo, cargo o comisión y
los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos a través del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto
de Intereses, de fecha 30 de Noviembre de 2015. Que de conformidad con la Constitución Política del Estado Libre y Soberano d e México y
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, que en su artículo 42 instituye que para
salvaguardar los principios de legalidad, honradez lealtad, imparcialidad y eficiencia, los servidores públicos tendrán obligaciones de
carácter general que deberán observar durante el empleo, cargo o comisión.
Expuesto lo anterior, y como parte inicial del Código de Conducta se tiene a bien emitir la siguiente Carta de Presentación del Código de
Conducta de los servidores públicos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA PIROTECNIA
Las funciones de los servidores públicos adscritos al Instituto Mexiquense de la Pirotecnia en nuestro actuar diario, deben regirse por
estricto apego a las leyes con la obligación de garantizar el cumplimiento y salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad y eficiencia, así como de los valores que determinen nuestro ser y orientan a nuestra conducta, teniendo en cuenta que los
valores siempre se relacionan con actitudes y estas a su vez con conductas.
Adicionalmente a las obligaciones específicas de nuestro empleo, cargo o comisión, con nuestra actuación dentro del servicio público
debemos lograr e impulsar una confianza, credibilidad y el bienestar de los mexiquenses y del Estado.
El Código de Conducta para los servidores públicos del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, establece la guía que permite orientar la
actuación y expectativas que puedan ser previsibles para los servidores públicos mediante valores que se han difundido y que seguiremos
promoviendo en este Órgano Público Descentralizado.
El presente Código de Conducta para los servidores públicos del Instituto permitirá interiorizar los principios y valores, así como mantener
presente la visión, misión y por lo que se rige el Instituto, siendo este su apoyo para la toma de decisiones y fortaleciendo las leyes,
reglamentos circulares, y demás instrumentos legales ya existentes.
MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVO DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA PIROTECNIA
Misión
Desarrollar la pirotecnia en el Estado de México, convirtiéndola de una actividad artesanal en una industria vigorosa, que opere con altos
niveles de seguridad, mediante la actualización de su marco jurídico y su escrupulosa aplicación; la capacitación constante y la
implementación de tecnologías de vanguardia; la adopción de mejores formas de organización del gremio; la aplicación de medidas
preventivas oportunas y la participación de amplios sectores de la sociedad mexicana.
Visión
Ser un Instituto moderno, eficiente y eficaz, que contribuya con los pirotécnicos mexiquenses en la tarea de dignificar esta industria
colocándola a la vanguardia de los estándares internacionales en seguridad, tecnología, creatividad, artes y rentabilidad, y de esta forma
sea un orgullo para los mexiquenses y todos los mexicanos.
Objetivo
Formular, controlar y vigilar las medidas de seguridad que se deben observar en las actividades de fabricación, uso venta, transporte,
almacenamiento y exhibición de los artículos pirotécnicos, así como coordinar y promover acciones de capacitación, especialización
asistencia técnica a los artesanos y comerciantes de artículos pirotécnicos.
2. PRINCIPIOS Y VALORES DEL CÓDIGO DE ÉTICA
Los siguientes Principios son de observancia general para el personal adscrito al Instituto Mexiquense de la Pirotecnia en el desempeño de
su empleo, cargo o comisión:
Oficina del Gobernador

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