Periódico Oficial del Estado de México de 2017-09-15 - Sección Segunda

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE
MEJORA REGULATORIA DE LA UNI VERSIDAD
DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
SECRETARÍA DE CULTURA
ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA A LA
DENOMINACIÓN DEL MUSEO DE ARTE
MODERNO, EL NOMBRE DE CARLOS OLVERA,
DENOMINÁNDOSE EN LO SUCESI VO COMO:
MUSEO DE ART E MODERNO “CARLOS
OLVERA”.
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL
INGENIERO SERGIO ARTURO MERCADO
MERCADO, EL CONDOMINIO HORIZONTAL DE
TIPO HABITACIONAL RESIDENCIAL,
LOCALIZADO EN EL FRACCIONAMIENTO
"CONDADO DE SAYAVEDRA”, SÉPTIMA
SECCIÓN, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE
MÉXICO.
SECCIÓN SEGUNDA
300
AVISOS JUDICIALES: 3888, 3889, 3890, 3959, 3958,
3945, 3942, 3943 y 3944.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3954,
3951, 3953, 3952, 3949, 3948, 3947, 3950, 3946, 3955,
3956 y 3957.
viernes 15 de septiembre de 2017
Tomo
55
CCIV
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 15 de septiembre de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
EL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 28 FRACCIÓN IV DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA
REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
CONSIDERANDO
Que en fecha 6 de septiembre de 2010, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, la Ley para
la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, que tiene por objeto la mejora integral, continua y permanente de la
regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Que el 15 de febrero de 2012 se publicó en el periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México el Reglamento de la
Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, que establece que los Comités Internos son órganos
constituidos al interior de las dependencias, para llevar a cabo actividades continuas de la mejora regulatoria derivadas de la Ley.
Que el 27 de noviembre de 2015 se publicó en el periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el
que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y
Municipios.
Que en cumplimiento al Capítulo Tercero del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios,
es preciso establecer el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Universidad Digital del Estado de México, con objeto de auxiliar
al Enlace de Mejora Regulat oria en el cumplimiento de sus funciones y con el objetivo de establecer un proceso permanente de
calidad y la implementación de sistemas para contribuir a la desregulación, simplificación y prestación eficiente y eficaz del servicio
público.
En razón de lo anterior, se expiden los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE LA
UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 1.- Se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Universidad Digital del Estado de México, como la instancia
facultada para conducir, coordinar, supervisar y ejecutar un proceso continuo de Mejora Regulatoria en dicho Organismo así como
su Reglamento y los planes y programas que acuerde el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria.
Artículo 2.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer la organización, operación y funcionamiento del Comité
Interno de Mejora Regulatoria de la Universidad Digital del Estado de México, para efectos de estos Lineamientos se entiende por:
I. Ley: Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios;
II. Lineamientos: Conjunto de medidas, normas y objetivos que deben respetarse dentro de una organización;
III. Comisión: La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
IV. Comité Interno: Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Universidad Digital del Estado de México;
V. Consejo: Consejo Estatal de Mejora Regulatoria;
VI. Enlace de Mejora Regulatoria: Servidor público designado por el Rector o Rectora de la Universidad Digital, con nivel mínimo
de Director General, a falta de este, al inmediato inferior como responsable de la Mejora Regulatoria al interior de la misma;
VII. Programa: Programa Anual de Mejora Regulatoria del Estado de México;
VIII. Universidad: La Universidad Digital del Estado de México;
IX. Disposiciones de carácter general: Reglamentos, decretos, normas técnicas, bandos, acuerdos, circulares y demás
disposiciones administrativas, que afecten la esfera jurídica de los particulares;
X. Asesor Técnico: Será el enlace dependiente de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria y designado por la misma;

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