Periódico Oficial del Estado de México de 2017-12-14 - Sección Primera

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA
EMPRESA “ PROMOTORA LOMA REAL. S.A. DE
C.V.”. SE DEJE SIN EFECTOS JURÍDICOS LA
AUTORIZACIÓN DEL CONDOMINIO VERTICAL
DE TIPO HABITACIONAL RESIDENCIAL,
DENOMINADO “VISTA DE LOMA REAL”,
LOCALIZADO EN EL INTERIOR DEL
CONJUNTO URBANO DENOMINADO
“BOSQUE REAL”, UBICADO EN EL MUNICIPIO
DE HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA
EMPRESA “IMPULSORA SAN BARTOLO”, S.A.
DE C.V., LA RELOTIFICACIÓN PARCIAL DEL
CONJUNTO URBANO DENOMINADO “EL
RISCO”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE
MÉXICO.
SECCIÓN PRIMERA
300
SECRETARÍA DE SALUD
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS PARA
REALIZAR ACTOS RELACIONADOS CON LA
ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS, ARRENDAMIENTOS Y
ENAJENACIONES, QU E PERMITAN CUMPLIR
CON LO PROGRAMADO POR EL RÉGIMEN
ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
PARA EL 2017, A REALIZARSE A TRAVÉS DE LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
ESTABLECIDOS EN LA LEY DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y
MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO.
AVISOS JUDICIALES: 2306-A1, 2334-A1, 2358-A1,
5154, 5159, 2357-A1, 5170, 5353, 5365, 5376, 976-B1,
2360-A1, 975-B1, 5135, 5334, 5375, 5340, 5344, 5341,
5311, 5313, 5460, 5469, 5338, 5475, 5461, 2415-A1,
5469, 5468, 5467, 5463 y 5466.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 5482,
5395, 2364-A1, 972-B1, 236 5-A1, 2362-A1,
2356-A1, 2363-A1, 2351- A1, 2370-A1, 2366-A1,
2352-A1, 2361-A1, 2414-A1, 2377-A1, 984-B1,
999-B1 y 5483.
jueves 14 de diciembre de 2017
Tomo
117
CCIV
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 14 de diciembre de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
CONTADOR PÚBLICO
ROBERTO EDUARDO TRAD ABOUMRAD
APODERADO LEGAL DE
“PROMOTORA LOMA REAL, S.A. DE C.V.”
P R E S E N T E
Me refiero a su Escrito con folio 4029 que dirige a la Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Metropolitano, por el que manifiesta su decisión de renunciar por así convenir a sus intereses, de
manera expresa y total a la Auto rización otorgada a su poderdante, del Condominio Vertical de Tipo Habitacional
Residencial en el Lote 37, Manzana X, del Conjunto Urbano de Tipo Mixto, denominado Bosque Real, ubicado en el
Municipio de Huixquilucan, Estado de México, y
C O N S I D E R A N D O
Que usted acredita su representación legal para gestionar la presente Autorización, mediante Escritura Pública no. 28,504
del catorce de noviembre del dos mil, otorgada ante el Notario Público No. 27 del Estado de México; y se identifica,
mediante Credencial para Votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral, con Clave de Elector:
TRABR845050709H500, mismos documentos que obran e n el expediente integrado por esta Dirección General de
Operación Urbana respecto al Condominio objeto de la presente solicitud.
Que el Condominio materia de su Solicitud, se autorizó mediante Acuerdo otorgado por esta Dirección General de
Operación Urbana, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, con fecha quince de
septiembre del dos mil dieciséis.
Que en el referido Escrito por el que renuncia a la Autorización del mencionado Condominio, manifiesta bajo protesta de
decir verdad, que la renuncia a dicha autorización, No afecta el interés público, los intereses de terceros, ni se han
realizado actos de gravamen o traslativos de dominio relacionados con el Condominio objeto de la renuncia.
Que según Informe del Instituto de la Función Registral del Estado de México, se establece la inexistencia de actos
traslativos de dominio sobre el Lote materia del presente acuerdo, lo cual se acredita mediante Oficio Número
227B13212/1318/2017, de fecha 4 de septiembre del 2017.
Que el Lote materia del presente Acuerdo, no reporta ningún gravamen y/o limitante, estando en propiedad de su
poderdante, según Certificado expedido por el Instituto de la Función Registral del Estado de México, d el diecisiete de
agosto del dos mil diecisiete.
Que según el Artículo 76 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se podrá dejar
sin efectos jurídicos, total o parcialmente, la autorización de un conjunto urbano por renuncia expresa de su titular, siempre y
cuando:
I. No se afecte el interés público.
II. No se afecten los intereses de terceros.
III. No se hayan realizado actos de gravamen o traslativos de dominio respecto de los
Que conforme al Artículo 77 del mencionado Reglamento, la extinción de la autorización de un c onjunto urbano por
renuncia de su titular deberá sujetarse, entre otros aspectos a lo siguiente:
I. La renuncia podrá ser total o parcial.
II. La renuncia deberá hacerse por escrito y contener la manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se
encuentra en los supuestos a que se refiere el artículo anterior.
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III. El interesado acompañará el escrito a que se refiere la fracción anterior, con un informe del Instituto de la
Función Registral del Estado de México, sobre la existencia de actos traslativos de dominio de los lotes
objeto de la renuncia así como el certificado de libertad o existencia de gravámenes de los lotes del conjunto
objeto de la renuncia y en su caso la anuencia del acreedor.
El acuerdo de la Secretaría que autorice la extinción total o parcial de un conjunto urbano, su rtirá sus efectos al
día siguiente de su emisión, debiéndose inscribir en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, en
un plazo no mayor de noventa días y publicarse en un plazo no mayor de treinta días en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, con cargo al titular de la autorización, debiendo acreditarlo ante la Secretaría.
Que Realizado el estudio técnico y legal a la documentación exhibida, se observan satisfechas las disposiciones para
resolver la Solicitud de extinción de la auto rización del multicitado Co ndominio, por lo cual, con fundamento en l os Artículos
Soberano de México; y con apoyo en los Artículos 3, 15, 19 Fracción VIII y 31 Fracciones II y XIII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México; 5.1, 5.2, 5.5 Fracción l, 5.6, 5.7, 5.9 Fracción IV, inciso h) y 5.50 del Libro
Quinto del Código Administrativo del Estado de México y 1, 2, 4, 6, 8 , 76, y 77 de su Reglamento, así como en lo dispuesto
en los Artículos 2, 7, 8 Fracción XIV, 10, Fracciones I y XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Metropolitano, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gob ierno” del Estado de México, el ocho de abril de dos mil
quince, esta Dirección General de Operación Urbana expide el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se Deja Sin Efectos Jurídicos l a Autorización del Condominio Vertical de Tipo Habitacional
Residencial, denominado “Vista de Loma Real”, otorgada por esta Dirección General de Operación
Urbana mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México,
con fecha quince de septiembre del dos mil dieciséis, en el Lote 37, Manzana X, con su perficie de
21,595.20 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PUNTO VEINTE METROS
CUADRADOS), ubicado al interior del Conjunto Urbano denominado “BOSQUE REAL”, en el Municipio
de Huixquilucan, Estado de México, por renuncia expresa de su titular “PROMOTORA LOMA REAL, S. A.
DE C.V.” representado por usted.
SEGUNDO. Se ratifica la situación jurídica que originalmente tenía el Lote 37, Manzana X, con superficie de terreno de
21,595.20 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PUNTO VEINTE METROS
CUADRADOS), ubica do en el Conjunto Urbano denominado “BOSQUE REAL”, Municipio de
Huixquilucan, Estado de México, previo a la “Autorización del Condominio a que se refiere el punto de
Acuerdo PRIMERO anterior
TERCERO. El presente Acuerdo de Autorización surtirá sus efectos al día hábil siguiente de su notificación, debiendo
ser publicado en un término de treinta días hábiles en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, con cargo
al titular de la a utorización, e inscribirlo en el Instituto de la Función Registral del Es tado de México, en un
plazo de 90 días hábiles, lo que deberá ser acreditado ante esta Dirección General de Operación Urbana.
QUINTO. El presente Acuerdo de Autorización deja a salvo los derechos de terceros.
A T E N T A M E N T E
LIC. ANA LAURA MARTÍNEZ MORENO
DIRECTORA GENERAL DE OPERACIÓN URBANA
(RÚBRICA).

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