Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2017-06-09 Alcance I

Fecha de Entrada en Vigor10 de Junio de 2017
Viernes 09 de Junio de 2017 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 1
Chilpancingo, Gro., Viernes 09 de Junio de 2017
Año XCVIII No. 46 Alcance I
Características 114212816
Permiso 0341083
Oficio No. 4044 23-IX-1991
Precio del Ejemplar: $18.40
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO
ACUERDO 032/SE/06-06-2017, MEDIANTE EL CUAL
EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL
Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO
DE GUERRERO APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA
EL REGISTRO DE CANDIDATOS PARA EL PROCESO
ELECTORAL ORDINARIO DE DIPUTADOS LOCALES
Y AYUNTAMIENTOS 2017-2018..............
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO
ACUERDO 033/SO/22-06-2017, MEDIANTE EL CUAL
EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL
Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO
DE GUERRERO APRUEBA EL CALENDARIO DEL
PROCESO ELECTORAL ORDINARIO DE DIPUTADOS
LOCALES Y AYUNTAMIENTOS 2017-2018......
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2 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Viernes 09 de Junio de 2017
PODER EJECUTIVO
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO
ACUERDO 032/SE/06-06-2017
MEDIANTE EL CUAL EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO APRUEBA LOS
LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO DE CANDIDATOS PARA EL PROCESO
ELECTORAL ORDINARIO DE DIPUTADOS LOCALES Y AYUNTAMIENTOS 2017-
2018.
A N T E C E DE NT E S
1. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial
de la Federación, las reformas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y el 23 de mayo del mismo año, se
publicaron en dicho medio oficial, las leyes secundarias,
consistentes en: la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General
en Materia de Delitos Electorales.
2. Derivado de la reforma constitucional, en el artículo 116,
fracción IV, inciso k) de la Constitución Federal, se determi
que las constituciones y leyes de los estados en materia electoral
deberán garantizar el régimen aplicable a la postulación,
registro, derechos y obligaciones de los candidatos independientes
de conformidad con las bases establecidas en la Constitución y
las leyes generales de la materia.
3. Por Decreto número 453 publicado en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de fecha 29 de abril de 2014, se hicieron
del conocimiento las reformas y adiciones realizadas de forma
integral a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Guerrero; la cual retomó y se adecuó a las reformas
constitucionales federales en materia político-electoral.
4. El 30 de junio de 2014, se publicó en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado la Ley número 483 de Instituciones
y Procedimientos Electorales del Estado, aprobada por la LX
Legislatura del H. Congreso del Estado, en estricto acatamiento
Viernes 09 de Junio de 2017 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 3
a las reformas constitucionales y legales en la materia.
5. De la misma forma, se reformaron la Ley del Sistema de
Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado, la Ley
Orgánica del Tribunal Electoral, la Ley Orgánica del Municipio
Libre, entre otras, en las que se destaca la armonización de las
leyes generales con las locales de la materia.
6. El 13 de septiembre del 2016, se publicó en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado el Decreto 238, por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado
de Guerrero.
7. El 27 de diciembre del 2016, se publicó en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado el Decreto 424, por el que se reforman
diversas disposiciones de la Ley Número 483 de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.
8. El 31 de mayo de 2017, el H. Congreso del Estado de Guerrero,
aprobó reformas, adiciones y derogaciones a la Ley Número 483 de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero
y las leyes del Sistema de Medios de Impugnación y Orgánica del
Tribunal Electoral del Estado de Guerrero.
9. En la misma fecha, la Comisión Permanente emitió un acuerdo
parlamentario por medio del cual hace del conocimiento a las
autoridades administrativas y jurisdiccionales electorales que el
proceso de análisis, discusión y aprobación de reformas, adiciones
y derogaciones a las leyes locales en materia electoral para el
proceso 2017-2018, culminó con las aprobadas en sesión de esa fecha.
CONSIDERANDOS
I. Que el artículo 35, fracción II de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 7,
párrafo 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, establece que es derecho del ciudadano "Poder ser
votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las
calidades que establece la ley. El derecho de solicitar el registro
de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos
políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro
de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones
y términos que determine la legislación".
II. Que los artículos 41, fracción I, de la Constitución Política

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