Periódico Oficial Legislativo - Número 37 - Tomo CXLVI de 2021-03-30

Fecha de Entrada en Vigor31 de Marzo de 2021
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVI Victoria, Tam., martes 30 de marzo de 2021. Número 37
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
DECRETO LXI
V
-511 mediante el cual se adicionan las fracciones V y VI al artículo 5, recorriéndose
las subsecuentes en su orden natural y se adiciona un segundo párrafo al artículo 31, de la Ley
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tamaulipas…………………….. 3
DECRETO LXIV-512 mediante el cual se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un párrafo sexto al
artículo 10, de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil
en el Estado de Tamaulipas………………………………………………………………………….. 5
DECRETO LXIV-513 mediante el cual se reforma la fracción XV y se agrega la XVI al Artículo 64
del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas…………………………………………….. 6
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se concede una prórroga para realizar el pago de
derechos por expedición de licencias para funcionamiento de establecimientos de bebidas
alcohólicas a que se refiere el Artículo 81 de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas. 6
SECRETARÍA DE OBRAS P ÚBLICAS
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 012 mediante el cual se convoca a los interesados en
participar en la(s) Licitación(es) de carácter Nacional LPE-N020-2021, para la contratación
relativa a: “Rehabilitación del Entronque del Libramiento Mex II con la Carretera a Piedras
Negras en Nuevo Laredo, Tamaulipas”……………………………………………………………. 9
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDO TJA/PLN/ACU/011/2021 por el que se declara como día inhábil (no laborable) para el
Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, el miércoles 31 de marzo de
2021……………………………………………………………………………………………………… 11
INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
ACUERDO No. IETAM-A/CG-36/2021 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas por
el cual aprueba la propuesta de la Comisión de Organización Electoral respecto de la
designación de las secretarias de los consejos distritales 17 El Mante y 19 Miramar, y Municipal
de Jaumave, propuestas por las presidencias de los respectivos consejos, para el Proceso
Electoral Ordinario 2020-2021. (ANEXO )
ACUERDO No. IETAM-A/CG-37/2021 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, por
el que se aprueban los Diseños de la documentación con emblemas a emplearse en el Proceso
Electoral Ordinario 2020-2021. (ANEXO )
- Documentación. (ANEXO)
ACUERDO No. IETAM-A/CG-38/2021 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas,
por el que se fija el tope de gastos de campaña para la elección de diputaciones por el
Principio de Mayoría Relativa e Integrantes de los Ayuntamientos para el Proceso Electoral
Ordinario 2020-2021. (ANEXO)
CONTINÚA EN LA SIGUIENTE PÁGINA
Victoria, Tam., martes 30 de marzo de 2021 Periódico Oficial
Página 2
R. AYUNTAMIENTO NUEVO LAREDO, TAM.
CONVOCATORIA PÚBLICA 2021-03 mediante la cual se convoca a las personas físicas y
morales a participar en la Licitación LP-ALUMPUB-FFM-03/21-02614, de obras que se
llevarán a cabo en la ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas…………..……………………….. 12
R. AYUNTAMIENTO REYNOSA, TAM.
CONVOCATORIA No. 007-2021 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales a
participar en la Licitación: 57057002-037-2021, para obra de Construcción de Museo del
Ferrocarril (segunda etapa), que se llevará a cabo en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas…. 13
R. AYUNTAMIENTO RÍO BRAVO, TAM.
PADRÓN de Contratistas correspondiente a la Administración Pública Municipal 2018-2021 del
municipio de Río Bravo, Tamaulipas………………………………………………………………. 14
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 30 de marzo de 2021 Página 3
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS,
TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIV-511
MEDIANTE EL CUAL SE ADICIONAN LAS FRACCIONES V Y VI AL ARTÍCULO 5, RECORRIÉNDOSE LAS
SUBSECUENTES EN SU ORDEN NATURAL Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 31
DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO. Se adicionan las fracciones V y VI al artículo 5, recorriéndose las subsecuentes en su orden
natural y se adiciona un segundo párrafo al artículo 31, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 5.
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I.- a la IV.-…
V.- Castigo corporal: A todo acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza
física, comprendiendo los golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de
cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos calientes u
otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar;
VI.- Castigo humillante: Al trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador, de menosprecio o
aquel acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o afectación en la integridad física,
mental, psicológica o emocional en contra de niñas, niños y adolescentes;
VII.- Centro de asistencia social: Al establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento
residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas y
privadas y asociaciones;
VIII.- Certificado de idoneidad: El documento expedido por el Consejo Técnico a través de la Procuraduría o por
la autoridad central del país de origen de los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del
cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para ello;
IX.- CONEVAL: Al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;
X.- Constitución Federal: A la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XI.- Constitución del Estado: A la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas;
XII.- Convención: Convención Sobre los Derechos del Niño;
XIII.- Discriminación Múltiple: A la situación de vulnerabilidad específica en la que se encuentran niñas, niños y
adolescentes que al ser discriminados por tener simultáneamente diversas condiciones, ven anulados o
menoscabados sus derechos;
XIV.- Diseño Universal: El diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar niñas, niños
y adolescentes, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El diseño
universal no excluirá las ayudas técnicas para niñas, niños y adolescentes con discapacidad cuando se necesite;
XV.- Familia de origen: A aquélla compuesta por titulares de la patria potestad, guarda o custodia, respecto de
quienes niñas, niños y adolescentes tienen parentesco ascendente hasta segundo grado;
XVI.- Familia extensa o ampliada: Es la compuesta por los ascendientes de niñas, niños y adolescentes en línea
recta sin limitación de grado, y los colaterales hasta el cuarto grado;
XVII.- Familia de acogida: A aquélla que cuente con la certificación de la autoridad competente y que brinde
cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un
tiempo limitado hasta que se pueda asegurar una opción permanente con la familia de origen, extensa o
adoptiva;

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