Periódico Oficial del Estado de México de 2017-07-13 - Sección Primera

GOBIERNO
ESTADO DEM
en
GRANDE
CES
Página
2
GACETA
DEL GC»BIER. •..•
CIo
13
de
julio
de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
S
ECRETARíA GENERAL DE GOBIERNO
GO
BIERNO
DEL
E
STA
DO
DE MÉXICO
COMISiÓN
ESTATAL
DE
SEGURIDAD
CIUDADANA
LI
CE
NCIADO EDUARDO VALIENTE HERNÁNDEZ, COMISIONADO ESTATAL DE SEGURIDAD
CIUD
ADANA DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTíCULOS
21
DE
LA
C
ONSTITUCiÓN POLíTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 2,
3,
4,
7,
14 FRACCiÓN
1
11
,1
6
A
PA
RTADO A, FRACCIONES
1
,
111,
VIII, XXVIII Y XXXVI, APARTADO S, FRACCIONES
111,
VI Y XII DE
LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO;
3
FRACCIONES V, VIII, XV, Y XXV, 6 Y 8
FRACCI
ONE
S
1
,
11
Y XXXV DE LA LEY QUE CREA LA COMISiÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
DEL
E
STADO DE MÉXICO; 9, 11, 10 FRACCIONES
1,
11,
IX, XV, XVI, XVII Y XXV, 12 FRACCIONES
1,
111,
IV Y
XVII
I
D
EL REGLAMENTO INTERIOR DE
L
A COMISiÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL
ESTA
DO DE MÉXICO
;
Y
CONSID
ERANDO
Qu
e
de acuerdo
a
l
párrafo
noveno
,
del artículo
21
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
l
a
se
gu
ridad pública es una
func
i
ón a
c
argo de
l
a
F
ederación,
l
as entidades federativas y
l
os
Munic
i
pios
.
Qu
e
b
ajo este contexto,
l
a
L
ey Genera
l
del
S
i
stema
N
acio
n
al
de Seguridad Pública, reglamentaria del artículo
2
1
d
e
l
a Constitución Política de
l
os Estados
U
n
i
dos
Mex
i
canos, establece que la seguridad pública tiene como
fin
es salvaguardar la
i
ntegridad y
der
e
c
h
os de
l
as
personas
,
así como preservar
l
as libertades,
el
orden y la paz
públi
cos y
c
o
mpre
n
de
l
a
p
revenc
i
ón
es
p
ecia
l
y
g
enera
l
de los
d
elitos
,
l
a sanción de
l
as
i
nfracciones
a
dm
i
n
is
tr
a
t
ivas,
as
í
como
l
a
inves
tigac
i
ón y
l
a
p
ersecuc
i
ón
de
l
os delitos y la reinserción social
de
l
sentenciado,
e
n
t
érminos de esta
Le
y
,
en las
r
espec
ti
vas
comp
e
t
en
ci
as establecidas en la Constitución
P
olítica de los
Estados
U
nidos
Mexicanos
.
Que el 18 de
j
unio
d
e
2
008, se publicó en
e
l
Dia
rio Of
ic
i
a
l
d
e
l
a Federación, el Decreto
q
ue
r
eforma
d
ive
r
sos
artí
c
u
l
os de
l
a
Co
nstitución Política de
l
os Estados
U
nido
s
M
e
xi
canos.
Qu
e
en síntesis,
l
a
r
eforma
t
uvo como
principa
l
objetivo
esta
bl
ecer el marco
constituc
i
onal y legal que genere
l
as
c
o
ndi
ciones
pa
r
a
r
eestructurar
el
sistema de impartición de justicia en materia penal, y para poner en
m
a
rc
h
a una
polít
i
ca efectiva
de
l
combate a
l
a
de
l
incuencia organizada con el fin de que ello se traduzca en
ma
y
or
t
ranquilidad y seguridad
j
ur
í
d
i
ca para
l
os
mex
i
canos
.
Qu
e
en este sentido,
s
e
establece que el
S
istema
P
enitenciario se organizará ahora
,
sobre las bases no sólo
d
el
trabajo
,
capac
i
tac
i
ón y educación como antes
s
e
establecía, sino ahora la salud y el deporte serán medios
p
a
r
a
l
ograr
l
a
"r
einserción" del
sentenc
i
ado a
l
a sociedad procurando que no
vue
l
va a delinquir; y
l
a imposición
de
l
as
p
enas
,
su
modif
i
cación y
d
urac
i
ón son propias y exc
l
usivas de
l
a autoridad
j
udicial.
Que
l
a eficiencia
opera
t
iva y de uso de recursos es fundamental en la Administración Pública Estatal. Dicha
ca
r
acterística tiene especial relevancia en materia de seguridad y justicia, pues con su aplicación es posible
hom
o
l
ogar los servic
i
os que
br
i
ndan y evitar
act
os de corrupción y
negligenc
i
a
.
Que
p
or ello es necesario
estandar
i
zar y automatizar los procesos operativos y protocolos de actuación,
a
p
r
ovechando en
t
odo
mome
nt
o
l
as tecnologías
de
l
a
i
nformació
n
med
i
a
n
te
p
ersonal
capacitado
,
pr
ofesiona
l
y
co
n
actitud
d
e
serv
i
cio
.
Que
e
n
pr
imer
lu
ga
r,
es
ne
cesar
i
o
q
ue exis
t
a
c
oordinación
tec
n
o
l
ógica
;
en segundo lugar se
r
equiere
apr
o
vec
h
ar
l
a
i
n
formac
i
ón
ob
tenida
,
la cual
n
o tendrá efecto alguno
si
no es analizada y empleada en términos
de
in
te
l
igenc
i
a
;
y
fi
na
l
mente, se
n
ecesitan amp
l
iar los sistemas
i
nformáticos
actuales
,
p
u
es los cambios

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