Periódico Oficial del Estado de México de 2017-09-19 - Sección Segunda

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA
EMPRESA “DESARROLLOS INMOBILIARIA
SADASI”, S.A. DE C.V., EL CONJUNTO URBANO
DE TIPO MIXTO (HABITACIONAL DE INTERÉS
SOCIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS)
DENOMINADO “BOSQUES DE LOS HÉROES
IV”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
TECÁMAC, ESTADO DE MÉXICO.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA
EMPRESA “FGI DESARROLLOS
MEXIQUENSES”, S.A. DE C.V., EL
CONDOMINIO HORIZONTAL DE TIPO
HABITACIONAL RESIDENCIAL LOCALIZADO
EN EL FRACCIONAMIENTO “BELLAVISTA”,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
AVISO DE INICIO DE FUNCIONES DEL MAESTRO
ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, COMO NOTARIO
PÚBLICO PROVISIONAL NÚMERO 191 DEL
ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN EL
MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE JUÁREZ.
SECCIÓN SEGUNDA
300
AVISOS JUDICIALES: 3919, 3929, 4010, 4007, 4004,
4001, 3998, 1772-A1, 4009, 4003, 4000, 3997,
723-B1, 1771-A1, 1768-A1, 1770-A1, 1772-A1,
4017, 4002 y 3999.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 4008,
724-B1, 1769-A1, 1766-A1, 4013, 4018, 4012, 4014,
4011, 4005, 4006, 725-B1, 4016, 4015, 3996 y
1767-A1.
martes 19 de septiembre de 2017
Tomo
57
CCIV
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 19 de septiembre de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
ARQUITECTO
VÍCTOR GABRIEL ORTIZ MONDRAGÓN
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
“DESARROLLOS INMOBILIARIOS SADASI”, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Me refiero a su escrito recibido con folios Nos. ACU/007/2017 y 3860/2017, mediante el cual solicitó a esta Dirección General de Operación
Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, la autorización para llevar a cabo el proyecto de Conjunto
Urbano de tipo mixto (habitacional de interés social, comercial y de servicios) denominado “BOSQUES DE LOS HÉROES IV”, para
desarrollar 357 viviendas y áreas comerciales y servicios, en terrenos con superficie total de 39,605.12 M² (TREINTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS CINCO PUNTO DOCE METROS CUADRADOS), ubicados en calle sin nombre y sin número Parcelas 89 Z-1 P1/1 y 90 Z-1
P1/1, Colonia Ejido Santo Tomás Chiconautla, Municipio de Tecámac, Estado de México, y
C O N S I D E R A N D O
Que el Código Administrativo del Estado de Mé xico, en su artículo 5.3 fracción XVII, define al conjunto urbano como “la modalidad que se
adopta en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar, ordenar o reordenar, como una unidad espacial integral, el
trazo de la infraestructura vial, la división del suelo, las normas de usos, aprovechamientos y destinos del suelo, las obras de infraestructura,
urbanización y equipamiento urbano, la ubicación de edificios y la imagen urbana de un predio ubicado en áreas urbanas o urbanizables”.
Que el mismo ordenamiento legal, en su artículo 5.38 fracción VIII, establece que la autorización del conjunto urbano comprenderá según
el caso, las autorizaciones relativas a condominios, subdivisiones, fusiones y apertura, ampliación o modificación de vías públicas, usos
específicos del suelo y sus normas de aprovechamiento, cambios de uso del suelo, de densidad de vivienda, coeficiente de ocupación del
suelo, coeficiente de utilización del suelo y altura de edificaciones.
Que se encuentra acreditada su personalidad jurídica, según consta en la Escritura Pública No. 97,101 de fecha veintitrés de agosto de
dos mil cinco, otorgada ante la fe del Notario Público No. 56 del entonces Distrito Federal, México, inscrita en el Registro Público del
Comercio del Distrito Federal, México, en el folio mercantil No. 190035 de fecha veinticinco de noviembre del dos mil cinco.
Que mediante Escritura Pública No. 68,277 de fecha doce de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, otorgada ante la fe del Notario
Público No. 56 del entonces Distrito Federal, México, se hizo constar la constitución de la empresa “Desarrollos inmobiliarios SADASI”,
S.A. de C.V., la cual se encuentra inscrita en el Regi stro Público del Comercio del entonces Distrito Federal, México, bajo el folio mercantil
No. 190035 de fecha veintinueve de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.
Que a través de la Escritura Pública No. 93,619 de fecha veintidós de agosto de dos mil tres, otorgada ante la fe del Notario Público No. 56
del entonces Distrito Federal, México, se hizo constar entre otros la modificación del objeto social de la empresa “Desarrollos
inmobiliarios SADASI”, S.A. de C.V., la cual se encuentra inscrita en el Registro Público del Comercio del entonces Distrito Federal, México,
bajo el folio mercantil No. 190035 de fecha veintiuno de octubre de dos mil tres.
Que se acreditó la propiedad de los terrenos objeto de desarrollo mediante las siguientes:
Escritura Pública No. 33,627 de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis, otorgada ante la fe del Notario Público No. 172 y
del Patrimonio Inmueble Federal de la Ciudad de México, inscrita en la Oficina Registral de Otumba del Instituto de la Función
Registral del Estado de México, bajo el número de folio real electrónico 00138982 de fecha diez de noviembre de dos mil
dieciséis.
Escritura Pública No. 33,628 de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis, otorgada ante la fe del Notario Público No. 172 y
del Patrimonio Inmueble Federal de la Ciudad de México, inscrita en la Oficina Registral de Otumba del Instituto de la Función
Registral del Estado de México, bajo el número de folio real electrónico 00148065 de fecha diez de noviembre de dos mil
dieciséis.
Que esta Dirección General de Operación Urbana, expidió la respectiva Constancia de Viabilidad del proyecto que nos ocupa, según
oficio No. 224020000/2023/2017 de fecha tres de julio de dos mil diecisiete.
Que el Municipio de Tecámac, a través de su Direcció n de Desarrollo Urbano, mediante oficio No. OF/DDU/0102/02/2017 de fecha trece de
febrero de dos mil diecisiete, externó su no inconveniente para desarrollar el proyecto de conjunto urbano de que nos ocupa.
Que el mismo Municipio de Tecámac a través de su Dirección de Desarrollo Urbano y Planeación, emitió las correspondientes Licencias de
Uso del Suelo Nos. 2466 y 2467, ambas de fecha veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete, mismas que se complementan con los
oficios Nos. DUS/2017/141 y DUS/2017/142, ambos de fecha veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.
Que la misma dependencia municipal Dirección de Desarrollo Urbano y Planeación del Municipio de Tecámac, emitió las respectivas
constancias de alineamiento mediante documentos con folios Nos. 1233 y 1234 y números oficiales, ambos de fecha veintiuno de febrero
de dos mil diecisiete.
19 de septiembre de 2017 Página 3
Que el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (ODAPAS)
del Municipio de Tecámac, mediante oficio No. ODAPAS/FAC/005/2017 de fecha veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, otorgó la
factibilidad de servicios de agua potable y drenaje para el proyecto de desarrollo. Por su parte, la Comisión del Agua del Estado de
México (CAEM), a través del oficio No. 229B10000/FAC/0042/2017 de fecha veinticinco de mayo de dos mil diecisiete, emitió la
correspondiente opinión técnica favorable para la autorización del desarrollo.
Que mediante oficio No. SGG/CGPC/O-5449/2017 de fecha veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete, la Coordinación General de
Protección Civil de la Secretaría General de Gobierno del Estado de México, emitió la respectiva evaluación técnica de protección civil
(antes dictamen de protección civil) para el proyecto de conjunto urbano que nos ocupa.
Que la Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente, mediante oficio No.
212090000/DGOIA/RESOL/355/17 de fecha dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, autorizó en materia de impacto ambiental la
realización del proyecto de conjunto urbano que nos ocupa.
Que la Dirección General de Vialidad del Gobierno del Estado de México, expidió el respectivo dictamen de incorporación e impacto vial,
mediante oficio No. 2290BA000/2045/2017 de fecha diecisiete de julio de dos mil diecisiete.
Que mediante oficio No. 3-EOS-SYA-155/2017 de fecha dos de marzo de dos mil diecisiete, expedido por el Departamento de Planeación y
Construcción Zona Ecatepec, División de Distribución Valle de México Norte, de la Comisión Federal de Electricidad, se emitió la factibilidad
de suministro de energía eléctrica para el proyecto que nos ocupa.
Que en términos de lo establecido por el artículo 48 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, esta
Dirección General de Operación Urbana emitió la correspondiente aprobación del proyecto de lotificación a través del oficio No.
224020000/3098/2017 de fecha once de septiembre de dos mil diecisiete.
Que esta Dirección General de Operación Urbana a través del oficio No. 224020000/2597/2017 de fecha catorce de agosto de dos mil
diecisiete, emitió a su representada la Constancia de No Adeudo de Obligaciones, por lo que puede continuar con el trámite de
autorización del proyecto de conjunto urbano que nos ocupa, en términos de lo establecido en la fracción XI del artículo 5.38 del Libro
Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Que una vez realizado el estudio correspondiente de la documentación exhibida, tanto desde el punto de vista técnico como legal, se llegó a
la conclusión de que se encuentran satisfechos los requisitos que señala el Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del
Estado de México, para la autorización del conjunto urbano de referencia.
Que con apoyo en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México; 5.3 fracción XVII, 5.5, 5.6, 5.9 fracción IV y 5.33 fracción I, 5.37 fracción I inciso b) y fracción III; 5.38 fracción III, VII, VIII y X, 5.39
de las Reformas al Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, 45, 46, 48, 49 y 50 de su Reglamento, así como en lo
dispuesto por los artículos 118 y 119 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y con fundamento en lo
establecido por los artículos 3 fr acción II y 10 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano
vigente, considerando que es interés del Gobierno del Estado de México y del H. Ayuntamiento de Tecámac, apoyar la oferta de suelo para
la generación de viviendas en la Entidad, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se autoriza a la empresa “DESARROLLOS INMOBILIARIOS SADASI”, S.A. de C.V., representada por usted el
Conjunto Urbano de tipo mixto (habitacional de interés social, comercial y de servicios) denominado
“BOSQUES DE LOS HÉROES IV”, en terrenos con superficie total de 39,605.12 M² (TREINTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS CINCO PUNTO DOCE METROS CUADRADOS), ubicados en calle sin nombre y sin número Parcelas
89 Z-1 P1/1 y 90 Z-1 P1/1, Colonia Ejido Santo Tomás Chiconautla, Municipio de Tecámac, Estado de México, lleve a
cabo su desarrollo para alojar 357 viviendas y áreas comerciales y de servicios, conforme al Plano Único de Lotificación,
el cual forma parte integrante de la presente autorización para todos los efectos legales y de acuerdo a las siguientes
características generales:
SUPERFICIE HABITACIONAL VENDIBLE: 25,306.26 M²
SUPERFICIE DE COMERCIO DE PRODUCTOS Y
SERVICIOS BÁSICOS VENDIBLE: 714.00 M²
SUPERFICIE DE CENTRO URBANO REGIONAL: 1,428.00 M²
SUPERFICIE DE DONACIÓN AL MUNICIPIO: 5,440.68 M²
SUPERFICIE DE DONACIÓN ESTATAL:
(INCLUYE 765.07 M². DE DONACIÓN ADICIONAL) 1,900.33 M²
SUPERFICIE DE VÍAS PÚBLICAS: 4,815.85 M²
____________
SUPERFICIE DEL CONJUNTO URBANO: 39,605.12 M²
NÚMERO DE MANZANAS: 4
NÚMERO DE LOTES: 11
NÚMERO DE VIVIENDAS: 357

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