Periódico Oficial del Estado de México de 2017-06-02 - Sección Primera

GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉX
SECIR¡;T~WA DE FINANZAS
SE
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DEMÉXIC
GOBIERNO
DEL
ESTADO DE
MÉXICO
enGRANDE
Página
2
GACETA
DEL GOBIERNO
2
de
j
unio
de
2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARíA DE FINANZAS
LICENCIADO EN ECONOMíA JOAQuíN CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS, CON FUNDAMENTO
EN
LO DISPUESTO
EN
LOS ARTíCULOS 78 Y 129 DE LA CONSTITUCiÓN POLíTICA DEL ESTADO LIBRE
Y
SOBERANO DE MÉXICO; 3,
15,
19
FRACCiÓN
11
1
,
23, 24 FRACCIONES
1,
111,
XXI, XXVII Y LXIV
DE
LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACiÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO; 328, 333, 335, 336, 337 Y 338 Bis DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO
Y
MUNICIPIOS; 3
FRACCIONES
111
,
X
I
II
Y XVI,
6,
7 FRACCIONES
1,
XI, INCISOS a), e), e)
Y
n,
y
XL, 23 FRACCIONES
1,
1
11,
V, VI, XIII, XXIX Y XXXI, 25
FRACCIONES
1,
11,
IV, V, VI, VII, X, XI, XII Y XV, 28 FRACCIONES
1,
11,
111,
VI, VIII, X, XIV Y
XV
I
I
DEL REGLAMENTO INTERIOR
DE
LA
SECRETARíA DE FINANZAS; Y
CONSIDERANDO
El
Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, está orientado a
la
obtención de resultados; es decir, que las políticas públicas
tengan
un
impacto positivo en la realidad de la entidad, por ello es necesario que las mismas sean consecuencia de
un
proceso integral de
planeación, una ejecución eficiente de las políticas públicas y de la evaluación continua de las acciones de gobierno, para cumplir con
lo
anterior se requieren resultados tangibles en cada una de las áreas de influencia de la función pública. Cumplir con dichos objetivos,
constituye
la
base de
la
visión del Gobierno Estatal para consolidarse como
un
Gobierno de Resultados.
La Secretaría de Finanzas, es la encargada de la
planeac
i
ón, programación, presupuestación y evaluación de las actividades del Poder
Ejecutivo, de
l
a administración financiera y tributaría de la hacienda pública del Estado y de prestar el apoyo administrativo que requieran
las dependencias del Poder Ejecutivo; para cumplir con sus objetivos, se auxiliará de las unidades administrativas
y
órganos
desconcentrados que señalen las disposiciones legales y administrativas correspondientes.
En
este contexto, corresponde a
la
Dirección General de Tesorería programar, organizar
y
determinar los flujos de efectivo
pa
r
a
el
pag
o
del
gasto público, conocer las disponibilidades financieras de las dependencias y organismos auxiliares de
la
entidad, así
com
o
v
e
r
ificar
la
administración de los fondos y valores
prop
i
edad o al cuidado del Gobierno del Estado de México, que se efectúen
a
través
d
e
la
Caja
General de Gobierno, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables en la materia.
Por su
parte
,
corresponde a la Caja General de Gobierno supervisar, administrar y controlar los fondos
e
inversiones y las
cuen
t
as
bancarias del Gobierno del Estado de México, así como verificar que se efectúen los pagos autorizados en
el
presupuesto de
egresos
.
En
tal virtud,
la
Dirección General de
Tesorer
í
a y la Caja General de Gobierno son las
Un
i
dades Administrativas responsables de
l
a
elaboración del presente documento, las cuales tienen la obligación de detectar aquellos casos que sean susceptibles de mejora, con
la
finalidad de que las actividades que llevan a cabo, sean acordes con
l
o que se encuentra establecido;
po
r
lo
anterio
r
,
es necesario adecuar
y mantener actualizadas las disposiciones normativas que en
el
ejercicio de sus facultades emitan, a efecto de contar con las
herramientas
·
necesarias para cumplir con sus objetivos.
Asimismo, es indispensable elevar la eficiencia en la ejecución de las actividades de dichas Unidades
Admin
i
strativas y contar con una
vinculación en los procesos tanto
admin
i
strativos como
opera
ti
vos para
la
aplicación del gasto
público
,
que genere
un
resultado positivo en
las actividades que efectúe el Gobierno del Estado.
Por
lo
tanto,
el
presente documento establece las disposiciones que deberán observar las Unidades
Ej
ecutaras del Gasto de las
Dependencias, Procuraduría General de Justicia, Entidades
Púb
l
icas, Entes Autónomos, así como los Poderes Legislativo y Judicial del
Gobierno del Estado de México, en cuanto a
la
presentación de las solicitudes referentes a los trámites que deban efectuar ante la Dirección
General de Tesorería y la Caja General de Gobierno.
ACUERDO
ÚNICO: Se emiten las REGLAS DE OPERACiÓN PARA LA SOLICITUD DE TRÁMITES
AN
T
E
L
A
TE
SORERíA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO.
CONTENIDO.
1
.
-
MARCO JURíDICO
2.- OBJETIVO
3.- GLOSARIO
4.-
DISPOS
I
CIONES GENERALES
2
de
junio
de
20
I
7
GA..CETA..
DEL GC»O.ER. •.•
c:»
Página
3
4.1.- REGISTRO DE FIRMAS
I
,
4.2.- REGISTRO DE COR~EOS ELECTRONICOS
5
.
- DIRECCiÓN GENERAL DE TESORERíA
5.1.- CONTRA RECIBOS
5.1.1.- ELABORACiÓN
5
.
1
.
2.- TIPOS DE SOLICITUD V REQUISITOS
5.1.3.- HORARIOS DE RECEPCiÓN V ENTREGA
5.1
.
4
.
- EMISiÓN
DE
I
~OPIAS DE CONTRA RECIBOS
5
.
1.5.
- CANCELACION
5
.
2.- AUTORIZACIONES DE PAGO
5.2
.
1.-
REQU
I
SITOS
I
5.2.2.- RECEPCiÓN V REGISTRO
5.3
.
- PROGRAMACiÓN DE DOCUMENTOS PARA PAGO
5.3.1.- PROGRAMACiÓN PARA PAGO
5.3.2.- EXCEPCiÓN ~
N
LA FORMA DE PAGO
6.- CAJA GENERAL DE
GOBl
j
RNO
6.1.
- CUENTAS
6.1
.
1.
- APERTURA
6.1.2.-
CANCELACIÓ
r
6.2.- INGRESOS
6
.
3.- PAGOS
6.3.1.- CHEQUE
6.3.2.- TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
6.4.-
I
NVERSIONES
6.4
.
1
.
- RENTA FIJA
6
.
4.2
.
-
SOC
I
EDADES DE
I
NVERSiÓN
6.5.- NÓMINAS
6.5.1.- SUELDOS
V
I
BECAS
6.5
.
2
.
- PENSIONES
7
.-
PROVEEDORES
SOCIALE
j
7
.1
.-
GENERALIDADES
7
.
2.
- RECEPCiÓN DE
DO
l
UMENTOS PARA TRÁMITE DE PAGO V ENTREGA DE CONTRA RECIBOS
7
.3.-
HORAR
I
OS DE PAGO
8
.-
M
UNI
CIPIOS
9.
-
SE
GU
IMIENTO
9.1.-
DOCUMENTOS PROGRAMADOS
N
O
C
OBRADOS
9.2.
- RETENCIONES A FAVOR DE LA
SECRETARí
A DE LA
CONTRALOR
í
A DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO

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