Periódico Oficial Legislativo - Número 117 - Tomo CXLIII de 2018-09-27

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2018
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLIII Victoria, Tam., jueves 27 de septiembre de 2018. Número 117
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza al Plantel Particular Jardín de Niños La Edad de Oro, para que
imparta los Estudios de Educación Preescolar en Camargo, Tamaulipas………........................................... 2
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Jardín de Niños Mariana Gómez de
García Cabeza de Vaca, para que imparta los Estudios de Educación Preescolar en Ciudad Madero,
Tamaulipas…………………………………………………………………………………………………………. 4
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Instituto de Educación Inicial I.E.I., para
que imparta los Estudios de Educación Preescolar en Reynosa, Tamaulipas................................................ 7
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Preescolar “Súper Kids”, para que
imparta los Estudios de Educación Preescolar en Victoria, Tamaulipas………………………………………… 9
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Colegio Jazmar, para que imparta los
estudios de Educación Primaria en Reynosa, Tamaulipas…………………………………………………….… 12
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Colegio Exerani, para que imparta los
Estudios de Educación Primaria en Reynosa, Tamaulipas……………………………………………………… 14
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Colegio Valladolid Unidad Madero, para
que imparta los Estudios de Educación Secundaria General en Ciudad Madero, Tamaulipas……………..…. 17
ACUERDO Secretari al mediante el cual se Autori za a la Escuela Particular Instituto Esperanza, Unidad y Esfuerzo,
para que imparta los Estudios de Educación Secundaria General en Reynosa, Tamaulip as……………………. 19
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Instituto Pedagógico Lince, para que
imparta los Estudios de Educación Secundaria General en Reynosa Tamaulipas………………… …………….. 22
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular Colegio Ramansa Secundaria
Plantel 2, para que imparta los Estudios de Educación Secundaria General en Reynosa, Tamaulipas. 24
ACUERDO mediante el cual se otorga a la persona moral INSTITUTO DE CAPACITACIÓN GASTRONÓMICA
DEL NORESTE, S.C., que auspicia a la Institución Educativa CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
CUALTI, el Reconocimiento por Cambios al Plan y Programa de Estudios de la carrera tipo superior:
Licenciatura en Dirección de Negocios Turísticos, Modalidad Escolarizada, Ciclo Semestral, duración
4 años, en Tampico, Tamaulipas……………………………………………………………………………………. 27
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 035 mediante la cual se convoca a los interesados en participar en la(s)
Licitación(es) de carácter Nacional para la contratación de LPE-N49-2018, “Obra nueva por sustitución
de Centro de Salud (C.S.U.-04) de la colonia Miramar, en Altamira, Tamaulipas.”………………………... 32
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 036 mediante la cual se convoca a los interesados en participar en la(s)
Licitación(es) de carácter Nacional para la contratación de LPE-N50-2018, “Dragado de canal
Higuerillas y canal secundario del puerto de Matamoros, Tamaulipas. Construcción de recibas
pesqueras en el puerto matamoros.”……………………………………………………………………………. 34
R. AYUNTAMIENTO REYNOSA, TAM.
CONVOCATORIA No. 040-2018 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales a participar en las
Licitaciones Públicas 57057002-203-2018 y 57057002-204-2018, para Equipamiento de Cárcam o y
Equipamiento de Sistema de Agua Potable, en el municipio de Reynosa, Tamaulipas................................. 36
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., jueves 27 de septiembre de 2018 Periódico Oficial
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
HÉCTOR ESCOBAR SALAZAR, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de Tamaulipas,
a mi cargo confieren los artículos 23 fracción VIII y 31 fracciones I, III, IV y VI, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo
del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación
al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 30 de abril del 2018, la ciudadana LAURA ELENA DIARTE
ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular que se denominará JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE
ORO, solicitó autorización para impartir Educación Preescolar con alumnado mixto y turno matutino en las
instalaciones ubicadas en calle Morelos número 835, entre calle Constitución y calle Matamoros, Zona Centro en
Camargo, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, así
como el personal directivo y docente, ajustarán sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas de
acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de
Educación, Ley de Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos estudios y disposiciones
emanadas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
TERCERO.- Que la C. LAURA ELENA DIARTE ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular JARDÍN
DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, y el personal directivo y docente del plantel, han declarado bajo protesta de decir
verdad, que en la educación que imparta la institución se respetarán las leyes y reglamentos aplicables; y en lo
relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 5° de la Ley General de Educación y 6° de la Ley de Educación para el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa privada JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE
ORO reúnen las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en los artículos 55 fracción II
de la Ley General Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado conforme al resultado del
informe realizado por el ciudadano SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Encargado del Departamento de
Incorporación y Supervisión, de la Secretaría de Educación del Estado; contando con el equipo y material
didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas apodándose además, la integración de los
grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO ha
aceptado que dicha institución está sujeta a que la Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier
modificación o cambio relacionado con su denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del
personal directivo, docente y técnico.
SEXTO.- Que la C. LAURA ELENA DIARTE ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE
NIÑOS LA EDAD DE ORO, convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel respecto a la
cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la cual deberá quedar establecida 30 días antes de la
inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse dentro del periodo para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO se ha
comprometido a observar las siguientes normas:
I).- En cuanto a cooperaciones extraordinarias, éstas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso,
de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II).- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresa su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III).- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por ésta, bajo la estricta vigilancia
de la Asociación de Padres de Familia.
IV).- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su
permanencia, no se condiciona al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.
OCTAVO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO adquiere la
obligación de:
I.- Emitido y publicado el presente Acuerdo Secretarial, acudir a la Secretaría de Educación del Estado para
tramitar la asignación de Clave de Centro de Trabajo; solo una vez obtenida esta, podrá operar el servicio
educativo autorizado;
II.- Cumplir con el Calendario Escolar para cada ciclo escolar que establece la Secretaría de Educaci ón del Estado.
III.- Conceder becas totales o parciales, en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor
al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población
estudiantil; de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para el Estado
de Tamaulipas;
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IV.- Cumplir con lo que ordena la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 8 de Febrero de 1984, así como cumplir con los actos cívicos que marca el calendario
de la Secretaría de Educación Pública.
V.- Constituir la Asociación de Padres de Familia, en los términos del Reglamento respectivo vigente.
VI.- Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto
respectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1986;
VII.- Integrar el Consejo Técnico, mismo que se ocupara de auxiliar a la Dirección del plantel en la elaboración de
planes de trabajo, aplicación de métodos de enseñanza, atención a problemas discriminatorios y evaluación de la
actividad educativa;
VIII.- Observar con rigurosidad lo establecido por la Ley para la Prevención de la Violencia en el Entorno Escolar
del Estado de Tamaulipas.
IX.- Observar de manera irrestricta la normatividad establecida en cuanto a la edad y cantidad de máxima de
alumnos por aula en cada nivel y modalidad educativa;
X.- En caso de cualquier modificación a la estructura física del plantel educativo, deberá presentar planos,
haciendo las gestiones y trámites correspondientes;
XI.- Deberá contar con las constancias de Protección Civil y Uso de Suelo así como el Certificado de
Infraestructura Física Educativa permanentemente vigentes;
XII.- Dar aviso a esta Secretaría de Educación e iniciar el trámite correspondiente, en caso de decidir el cambio
de titular, domicilio, denominación, suspensión o baja del plantel educativo de conformidad con la normatividad
vigente; y
XIII.- En caso de decidir dar de baja a la institución particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, dar aviso a
la Secretaría de Educación de Tamaulipas en un plazo mínimo de 90 días anteriores a la terminación del ciclo
escolar y hacer entrega de los archivos correspondientes.
NOVENO.- Que el expediente que se integró, ha sido revisado, observándose que se cumplieron las
disposiciones establecidas en las leyes aplicables; por la cual la Subsecretaría de Planeación con antelación
emitió opinión técnica favorable para que el Secretario de Educación del Estado otorgue Acuerdo de Autorización
Oficial de Estudios a la institución educativa particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, para que imparta
los estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y turno matutino, en domicilio ubicado en
calle Morelos número 835, entre calle Constitución y calle Matamoros, Zona Centro en Camargo, Tamaulipas.
En atención a lo expuesto y con fundamento en los artículos fracción VI de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 1°, 7°, 10, 14 fracción IV, 21 segundo párrafo, 30, 48, 54, 55, 56 segundo párrafo, 57
y 60, de la Ley General de Educación; 140 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, 31 fracciones I,
III, IV, y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, 1°, 5°, 8°, 9°, 10, 11, 12
fracciones I y XII, 19, 21, 30, 61, 64, 91, 92, 94 y 95, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y el
Acuerdo 357 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de junio de 2005, he tenido a bien emitir el
siguiente:
ACUERDO SECRETARIAL MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA AL PLANTEL PARTICULAR JARDÍN DE
NIÑOS LA EDAD DE ORO, PARA QUE IMPARTA LOS ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PREESCOLAR EN
CAMARGO, TAMAULIPAS.
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza al plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, para
que imparta estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y turno matutino, en el domicilio
ubicado calle Morelos número 835, entre calle Constitución y calle Matamoros, Zona Centro en Camargo,
Tamaulipas, correspondiéndole el Acuerdo de Autorización Oficial de Estudios número 18081340.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12 fracciones I y XII,
19, 21, 30, 61, 64, 91, 94 y 95 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y 31 fracciones I, III, IV y VI
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, la institución educativa particular
JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, queda sujeta a la inspección y vigilancia de la Secretaría de Educación
del Gobierno del Estado.
ARTÍCULO TERCERO: La propietaria del plantel educación preescolar particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD
DE ORO, queda obligada a conceder becas totales o parciales en los términos del reglamento respectivo, cuyo
monto nunca será menor al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el
100% de la población estudiantil de la institución particular, sujetándose además a los acuerdos y lineamientos
que al respecto expida la Secretaría de Educación Pública.
Lo anterior de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III de la ley de Educación para el Estado de
Tamaulipas y a lo previsto por los artículos 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento de Sistema Estatal de Becas,
Créditos y Estímulos Educativos de Tamaulipas.
ARTÍCULO CUARTO: La propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO,
convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel respecto a la cantidad que se deberá pagar
por concepto de colegiatura, la cual quedará establecida cuando menos 30 días antes de iniciarse el periodo de

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