Periódico Oficial del Estado de México de 2017-11-22 - Sección Segunda

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE
QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE,
POR EL QUE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL
CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO
HOMOLOGADO DE FIRMAS ELECTRÓNICAS
ENTRE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y
EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ASÍ
COMO LA DECLARATORIA DE INICIO DE
INTERCONEXIÓN TECNOLÓGICA PARA EL
TRÁMITE ELECTRÓNICO INTERCONECTADO DEL
JUICIO DE AMPARO INDIRECTO Y DIRECTO
ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO Y
TRIBUNALES DE CIRCUITO DEL PODER JUDICIAL
DE LA FEDERACIÓN Y LAS ÁREAS QUE INTEGRAN
EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN
EL QUE SE HARÁ USO DE LA FIRMA
ELECTRÓNICA CERTIFICADA DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (FIREL) O DE LA
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA DEL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO (FEJEM).
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
LISTADOS DE SOLICITUDES FACTIBLES Y NO
FACTIBLES DEL PROGRAMA PAGO POR
SERVICIOS AMBIENTALES HIDROLÓGICOS DEL
ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL
2017.
SECCIÓN SEGUNDA
450
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA
“CASAS PROCSA”, S.A. DE C.V., LA MODIFICACIÓN
PARCIAL AL DIVERSO ACUERDO POR EL QUE SE
AUTORIZÓ EL CONJUNTO URBANO DE TIPO
HABITACIONAL POPULAR DENOMINADO “IDÍLICA
SERRATÓN”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
ZINACANTEPEC, ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 5088, 5091, 5093, 5095, 5099, 5101,
5103, 933-B1, 2239-A1, 2238-A1, 2232-A1, 2235-A1,
939-B1, 2233-A1, 2230-A1, 2239-A1, 2240-A1, 934-B1,
5108, 5090, 5089, 5092, 5094, 5098, 5102, 5107, 5104,
5096, 5100, 932-B1, 935-B1, 2239-A1, 2237-A1, 2225-A1 y
2228-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 5105,
2227-A1, 2229-A1, 2226-A1, 2234-A1, 938-B1, 5106,
2231-A1, 5097, 936-B1, 937-B1 y 2236-A1.
miércoles 22 de noviembre de 2017
Tomo
101
CCIV
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 22 de noviembre de 2017
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
C I R C U L A R NO. 43/2017
Toluca de Lerdo, México, a 17 de noviembre de 2017.
C I U D A D A N O
Con fundamento en el artículo 42, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el siguiente:
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
DIECISIETE, POR EL QUE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO HOMOLOGADO DE
FIRMAS ELECTRÓNICAS ENTRE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO,
ASÍ COMO LA DECLARATORIA DE INICIO DE INTERCONEXIÓN TECNOLÓGICA PARA EL TRÁMITE ELECTRÓNICO
INTERCONECTADO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO Y DIRECTO ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO Y TRIBUNALES DE
CIRCUITO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y LAS ÁREAS QUE INTEGRAN EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE
MÉXICO, EN EL QUE SE HARÁ USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
(FIREL) O DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO (FEJEM).
CONSIDERANDOS
I. El Poder Judicial del Estado de México, en término de los artículos 34, 88 inciso a) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de México y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, es uno de los Poderes del Estado, encargado de inte rpretar y
aplicar las leyes en los asuntos del orden civil, familiar, penal de justicia para adolescentes y de las demás materias del fuero común y del
orden federal, en los casos en que expresamente los ordenamientos legales le confieren jurisdicción.
II. Los numerales 52 y 63 fracción XXIII y XXXVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad, señalan que la administración,
vigilancia y disciplina del Poder Judicial, están a cargo del Consejo de la Judicatura; el cual, dentro de sus atribuciones tiene la de expedir
reglamentos, acuerdos generales en materia administrativa y los necesarios para llevar a cabo sus funciones, así como establecer el uso
estratégico de las tecnologías de la información en los procesos jurisdiccionales que se ventilan en los juzgados y salas que integran el
Poder Judicial, así como en sus respectivas áreas administrativas.
III. El veintinueve de junio de dos mil dieciséis, el Consejo de la Judicatura Federal y el Poder Judicial del Estado de México suscribieron el
convenio de interconexión entre los sistemas tecnológicos de gestión jurisdiccional de ambas instituciones, instrumento que les concede
materializar el trámite electrónico del juicio de amparo, así como el uso de firmas electrónicas.
En la cláusula Décima Segunda se estableció que el cumplimiento de las obligaciones y la prestación de los servicios en línea, materia de
ese convenio, quedarían sujetos a la fecha que se estableciera en la declaratoria que emitieran ambas partes, la cual se publicará en el
Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, una vez que el desarrollo tecnológico lo permitiera.
IV. El Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, en sesión extraordinaria privada del veinticuatro de octubre de dos mil
diecisiete, autorizó la creación de la firma electrónica avanzada del Poder Judicial del Estado de México, cuya denominación es FEJEM
(Firma Electrónica Judicial del Estado de México), con efectos a partir del uno de noviembre de dos mil diecisiete. Además, en la misma
sesión, aprobó el Reglamento de dicha firma electrónica.
V. El artículo 21 del Reglamento de la Firma Electrónica Avanzada del Poder Judicial del Estado de México, (FEJEM), establece que el
Poder Judicial podrá reconocer un certificado digital de firma electrónica que hubiere emitido otro Estado, entidad federal o ente, siempre y
cuando se haya celebrado convenio de coordinación para el reconocimiento de certificados digitales homologados, en términos de lo
previsto en la legislación aplicable. En la inteligencia de que para acceder al Sistema Electrónico será necesaria la verificación en línea de la
vigencia de los certificados correspondientes.
Por lo anterior y con fundamento en los artículos 106 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 52 y 64, fracción II
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se autoriza la celebración del convenio de coordinación para el reconocimiento de certificados digitales homologados y la
declaratoria de que a partir del veintidós de noviembre del año en curso se inicie la interconexión tecnológica para el trámite electrónico del
Juicio de Amparo Indirecto y Directo entre los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación y las áreas
que integran el Poder Judicial del Estado de México, ambos, con el Consejo de la Judicatura Federal.
22 de noviembre de 2017 Página 3
SEGUNDO. Los servicios de interconexión tecnológica en los órganos del Poder Judicial del Estado de México funcionarán sólo los días
que sean hábiles, en un horario de las ocho horas con treinta minutos a las quince horas con treinta minutos. En consecuencia, no se
recibirán comunicaciones oficiales de los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación, por ese medio,
en los días que se consideren inhábiles para los órganos del Poder Judicial del Estado de México, ni tampoco tratándose de días hábiles
fuera del horario a que se ha hecho mención, salvo en los órganos jurisdiccionales que conozcan de la materia penal y los especializados
en justicia para adolescentes; en el resto de los órganos locales podrán quedar programadas para su envío y recepción al momento hábil
siguiente.
TERCERO. Se instruye al Director General de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Poder Judicial del Estado de México, para que en el
ámbito de sus atribuciones, implemente las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente acuerdo.
CUARTO. Hágase del conocimiento el presente acuerdo de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del Estado de
México, para que en el ámbito de sus atribuciones adopten las medidas pertinentes para su cumplimiento.
QUINTO. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Boletín Judicial y en la página de internet oficial
del Poder Judicial del Estado de México.
Así por unanimidad de votos lo acordó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, y firman al calce el Presidente y la
Secretaria General de Acuerdos, que da fe.
A T E N T A M E N T E
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
MGDO. DR. EN D. SERGIO JAVIER MEDINA PEÑALOZA
(RÚBRICA).
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
M. EN C. P. FABIOLA CATALINA APARICIO PERALES
(RÚBRICA).
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
PROTECTORA DE BOSQUES
DIRECCIÓN DE RESTAURACIÓN Y FOMENTO FORESTAL
PROGRAMA PARA EL PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES HIDROLÓGICOS
DEL ESTADO DE MÉXICO SOLICITUDES FACTIBLES FO-PB-214
15 de noviembre de 2017
No.
REGION FORESTAL
No. FOLIO
NOMBRE DEL PREDIO
MUNICIPIO
NOMBRE (S) DEL
REPRESENTANTE O
PROPIETARIO
SUPERFICIE
SOLICITADA (ha)
SUPERFICIE
APROBADA (ha)
MONTO ($)
1
I TOLUCA
AH1701001
Bienes Comunales de
Tenango
del Valle
Tenango del
Valle
Juventino García
Flores
295.00
73.00
109,500.00
2
I TOLUCA
AH1701002
Ejido Santa María la
Asunción Tepezoyuca
Ocoyoacac
Daniel
Ignacio
Alcántara
Hernández
300.00
73.00
109,500.00
3
I TOLUCA
AH1701003
Bienes Comunales de San
Pedro Zictepec
Tenango del
Valle
Ascención Huertas
Torres
300.00
75.00
112,500.00
4
I TOLUCA
AH1701004
Ejido El Estanco
Almoloya de
Juárez
Magdaleno
Zepeda
Arriaga
182.00
47.00
70,500.00
5
I TOLUCA
AH1701005
Ejido San Pedro Tlanixco
Tenango del
Valle
José Cortina
Zetina
500.00
124.00
186,000.00
6
I TOLUCA
AH1701007
Bienes Comunales de
San Jerónimo Acazulco
Ocoyoacac
Marcelino
Pascual
Narváez de la O
500.00
125.00
187,500.00
7
I TOLUCA
AH1701008
Ejido San Pedro Zictepec II
Tenango del
Valle
Filiberto Quevedo
Molina
117.00
30.00
45,000.00
8
I TOLUCA
AH1701009
Ejido San Jerónimo Acazulco
Ocoyoacac
Benito Morelos
Sánchez
300.00
58.00
87,000.00
9
I TOLUCA
AH1701010
Bienes Comunales de Santa
María Tlalmimilolpan
Lerma
Gilberto Cerón
Ovando
300.00
47.00
70,500.00
10
I TOLUCA
AH1701011
Bienes Comunales de San
Francisco Tepexoxuca
Tenango del
Valle
Paulino Salazar
López
300.00
72.00
108,000.00

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