Periódico Oficial del Estado de México de 2018-03-12 - Sección Segunda

lunes 12 de marzo de 2018
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA C.
JUVENCIA DOLORES NIETO SHAW EN SU
CARÁCTER DE APODERADA DEL C. EDMUNDO
GALINDO GONZÁLEZ Y JOSÉ FRANCISCO
ÁLVAREZ JIMÉNEZ, LA SUBROGACIÓN TOTAL
DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL
CONDOMINIO VERTICAL HABITACIONAL DE
TIPO MEDIO, DENOMINADO “CONDOMINIO
MANANTIAL”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
JILOTZINGO, ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 1023, 428-A1, 198-B1, 19 9-B1,
1084, 1078, 1098, 1095, 1092, 1089, 1081, 1082,
1079, 1099, 1096, 1093, 1090, 197-B1, 194-B1,
195-B1, 196-B1, 1083, 1080, 1097, 1091, 1086, 1077,
434-A1, 435-A1, 437-A1, 439-A1 y 438-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1094,
1087, 189-B1, 429-A1, 190-B1, 191-B1, 433-A1,
436-A1, 440-A1, 427-A1, 430-A1, 431-A1, 432-A1,
1088, 1085, 193-B1 y 192-B1.
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SECCIÓN SEGUNDA
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CCV
Página 2 12 de marzo de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
C. C. JUVENCIA DOLORES NIETO SHAW EN SU CARÁCTER
DE APODERADA DEL C. EDMUNDO GALINDO GONZÁLEZ Y
JOSÉ FRANCISCO ÁLVAREZ JIMÉNEZ
P R E S E N T E
En atención a su petición ingresada ante la Residencia Local de Naucalpan, dependiente de esta Dirección Regional Valle de México Zona
Nororiente, el día veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete, a través del cual solicitaron la Subrogación Total de Derechos y
Obligaciones de los lotes resultantes de la Autorización del Condominio Vertical Habitacional de Tipo Medio, denominado “Condominio
Manantial” emitida mediante oficio número 224022000/DRVMZNO/1289/2017 de fecha ocho de septiembre del año dos mil diecisiete,
dentro del predio ubicado en la Calle Manantial número 2, lote 25-B, manzana 01, zona 01 Poblado de Santa María Mazatla, Municipio de
Jilotzingo Estado de México, expedida por el Director Regional Valle de México Zona Nororiente, dependiente de la Dirección General de
Operación Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Gobierno del Estado de México; al respecto hago de su
conocimiento:
Esta autoridad es competente para dar a conocer sobre el asunto que nos ocupa en términos de los artículos 8, 14 y 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3 , 15, 16, 19
fracción VIII y 31 fracción XIII de La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.2, 1.4, 1.5, 1.6, 5.9 fracción IV,
inciso F), y 5.49 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México vigente; 78 del Reglamento del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México vigente; 144 fracción III del Código Financiero del Estado de México; Plan Municipal de Desarrollo
Urbano de Jilotzingo y 1, 2, 3 fracción VI, 13 fracciones III, V, XVII, y XXIII, 14 fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Metropolitano vigente.
Una vez acreditada la competencia de esta autoridad y con fundamento en los artículos 8 y 16 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 15, 115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; artículos 1.5 y 1.6 del Código
Administrativo del Estado de México; Artículo 78 y demás relativos del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de
México vigente, se da respuesta a su petición en los términos que a continuación se indican:
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO: Que mediante oficio número 224022000/DRVMZNO/1289/2017, de fecha ocho de septiembre del año dos mil
diecisiete, se autorizó al C. EDMUNDO GALINDO GONZÁLEZ, el Condominio Vertical Habitacional de Tipo Medio,
denominado “Condominio Manantial” para desarrollar nueve viviendas, en un terreno con superficie de 1,430.225m2 en
el predio ubicado en la calle Manantial número 2, lote 25-B, manzana 01, zona 01 Poblado de Santa María Mazatla,
Municipio de Jilotzingo, Estado de México.
SEGUNDO: Que mediante “Contrato de Compraventa” de fecha diecinueve de septiembre del año dos mil diecisiete, ante la Lic.
María Guadalupe Pérez Palomino, Notario Público número 91 del Estado de México, se celebró Contrato de
Compraventa, por una parte, como Vendedores los señores EDMUNDO GALINDO GONZÁLEZ Y MARÍA CRISTINA
GARRIDO CRUZADO ambos representados por la señora JUVENCIA DOLORES NIETO SHAW, en su carácter de
apoderada sustituta y de otra parte como Comprador el señor JOSÉ FRANCISCO ÁLVAREZ JIMÉNEZ.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Autorización del Condominio Vertical Habitacional de Tipo Medio, denominado
“Condominio Manantial”, mediante oficio número 224022000/DRVMZNO/1289/2017, de fecha ocho de septiembre del
dos mil diecisiete, se indicó entre otros, las obligaciones de:
En el caso de condominios verticales habitacionales, el titular deberá realizar la publicación de la autorización en el periódico oficial
“Gaceta del Gobierno”, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la emisión de la autorización, debiéndolo informar a la
Secretaría en el mismo término, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.38 fracción X inciso i) del Libro Quinto
mencionado.
Inscribir en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, el acuerdo de autorización respectivo y los planos
correspondientes, así como comprobar ante la Dirección General de Operación Urbana, el haber realizado dicha inscripción, dentro
del término de los noventa días hábiles siguientes a la publicación de la autorización en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”,
de conformidad con lo establecido en el artículo 5.38 fracción X inciso j) del Libro Quinto citado.
Construir las obras de infraestructura, urbanización y en su caso de equipamiento urbano, de conformidad con lo que establezca el
Libro y su reglamentación, así como hacerlas del conocimiento público de conformidad con lo que establezcan los proyectos
ejecutivos y su respectivo catálogo de conceptos.
I. Red de distribución de agua potable y los sistemas que se emplearán para el ahorro, reuso y tratamiento del
agua.
II. Red separada de drenaje pluvial y sanitario y los sistemas para su manejo y tratamiento, así como para la
infiltración del agua pluvial al subsuelo, que sean aprobados por la autoridad competente.
III. Red de distribución de energía eléctrica.
IV. Red de alumbrado público.
V. Guarniciones y banquetas.
VI. Pavimento en arroyo de calles, y en su caso, en estacionamientos y andadores

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