Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2019-05-28 Alcance I

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Junio de 2019
Precio del ejemplar 18.40
Chilpancingo, Gro ., Martes 28 de Mayo de 2019
Año C No. 43 Alcance I
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS
DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FONDO DE
APOYO A PERIODISTAS PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2019.........................
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2 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Martes 28 de Mayo de 2019
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
FONDO DE APOYO A PERIODISTAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.
Al margen un sello con el Escudo Oficial que dice: Gobierno
del Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder Ejecutivo.
LICENCIADO HÉCTOR ANTONIO ASTUDILLO FLORES, GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 71, 87, 88, 90 NUMERAL 2 Y 91
FRACCIONES I, VI, IX, Y XLVI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO Y EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 2, 3, 6, 7, 18 APARTADO
A FRACCIONES I Y IV, 20 FRACCIÓN III Y 23 DE LA LEY ORGÁNICA DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 08; 1,
2 Y 3 DE LA LEY NÚM. 102, PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO
DE GUERRERO; 18 FRACCIÓN I DE LA LEY NÚM. 463, PARA EL BIENESTAR
INTEGRAL DE LOS PERIODISTAS DEL ESTADO DE GUERRERO; 11 Y 12
FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DEL FONDO DE APOYO
A LOS PERIODISTAS, 58 Y 21-A DEL DECRETO NÚMERO 182 DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2019 Y LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS REGLAS
DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES ESTATALES PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2017.
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021, tiene como eje
III promover un Guerrero Socialmente Comprometido y con el
objetivo 3.1. Construir un Estado garante de los derechos
sociales de las personas y como estrategia 3.1.2. Fortalecer
el desarrollo de capacidades de los integrantes de una sociedad
con carencias, que permitan contribuir a incrementar su
capacidad productiva y su calidad de vida, mediante la línea de
acción que especifica ampliar la cobertura de los beneficios
del sistema de protección social.
Que en Guerrero, la relación existente entre los medios de
comunicación y el Gobierno del Estado, se ha consolidado en un
marco de respeto y cordialidad, apegado siempre a lo previsto
en los artículos 6o y 7o de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Que el artículo 5 fracción XIV de la Constitución Política
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del Estado Libre y Soberano de Guerrero, establece que toda
persona individual o colectiva, es titular de los derechos
humanos, reconociendo la libertad de expresión e información,
en consecuencia a buscar, recibir y difundir información e ideas
de toda índole, salvo las excepciones previstas en la Ley de la
materia, tratándose de los derechos o la reputación de los
demás, del orden, la salud pública y la moral, así como, de la
protección de la seguridad nacional del propio Estado de
Guerrero.
Que el Ejecutivo Estatal, está comprometido con ser el
principal promotor de acciones y establecer rutas encaminadas a
lograr un Estado moderno, inteligente y visionario, de ahí que
también es necesario llevar a cabo acciones permanentes que
permita dar cumplimiento a la política del Estado Mexicano
orientada a la reinserción social y económica de las personas
mexicanas repatriadas al territorio nacional y particularmente
a nuestra entidad federativa, así como, sus vínculos sociales y
culturales, en aras de que su regreso a México sea digno,
productivo y benéfico, en provecho del bienestar familiar y del
desarrollo regional y nacional.
Que el Programa Fondo de Apoyo a Periodistas, contribuye a
ser un instrumento de fortalecimiento a la política de libertad
de expresión en favor de los periodistas en el ejercicio de su
profesión, destacando las acciones y apoyos para disminuir sus
carencias sociales, sustentos que permitirán elevar su nivel de
vida y el de sus familias, además de buscar mecanismos y
estrategias que posibiliten el desarrollo y capacitación
profesional en la que se establecen los principios de
eficiencia, eficacia, oportunidad, equidad y transparencia de
los recursos públicos.
Que en torno a la perspectiva de género, en las presentes
Reglas de Operación, se respetarán la diferencia sexual, el
género, la igualdad y la justicia en lo relativo a los
comportamientos y relaciones entre hombres y mujeres, de ahí
que el Ejecutivo Estatal, también da seguimiento al Programa de
Atención a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género
contra las Mujeres Empoderándolas a una Vida Libre de Violencia
con una mayor seguridad y una mejor calidad de vida.
Que los medios de comunicación y los periodistas cumplen
una importante e indispensable profesión, toda vez que, además
de informadores de los aspectos relevantes de la vida nacional
y como formadores y orientadores de la opinión pública, son base
fundamental de una sociedad democtica.
Que el Capítulo I de las “Disposiciones Generales” de la

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