Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2018-08-24 Alcance I

Fecha de Entrada en Vigor25 de Agosto de 2018
Precio del Ejemplar: $ 18.40
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 777 DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO........ 2
PODER EJECUTIVO
LEY NÚMERO 777 DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE
GUERRERO.
HÉCTOR ANTONIO ASTUDILLO FLORES, Gobernador Constitucional
del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a sus habitantes, sabed
Que el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE
REPRESENTA, Y:
C O N S I D E R A N D O
Que en sesión de fecha 17 de agosto del 2018, los Ciudadanos
Diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Justicia y
Seguridad Pública, presentaron a la Plenaria el Dictamen con
Proyecto de Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de
Guerrero, en los siguientes términos:
"METODOLOGÍA DE TRABAJO
Los integrantes de las Comisiones Unidas de Justicia y de
Seguridad Pública de la LXI Legislatura del Congreso del Estado,
realizamos el análisis de las iniciativas de referencia, conforme
al procedimiento que a continuación se describe:
En al apartado de "Antecedentes Generales", se describe el
trámite que inicia el proceso legislativo, a partir de la fecha
en que fueron presentadas las iniciativas, ante el Pleno de la
Sexagésima Primera Legislatura al Honorable Congreso del Estado.
En el apartado denominado "Consideraciones", los integrantes
de estas Comisiones Unidas dictaminadoras realizan una valoración
de las iniciativas con base al contenido de los diversos
ordenamientos legales aplicables.
En el apartado referido al "Contenido de la Iniciativa", se
hace una sinopsis de las propuestas sometidas al Pleno de la
Sexagésima Primera Legislatura al Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Guerrero.
En el apartado de "Conclusiones", estas Comisiones Unidas
verificaron los aspectos que mueven a las Iniciativas con los
principios internacionales y nacionales, así como los criterios
normativos aplicables y demás particularidades que derivaron de
la revisión a dichas iniciativas.
ANTECEDENTES GENERALES
1. Que el 18 de febrero de 2016, el Pleno de la LXI Legislatura
del Congreso del Estado, tomó conocimiento de la Iniciativa de
Ley para Prevenir los Abusos en el Uso de la Fuerza Pública en
el Estado de Guerrero, formulada por los Ciudadanos Diputados
Ricardo Mejía Berdeja, Silvano Blanco Deaquino y Magdalena
Camacho Díaz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;
2. Que el 25 de octubre de 2016, el Pleno de la LXI Legislatura
del Congreso del Estado, tomó conocimiento de la Iniciativa de
Ley de los Servicios de Seguridad Privada del Estado de Guerrero,
formulada por los Ciudadanos Diputados Ricardo Mejía Berdeja,
Silvano Blanco Deaquino y Magdalena Camacho Díaz, del Grupo
Parlamentario de Movimiento Ciudadano;
3. Que el 3 de noviembre de 2016, el Pleno de la LXI
Legislatura del Congreso del Estado, tomó conocimiento de la
Iniciativa de Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado
y Municipios de Guerrero, formulada por los Ciudadanos Diputados
Ricardo Mejía Berdeja, Silvano Blanco Deaquino y Magdalena
Camacho Díaz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;
4. Que el 14 de marzo de 2017, el Pleno de la LXI Legislatura
del Congreso del Estado, tomó conocimiento de la Iniciativa de
Ley que Fija las Bases Normativas para la Expedición de los
Reglamentos en Materia de Seguridad Pública para los Municipios
del Estado de Guerrero, formulada por los Ciudadanos Diputados
Ricardo Mejía Berdeja, Silvano Blanco Deaquino y Magdalena
Camacho Díaz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;
5. Que el 30 de julio de 2018, el Pleno de la LXI Legislatura
del Congreso del Estado, tomó conocimiento de la Iniciativa de
Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero,
suscrita por el Licenciado ctor Antonio Astudillo Flores,
Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero;
6. Que una vez que el Pleno de la LXI Legislatura del Congreso
del Estado Libre y Soberano de Guerrero, tomó conocimiento de
las iniciativa referidas en los aparatos anteriores, en términos

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