Periódico Oficial del Estado de México de 2017-05-17 - Sección Segunda

SECRETARÍA DE TURISMO
CONVENIO DE COORDINACIÓN DE OBRA POR
ENCARGO PARA LA REALIZACIÓN DEL
PROGRAMA DE ACCIONES PARA EL
DESARROLLO, EN TEOTIHUACÁN, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE TURISMO Y POR LA
OTRA PARTE, EL H. AYUNTAMIENTO DE
TEOTIHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.
CONVENIO DE COORDINACIÓN DE OBRA POR
ENCARGO PARA LA REALIZACIÓN DEL
PROGRAMA DE ACCIONES PARA EL
DESARROLLO, EN TEMASCALTEPEC, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, Y POR LA
OTRA PARTE, EL H. AYUNTAMIENTO DE
TEMASCALTEPEC, ESTADO DE MÉXICO.
SECCIÓN SEGUNDA
300
AVISOS JUDICIALES: 1860, 1887, 40-C1, 926-A1,
928-A1, 932-A1, 1931, 1928, 1940, 1964, 1961, 1958,
1955, 1952, 1946, 1945, 1963, 1960, 1957, 1954, 1951,
1948, 1933, 1930, 1927, 379-B1, 931-A1, 1929, 1962,
1959, 1956, 1953, 1950, 1947, 1944, 1941, 1932,
933-A1, 930-A1, 378-B1 y 928-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1943,
1934, 1937, 929-A1, 935-A1, 1936, 934-A1, 1938,
927-A1, 1935, 936-A1, 1942, 1939 y 1949.
miércoles 17 de mayo de 2017
Tomo
88
CCIII
78
Número
Número de ejemplares impresos:
Página 2 17 de mayo de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE TURISMO
CONVENIO DE COORDINACIÓN DE OBRA POR ENCARGO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE
ACCIONES PARA EL DESARROLLO, EN TEOTIHUACAN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, M. EN D.F. ROSALINDA ELIZABETH
BENÍTEZ GONZÁLEZ; CON LA INTERVENCIÓN DEL M. EN A.P. DAVID TÁGANO JUÁREZ, COORDINADOR
ADMINISTRATIVO Y POR OTRA PARTE, EL H. AYUNTAMIENTO DE TEOTIHUACAN, ESTADO DE MÉXICO, EN LO
SUCESIVO “EL H. AYUNTAMIENTO”, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, LIC.
ARTURO CANTÚ NIEVES; CON LA INTERVENCIÓN DE LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO, LIC. ELIZABETH
AGUILAR DE LA TORRE; DE LA SÍNDICA MUNICIPAL, LIC. ARIADNA DE LA ROSA DÍAZ Y DE LA TESORERA
MUNICIPAL, LIC. EDITH GONZÁLEZ GUTIÉRREZ Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARÁ “LAS PARTES”; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. En el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, se identificaron las áreas de atención prioritaria y los
anhelos sociales más urgentes, estructurándose en tres grandes pilares: Gobierno Solidario, Estado Progresista y
Sociedad Protegida.
Así mismo, el Pilar 1: Gobierno Solidario, considera como un factor importante promover actividades de turismo
alternativo en las zonas rurales de la entidad, así como promover que la derrama económica del turismo beneficie a
pequeñas empresas, grupos sociales y artesanos.
II. El propio Plan en el Pilar 2: Estado Progresista señala que existen sectores en el Estado de México con potencial de
crecimiento en su productividad, que tienen gran rele vancia, que generan empleos y en algunos casos promueven
una derrama económica en zonas alejadas de los grandes centros productivos, siendo uno de ellos el sector turístico.
Para cumplir con este objetivo se diseñó como estrategia dentro del Plan, el posicionar al Estado de México, como
uno de los principales destinos turísticos sin costa del país, así como fomentar la comercialización local, nacional e
internacional de los productos mexiquenses, impulsando el turismo de negocios, cultural, deportivo y ecológico,
consolidando como destinos a las localidades que tienen la Categoría de “Pueblo con Encanto”, a través del
mejoramiento de la imagen urbana, la profesionalización y la certificación de los servicios turísticos y la promoción de
sus atractivos, así como dar esta categoría a otros pueblos con vocación o potencial para el desarrollo de la actividad
turística.
III. Así mismo dentro de las líneas de acción de una Gestión Gubernamental Distintiva, el Plan establece como objetivo
número 1 consolidarse como un Gobierno Municipalista, para lo cual será necesario coordinar acciones entre los
diferentes niveles de gobierno y actores gubernamentales, para así colaborar con los municipios en programas de
imagen urbana y de colaboración en políticas de uso y ordenamiento de la tierra.
IV. Con A través de la Subsecretaría de Planeación y Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado
de México, se gestionarán los recursos con cargo al Programa de Acciones para el Desarrollo por un monto de
$2’600,000.00 (Dos millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) con financiamiento estatal, los cuales se aplicarán
para la realización del proyecto “Iluminación de la Catedral del Divino Redentor en Teotihuacán” en el municipio
de Teotihuacán, Estado de México.
V. Que el recurso que se autorice por la Secretaría de Finanzas en el Programa de Acciones para el Desarrollo, tendrá
como objeto la licitación, adjudicación y ejecución de la obra correspondiente al proyecto turístico del m unicipio de
Teotihuacán, Estado de México.
VI. Es deseo y voluntad de “LA SECRETARÍA” promover y fomentar la vocación turística por conducto de “EL H.
AYUNTAMIENTO” a través de una obra por encargo y bajo la responsabilidad de éste, para la realización de la
“Iluminación de la Catedral del Divino Redentor en Teotihuacan”, ubicada en la Avenida Cuauhtémoc y Plaza de
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la Parroquia, municipio de Teotihuacan, Estado de México, por la cantidad de $2’600,000.00 (Dos millones
seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) con cargo al Programa de Acciones para el Desarrollo en beneficio de la actividad
turística, conforme a los términos plasmados en las cláusulas correspondientes del presente instrumento legal.
D E C L A R A C I O N E S
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1 Que es una depend encia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde regular, promover y fomentar el
desarrollo turístico y artesanal del Estado, en términos de lo dispuesto por los artículos 19 fracción XII y 36 Bis de la
Ley Orgánica de la Administración Pública de l Estado de México, 1.4, 1.5 fracción VI, 1.38 y 1.40 del Código
Administrativo del Estado de México.
I.2 Que su titular, M. en D.F. Rosalinda Elizabeth Benítez González, cuenta con facultades para celebrar el presente
Convenio, con base en el nombramiento otorgado por el C. Gobernador del Estado de México, Doctor Eruviel Ávila
Villegas, de fecha 9 de abril de 2012 y de conformidad en lo dispuesto por los artículos 15 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México; 4.4 fracción II, 4.5 Bis fracciones I, V, VI y VII del Código Administrativo
del Estado de México y artículo 6 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
I.3 Que la Coordinación Administrativa es una Unidad Administrativa de la Secretaría de Turismo, en términos de lo
establecido por los artículos 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 10 fracciones
VI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, así como el numeral 225002000 del Manual General
de Organización de la Secretaría de Turismo, y su titular, M. en A.P. David Tágano Juárez, cuenta con facultades
para intervenir en la celebración del presente Convenio.
II. DE “EL H. AYUNTAMIENTO”
II.1
Que está investido de personalidad jurídica, en términos de los a rtículos 115 fracción II de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, 112 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y los
artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
II.2
Que es un cuerpo colegiado de elección popular directa, encargado de administrar y gobernar al Municipio y a la
Hacienda Pública Municipal, de conformidad con los artículos 115 fracciones I y IV de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 113, 114, 116, 122 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México y 1, 2, 15 y 31 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
II.3
Que con fecha 1 de enero de 2016, quedó instalado legalmente el H. Ayuntamiento de Teotihuacan, Estado de
México, para el período comprendido desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2018.
II.4
Que el Lic. Arturo Cantú Nieves, en su calidad de Presidente Municipal Constitucional, cuenta con las facultades
para celebrar el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 117 y 128 fracción V de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 48 fracciones IV y VIII de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de México.
II.5
Que el 1 de enero de 2016, la Lic. Elizabeth Aguilar de la Torre y la Lic. Ariadna de la Rosa Díaz legalmente entraron
en funciones como Secretaria y Síndica respectivamente y el 14 de diciembre de 2016, entró en funciones la Lic.
Edith González Gutiérrez como Tesorera Municipal, por lo que intervienen en la celebración del presente
instrumento legal en términos de los artículos 49, 52, 53, 86, 87, 91 fracción V y 95 fracción I de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de México.
II.6
Que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave MTE7901014X1 (Municipio de
Teotihuacan).
II.8 Que dentro de su perímetro territorial se localiza el sitio en donde realizarán las obras motivo de éste instrumento
legal en el municipio de Teotihuacan, Estado de México.
III. DE “LAS PARTES”
III.1 En el presente Convenio no existe error, dolo, mala fe, lesión, violencia, ni cualquier otro vicio del consentimiento.
III.2 Es su voluntad celebrar el presente Convenio, con fundamento en los artículos 10, 19 y 50 fracción III de la Ley de
Planeación del Estado de México y Municipios, con la finalidad de que “EL H. AYUNTAMIENTO”, ejecute por
encargo y bajo responsabilidad de éste, el proyecto denominado Iluminación de la Catedral del Divino Redentor
en Teotihuacan, ubicada en la Avenida Cuauhtémoc y Plaza de la Parroquia, municipio de Teotihuacan Estado de
México, sujetándose a lo estipulado en las siguientes:

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