Periódico Oficial del Estado de México de 2018-03-06 - Sección Segunda

martes 6 de marzo de 2018
SECRETARÍA DE SALUD
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y
HORAS INHÁBILES PARA LA PRÁCTICA DE
ACCIONES DE CONTROL, EVALUACIÓN
VIGILANCIA Y REVISI ÓN QUE REALIZAN EL
PERSONAL ADSCRITO A LA CONTRALORÍA
INTERNA DE LA SECRETARÍA DE SALUD.
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN
FACULTADES EN FAVOR DE DIVERSAS
SERVIDORAS O SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE
MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 930, 994, 985, 982, 988, 991,
391-A1, 172-B1, 978, 981, 984, 987, 990, 993,
387-A1, 390-A1, 171-B1, 992, 983, 986, 995, 392-A1,
173-B1 y 386-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 979,
980, 174-B1, 388-A1, 989 y 389-A1.
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SECCIÓN SEGUNDA
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CCV
Página 2 6 de marzo de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
MAESTRO EN ADMINISTRACIÓN DE HOSPITALES Y SALUD PÚBLICA FAUSTO ALEJANDRO PANIAGUA GONZÁLEZ,
CONTRALOR INTERNO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD
CON LOS ARTÍCULOS, 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 78 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE L ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 15, 19 FRACCIÓN III Y XIV, 38 BIS FRACCIÓN
VIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 4 FRACCIÓN I, 7 FRACCIÓN I, 9 FRACCIÓN VIII, 10 Y 11 FRACCIÓN I Y II Y 122 DE LA LEY DE
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1 FRACCIONES II Y IX, 12 Y 13 DEL
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 9, 28, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA, 3 FRACCION VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, Y
CONSIDERANDO
Que la Contraloría Interna de la Secretaría de Salud le corresponde realizar acciones de Control y Evaluación, entendiéndose por
éstas a la auditoría, vigilancia, verificación, supervisión, fiscalización, inspección, testificación, asesoría, control, autocontrol y
evaluación de la gestión pública de la dependencia, en materia de sistema de registro y contabilidad, contratación y pago de
personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación,
enajenación y baja de bienes y demás activos y recursos materiales de la Administración Pública Estatal, en términos de lo
dispuesto en el artículo 38 bis, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Que el artículo
12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México establece que son días hábiles todos los del año, con
exclusión de los sábados, domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente; y horas hábiles las
comprendidas entre las 9:00 y las 18:00 horas. Que por Acuerdo del Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de México,
publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el día 8 de diciembre de 2017, se estableció el Calendario Oficial que rige el
año 2018, en cuanto a días hábiles e inhábiles para los servidores públicos que laboran en las dependencias del Sector Central del
Poder Ejecutivo y de orientación para el sector auxiliar del mismo. Que con el objeto de procurar el ejercicio legal, eficaz, eficiente,
íntegro y transparente de los recursos públicos y vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y
particulares, señalados en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios. En mérito de lo
expuesto, con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHÁBILES PARA LA PRÁCTICA DE ACCIONES DE CONTROL,
EVALUACIÓN VIGILANCIA Y REVISIÓN QUE REALIZAN EL PERSONAL ADSCRITO A LA CONTRALORÍA INTERNA DE LA
SECRETARÍA DE SALUD.
ÚNICO.- Se habilitan los días y horas inhábiles del 6 de febrero de 2018 al 31 de diciembre de 2018, para que los servidores
públicos adscritos a la Contraloría Interna de la Secretaría de Salud en el ámbito de sus atribuciones y competencias, lleven a cabo
las Acciones de Control y Evaluación, dispuestas en el Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, el Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud y el Manual General de Organización de la Secretaría de Salud.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gob ierno". Dado en la
Ciudad de Toluca de Lerdo a los seis días del mes de febrero de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
MenAHySP. FAUSTO ALEJANDRO PANIAGUA GONZÁLEZ
CONTRALOR INTERNO DE LA
SECRETARÍA DE SALUD
(RÚBRICA).
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador

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